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Circular Conjunta 001 de 2026 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. - Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital - DASCD

Fecha de Expedición:
24/02/2026
Fecha de Entrada en Vigencia:
24/02/2026
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

CIRCULAR CONJUNTA 001 DE 2026

 

(Febrero 24)

 

Para: SECRETARIOS(AS) DE DESPACHO, DIRECTORES (AS) DE DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO, DIRECTORES(AS) UNIDADES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES, AGENCIA DISTRITAL PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR, LA CIENCIA Y LA TECNOLOGÍA ATENEA, PRESIDENTES, GERENTES, DIRECTORES (AS) DE ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS, EMPRESAS INDUSTRIALES Y COMERCIALES DEL DISTRITO, SOCIEDADES PÚBLICAS, EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE BOGOTÁ, E.S.P., PRESIDENTE DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, VEEDOR(A) DISTRITAL, PERSONERO(A) DE BOGOTA, CONTRALOR(A) DE BOGOTÁ, JEFES DE TALENTO HUMANO DE CADA UNA DE LAS ENTIDADES Y ORGANISMOS DEL DISTRITO O QUIENES HAGAN SUS VECES.

 

De: SECRETARÍA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ Y DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DEL SERVICIO CIVIL DISTRITAL

 

Asunto: CONVOCATORIA PRÁCTICAS LABORALES 2026-11 PARCHE DISTRITO

 

No Radicado: 2-2026-4712

           

Respetados (as) reciban un cordial saludo,

 

La Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C. y el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital DASCD han venido implementando la estrategia "Parche Distrito", que tiene por objetivo vincular estudiantes para que realicen las prácticas laborales y adquieran experiencia laboral o profesional en entidades y organismos del Distrito, fortaleciendo su desarrollo profesional y su sentido de pertenencia y compromiso con el progreso de la ciudad.

 

Con el fin de dar a conocer las entidades y organismos distritales los lineamientos de "Parche Distrito" se expidió la Circular Conjunta 005 de 2025, donde se estableció la ruta para la convocatoria de prácticas laborales para la vinculación de los estudiantes en el primer semestre de la vigencia 2026. De acuerdo con lo allí planteado, a continuación, se presentan los cambios en las etapas del proceso que se deben tener en cuenta para la presente convocatoria de prácticas laborales, que se debe realizar en el primer semestre de 2026 para proveer las prácticas en el segundo semestre 2026, teniendo en cuenta que cada entidad debe realizar la consolidación de la oferta y el proceso de selección.

 

1. HOJA DE RUTA DE LA CONVOCATORIA DE PRÁCTICAS LABORALES EN EL MARCO DE LA ESTRATEGIA "PARCHE DISTRITO":

 

 

a. Identificación de plazas de prácticas - Creación de la convocatoria en SIDEAP:

 

Para efectos de realizar la próxima convocatoria de prácticas, cada entidad y organismo Distrital, identificará las plazas que tiene disponible para realizar prácticas laborales de acuerdo con sus necesidades, garantizando la programación y disponibilidad de recursos necesarios para el pago que se genere por la vinculación de practicantes, en cumplimiento del artículo 214 del Plan Distrital de Desarrollo.

 

Una vez se identifiquen las plazas, cada entidad y organismo distrital deberá crear la convocatoria en el SIDEAP, "Módulo de Prácticas Laborales", la cual debe ser denominada "Parche Distrito II - Nombre o siglas de la entidad".

 

Ejemplo: Una convocatoria que cree el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, se debe llamar: "Parche Distrito II - DASCD".

 

Luego de crear la convocatoria, la entidad u organismo distrital debe registrar la información de cada una de las plazas que saldrán a convocatoria. Se precisa que la información que sea incluida es responsabilidad de cada entidad y organismo del distrito. El Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital solo actúa como administrador del sistema.

 

b. Registro en el Servicio Público de Empleo - SISE:

 

Ahora bien, dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 17 de la Ley 1780 de 2016, las plazas de prácticas laboral deben ser reportadas en la página web del Servicio Público de Empleo, para este efecto cada entidad deberá coordinar con una "Agencia de empleo", que podrá ser su caja de compensación familiar, la cual efectuará el reporte y publicación de las plazas. Una vez el prestador autorizado "Agencia de empleo", efectúe la publicación, deberá remitir a la entidad u organismos distrital el número de registro de la plaza.

