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CIRCULAR EXTERNA 001 DE 2026
(Enero 09)
PARA: SECRETARIOS DE DESPACHO, DIRECTORES DE DEPARTAMENTOS ADMINISTRATIVOS, GERENTES, DIRECTORES DE ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS, UNIDADES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES, GERENTES SUBREDES INTEGRADAS DE SERVICIOS DE SALUD, RECTOR ENTE UNIVERSITARIO AUTÓNOMO, PRESIDENTE DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, VEEDOR DISTRITAL, CONTRALOR DE BOGOTÁ Y PERSONERA DE BOGOTÁ, JEFES DE TALENTO HUMANO O QUIENES HAGAN SUS VECES, LÍDERES DE CAPACITACIÓN DE LAS ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN DISTRITAL.
DE: DIRECTORA DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DEL SERVICIO CIVIL DISTRITAL.
ASUNTO: INICIAL 2026/ MANTENIMIENTO TÉCNICO MÓDULOS "PIC EN LÍNEA" Y "ACTIVIDADES DISTRITALES" - REPORTE DE PUBLICACIÓN DE PLANES ESTRATÉGICOS VIGENCIA 2026
Cordial saludo,
El Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital (DASCD), en cumplimiento de su misionalidad tendiente a orientar y prestar asistencia técnica a las entidades en materia de gestión del talento humano, se permite informar lo siguiente:
Mediante la Circular Externa 034 del 22 de noviembre de 2019, se impartieron lineamientos sobre la implementación y uso del aplicativo "PIC en Línea" y el "Módulo de Actividades Distritales - MAD" integrados en el sistema SIDEAP, herramientas diseñadas para facilitar la formulación, ejecución y seguimiento de las actividades de capacitación.
No obstante, con el objetivo de garantizar la optimización, seguridad y mejora continua de los sistemas de información distritales, nos permitimos informar que, a partir de la fecha de expedición de la presente Circular, los módulos "PIC en Línea" y "Actividades Distritales" entrarán en una etapa de mantenimiento técnico correctivo y evolutivo, por lo cual no estarán disponibles temporalmente para el cargue de información.
INSTRUCCIONES PARA EL REPORTE DE INFORMACIÓN.
Teniendo en cuenta lo anterior, y con el fin de dar cumplimiento a lo establecido en el Decreto 612 de 2018, "Por el cual se dictan directrices para la integración de los planes institucionales y estratégicos al Plan de Acción", el cual establece en su artículo 1° que las entidades deben integrar y publicar sus planes a más tardar el 31 de enero de cada año, se solicita a las entidades y organismos distritales realizar el reporte de la publicación de los siguientes instrumentos de planeación a través del mecanismo alterno dispuesto para tal fin:
1. Plan Institucional de Capacitación (PIC).
2. Plan de Incentivos Institucionales.
3. Plan de Trabajo Anual en Seguridad y Salud en el Trabajo.
Para tal efecto, los Jefes de Talento Humano o quienes hagan sus veces deberán diligenciar el formulario habilitado, adjuntando los enlaces (links) de publicación de los mencionados planes en la página web de su respectiva entidad.
Enlace de reporte: https://forms.office.com/r/Jh2AQhNeNC
Agradecemos su compromiso con la gestión estratégica del talento humano en el Distrito Capital y en igual forma estaremos informando oportunamente el restablecimiento de los servicios en los módulos del SIDEAP.
Cordialmente,
LAURA VICTORIA VILLA ESCOBAR
Directora
Proyectado: Diana Alexandra Bernal Huertas - Contratista Revisado: Edgar Alberto Sánchez González / Subdirector de Gestión Distrital, de Bienestar, Desarrollo y Desempeño Erick Dacosta Gaitán / Asesor Dirección
Ver norma original en anexos. |