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Circular 018 de 2026 Secretaría Jurídica Distrital - Dirección Distrital de Gestión Judicial

Fecha de Expedición:
26/03/2026
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

 CIRCULAR 018 DE 2026

 

(Marzo 26)

 

Para: Jefes (as) de Oficinas Jurídicas, Comités de Conciliación de las Secretarías de Despacho, Departamentos Administrativos y Unidad Administrativa Especial sin Personería Jurídica. Establecimientos Públicos, Unidades Administrativas Especiales, Empresas Industriales y Comerciales del Distrito, Sociedades de Economía Mixta, Empresas de Servicios Públicos Distritales, Empresas Sociales del Distrito y Ente Universitario Autónomo.

 

De: Dirección Distrital de Gestión Judicial de la Secretaría Jurídica Distrital.

 

Asunto: Orientaciones para el diligenciamiento del Formulario Único de Reporte de Avances de la Gestión (FURAG) respecto de la Política de Defensa Jurídica para la vigencia 2025.


Radicado No. 2-2026-4851.

 

El Decreto 1499 de 2017, define el Modelo Integrado de Planeación y Gestión-MIPG-, como: "un marco de referencia para dirigir, planear, ejecutar, hacer seguimiento, evaluar y controlar la gestión de las entidades y organismos públicos, con el fin de generar resultados que atiendan los planes de desarrollo y resuelvan las necesidades y problemas de los ciudadanos, con integridad y calidad del servicio".

 

Este modelo se estructura a partir de 16 políticas de Gestión y Desempeño Institucional, dentro de las cuales se encuentra la Política de Defensa Jurídica. Para la medición de la gestión y desempeño institucional, se dispone del Formulario Único de Reporte y Avance de Gestión - FURAG, herramienta en línea, a través de la cual el Departamento Administrativo de la Función Pública - DAFP recopila, monitorea y evalúa anualmente los avances sectoriales e institucionales.

 

En este instrumento, las entidades deben reportar la información correspondiente a la vigencia inmediatamente anterior, es consecuencia, la presente evaluación corresponde a la vigencia 2025.

 

Para la presente vigencia, el DAFP estableció como fechas para el registro de la información por parte de las entidades del Distrito Capital, entre el 3 de marzo y el 13 de abril de 2026.

 

De conformidad con el artículo 313 del Decreto Distrital 640 de 2025, la Secretaria Jurídica del Distrito es la entidad líder de la implementación de la Política de Defensa Jurídica a nivel distrital. En tal sentido y con el objetivo de orientar el adecuado diligenciamiento del FURAG correspondiente a la vigencia 2025, a continuación, se emiten recomendaciones para cada una de las 28 preguntas que lo integran:

 

 

 

 

 

 

 

 

Finalmente, para las preguntas que requieren la obtención de informes o insumos del Sistema de Información de Procesos Judiciales-SIPROJ WEB, las entidades cuentan con un Gestor del Sistema designado por la Oficina Jurídica, a quien se sugiere acudir para la generación de la información correspondiente. En caso de requerir soporte adicional podrá contactar al equipo administrador del Sistema a través del correo electrónico siprojweb@secretariajuridica.gov.co

 

En caso de presentarse inquietudes u observaciones relacionadas con el diligenciamiento de la información sobre la Política de Defensa Jurídica, estas podrán ser reportadas a través del siguiente enlace: https://forms.qle/zvG8vBpRe1BVrLwq9 el cual estará habilitado desde el 27 de marzo hasta el 8 de abril de 2026.

 

Cordialmente,

 

ANDRÉS MAURICIO ORTIZ AMAYA

 

Director Distrital de Gestión Judicial

 

Proyectó: Paola Andrea Gómez Vélez-Contratista Dirección Distrital de Gestión Judicial.

 

Leidy Johanna Alonso Gutiérrez - Profesional Universitario - Dirección Distrital de Gestión Judicial.

 

Revisó: Andrés Mauricio Ortiz Maya-Director-Dirección Distrital de Gestión Judicial.

 

Aprobó: Andrés Mauricio Ortiz Maya-Director- Dirección Distrital de Gestión Judicial

 

Nota: Ver norma original en Anexos.