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DECRETO 098 DE 2026
(Marzo 27)
Por el cual se concede un permiso remunerado y se hace un encargo
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el Decreto Ley No. 1421 de 1993, el Decreto No. 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto No. 648 de 2017 y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 38 del Decreto Ley No. 1421 de 1993, estableció las atribuciones del Alcalde Mayor de Bogotá, entre las cuales se encuentra: "3. Dirigir la acción administrativa y asegurar el cumplimiento de las funciones, la prestación de los servicios y la construcción de las obras a cargo del Distrito."
Que el Artículo 2.2.5.5.17 del Decreto No. 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto No. 648 de 2017, estipula: "El empleado puede solicitar por escrito permiso remunerado hasta por tres (3) días hábiles cuando medie justa causa. Corresponde al nominador o a su delegado la facultad de autorizar o negar los permisos (...)"
Que el Departamento Administrativo de la Función Pública, mediante concepto No. 88801 de 2019, establece: "De acuerdo con el Decreto Ley 785 de 2005, los diputados, gobernadores, concejales, alcaldes municipales o distritales, alcalde local, contralor departamental, distrital o municipal, personero distrital o municipal, veedor distrital, secretarios de despacho, directores de departamentos administrativos, gerentes de unidades administrativas especiales y directores, gerentes o presidentes de entidades descentralizadas, son cargos que pertenecen a la alta dirección territorial, y por lo tanto, su actividad se enmarca dentro de los criterios expuestos por el Consejo de Estado para decir que los mismos, no están sujetos a una jornada de trabajo, por cuanto, se entiende que por las funciones que le son propias su actividad debe ser permanente."
Que mediante comunicación radicada con el No. 1-2026-10230 del 13 de marzo de 2026, Andrés Elías Jaramillo Rivera, Director del Talento Humano de la Secretaría Distrital de Ambiente, solicitó se conceda a la servidora pública ADRIANA SOTO CARREÑO, identificada con cédula de ciudadanía No. 39.782.488, Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la misma, Secretaría, permiso remunerado por los días 28 y 29 de marzo de 2026 y se realice el respectivo encargo.
Que el artículo 24 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 1 de la Ley 1960 de 2019 establece: "(...) Los cargos de libre nombramiento y remoción, en caso de vacancia temporal o definitiva, podrán ser provistos a través del encargo de empleados de carrera o de libre nombramiento y remoción, que cumplan los requisitos y el perfil para su desempeño (...)".
Que de acuerdo con lo expuesto, se hace necesario efectuar el encargo de las funciones del empleo de Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la Secretaría Distrital de Ambiente, para garantizar la continua prestación de los servicios que ese Despacho tiene a su cargo.
Que, Andrés Elías Jaramillo Rivera, Director del Talento Humano de la Secretaría Distrital de Ambiente, certificó que el servidor público FABIÁN MAURICIO CAICEDO CARRASCAL, identificado con la cédula de ciudadanía No. 5.471.060, Subsecretario de Despacho, código 045 Grado 08 de la Subsecretaría de Control Ambiental, de la misma Secretaría, cumple con los requisitos para ejercer en encargo las funciones de Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la Secretaría Distrital de Ambiente.
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
ARTÍCULO 1º-: Conceder permiso remunerado por los días 28 y 29 de marzo de 2026, a la servidora pública ADRIANA SOTO CARREÑO, identificada con cédula de ciudadanía No. 39.782.488, Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la Secretaría Distrital de Ambiente.
ARTÍCULO 2º-: Encargar por los días 28 y 29 de marzo de 2026, al servidor público FABIÁN MAURICIO CAICEDO CARRASCAL, identificado con la cédula de ciudadanía No. 5.471.060, Subsecretario de Despacho, código 045 Grado 08 de la Subsecretaría de Control Ambiental de la Secretaría Distrital de Ambiente, de las funciones del empleo de Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la misma Secretaría.
ARTÍCULO 3º-: Comunicar el contenido del presente Decreto a los servidores públicos ADRIANA SOTO CARREÑO, al señor FABIÁN MAURICIO CAICEDO CARRASCAL, a la Secretaría Distrital de Ambiente, al Despacho del Secretario Jurídico Distrital y a la Dirección de Talento Humano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., lo que se realizará a través de la Subdirección de Gestión Documental de esta última Secretaría.
Parágrafo: Para los efectos del presente artículo y con el fin de facilitar las comunicaciones a cargo de la Subdirección de Gestión Documental de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., a continuación, se relacionan los correos electrónicos de los servidores públicos de que trata el presente acto administrativo.
ARTÍCULO 4º-: El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNIQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en la ciudad de Bogotá, D.C., a los 27 días del mes de marzo del año 2026.
CARLOS FERNANDO GALÁN PACHÓN
Alcalde Mayor
Nota: Ver norma original en Anexos. |