 

Cuando la entidad u organismo distrital cuente con el número de registro en el SISE, deberá ingresar el número de publicación de la plaza en el SIDEAP con el propósito de completar la información de cada plaza.

 

c. Publicación y divulgación de la Convocatoria:

 

Una vez la entidad u organismo cuente con la oferta de plazas de prácticas laborales publicada en el SISE y se haya actualizado el SIDEAP, se iniciará la promoción y divulgación con las Instituciones de Educación Superior, con el ánimo de atraer más estudiantes y postulantes.

 

La convocatoria se publicará en la página web del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, y cada una de las entidades y organismos que participen. Asimismo, se divulgará por las diferentes redes sociales.

 

d. Inscripción, selección y vinculación de practicantes:

 

Para esta convocatoria, cada entidad y organismo distrital adelantará directamente su proceso de convocatoria y selección de practicantes, garantizando que dichos procedimientos sean objetivos, transparentes y participativos.

 

En este sentido, la selección y vinculación de los practicantes lo realizará cada entidad y organismo distrital de acuerdo con sus procedimientos y teniendo en cuenta los mínimos establecidos en la Circular 005 de 2025, esto es:


 · Para poder estar en el "Parche Distrito" la práctica laboral debe ser requisito de grado, o crédito académico.


 · El estudiante debe estar cursando un programa con registro calificado de pregrado, tecnológico o técnico profesional.


· Tener un promedio académico ponderado de 3,5 como mínimo.


· Todos los estudiantes sin límite de edad pueden ser parte de "Parche Distrito".


· La estrategia "Parche Distrito" no incluiría: Prácticas de Docencia - Servicio (áreas de la salud); Aprendices Sena; Judicaturas; Prácticas pedagógicas de licenciaturas.

 

2. CONSIDERACIONES GENERALES:

 

Las entidades y organismos distritales deberán tener en cuenta las siguientes consideraciones en las convocatorias que adelanten:

 

Todas las plazas que sean convocadas deben ser remuneradas hasta en un salario mínimo legal mensual vigente, lo anterior en cumplimiento del artículo 214 del Plan Distrital de Desarrollo.

 

Durante la convocatoria las entidades y organismos distritales deberán hacer uso del Módulo de Prácticas Laborales en el SIDEAP, para mantener la trazabilidad en el que deberán:


· Registrar sus plazas y cupos de prácticas laborales.


· Validar la hoja de vida del practicante


· Vincular al practicante a la plaza ofertada.

 

Asimismo, se solicita a las entidades y organismos distritales remitir al Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital - DASCD la información sobre sus convocatorias, con el fin de que puedan ser publicadas en la página web institucional y difundidas a través de los canales oficiales, fortaleciendo así la transparencia y la visibilidad de las oportunidades de práctica en el Distrito Capital.

 

EI DASCD continuará brindando acompañamiento técnico a las entidades en el uso del módulo SIDEAP y en la implementación de las prácticas laborales, como parte de su compromiso con el fortalecimiento de la gestión del talento humano y el desarrollo profesional de los jóvenes en la ciudad.

 

Para soporte técnico o inquietudes sobre el funcionamiento del módulo SIDEAP, pueden comunicarse al correo electrónico spatarroyo@serviciocivil.gov.co.

 

Agradecemos su compromiso y colaboración en la consolidación de esta estrategia, que busca promover prácticas laborales dignas, formativas y coherentes con los principios del servicio público distrital.

 

Cordialmente,

 

MIGUEL ANDRÉS SILVA MOYANO

 

Secretario General

 

Alcaldía Mayor de Bogotá

 

LAURA VICTORIA VILLA ESCOBAR

 

Directora Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital – DASCD

           

Proyectado:  Sandra Milena Patarroyo Ucros / Profesional Especializado – STDOEP - DASCD

Revisado:       Sandra Milena Patarroyo Ucros / Subdirectora (E) STDOEP - DASCD 

                         Mónica Liliana Herrera Medina/ Jefe Oficina Jurídica de la Secretaria General

                        Sergio Felipe Galeano Gomez / Director de Talento Humano de la Secretaria General

 

Nota: Ver norma original en anexos.