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Resolución Reglamentaria 028 de 2018 Contraloría de Bogotá D.C.

Fecha de Expedición:
25/06/2018
Fecha de Entrada en Vigencia:
25/06/2018
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA 028 DE 2018

 

(Junio 25)

 

Por la cual se adopta la nueva versión del Manual de Inducción Institucional de la Contraloría de Bogotá D.C.

 

EL CONTRALOR DE BOGOTÁ, D. C.

 

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial de las conferidas por el Acuerdo No. 658 de 2016, modificado por por el Acuerdo No. 664 de 2017, expedidos por el Concejo de Bogotá, D.C., y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 269 de la Constitución Política, establece como obligación de las autoridades públicas, diseñar y aplicar en las entidades según la naturaleza de sus funciones, métodos y procedimientos de control interno de conformidad con lo que disponga la ley.

 

Que de conformidad con los literales b) y I) del artículo 4 de la Ley 87 de 1993 "Por la cual se establecen normas para el ejercicio del control interno en las entidades y organismos del estado y se dictan otras disposiciones", se deben implementar como elementos del sistema de control interno institucional los procedimientos para la ejecución de procesos y la simplificación y actualización de normas y procedimientos.

 

Que la Contraloría de Bogotá, D.C., mediante Resolución Reglamentaria No. 034 del 5 de noviembre de 2014 actualizó el Modelo Estándar de Control Interno MECI, cuyo objetivo general es proporcionar una estructura que especifique los elementos necesarios para construir y fortalecer el Sistema de Control Interno en las organizaciones obligadas por la Ley 87 de 1993, en virtud de la cual se deben establecer políticas y procedimientos, así como, mecanismos de prevención, verificación y evaluación en procura del mejoramiento continuo de la Administración Pública.

 

Que la Firma Certificadora SGS Colombia, certificó a la Entidad de acuerdo con los requisitos de la Norma Técnica de Calidad NTC ISO 9001:2015, demostrando la capacidad del sistema para alcanzar sistemáticamente los requisitos.

 

Que el Concejo de Bogotá, D.C., en su calidad de máxima autoridad política de la Capital, expidió el Acuerdo 658 de 2016, por el cual se dictan normas sobre organización y funcionamiento de la Contraloría de Bogotá, D.C., estableciendo en el artículo 6º que: "En ejercicio de su autonomía administrativa le corresponde a la Contraloría de Bogotá, D.C., definir todos los aspectos relacionados con el cumplimiento de sus funciones en armonía con los principios consagrados en la Constitución, las leyes y en este Acuerdo".

 

Que a su vez, el Concejo de Bogotá, D.C., expidió el Acuerdo 664 de 28 de marzo de 2017 "Por el cual se modifica parcialmente el acuerdo 658 del 21 de diciembre de 2016" "Por el cual se dictan normas sobre organización y funcionamiento de la Contraloría de Bogotá, D.C., se modifica su estructura orgánica e interna, se fijan funciones de sus dependencias, se modifica la planta de personal y se dictan otras disposiciones".

 

Que el Artículo 19 del Acuerdo 664 de 26 de marzo de 2017 modificó el artículo 57 del Acuerdo 658 de 2016, indicando en el numeral 2 que le corresponde a la Dirección de Talento Humano, "Desarrollar, gestionar y orientar políticas y programas de administración de personal, bienestar social, selección, registro y control, capacitación, incentivos y desarrollo del talento humano".

 

Que el numeral 7 del Artículo 60 del Acuerdo 658 del 21 de diciembre de 2016 establece que es función de la Subdirección de Capacitación y Cooperación Técnica: "Proponer, diseñar y aplicar los programas de inducción y reinducción de los funcionarios de la Contraloría de Bogotá D.C."

 

Que la entidad, a través de la Subdirección de Capacitación y Cooperación Técnica en el marco del Proceso de Gestión del Talento Humano busca fortalecer las competencias de los servidores públicos para lograr los objetivos corporativos de la entidad y el cumplimiento del Programa de Inducción y Reinducción Institucional del Plan Institucional de Capacitación.

 

Que mediante Resolución Reglamentaría 048 de 2013, contemplaba el numeral 15 "Manual de Inducción Institucional de la Contraloría de Bogotá D.C., código 6018 versión 2.0".

 

Que la Contraloría de Bogotá, D.C., mediante Resolución Reglamentaria No.015 de 28 de febrero de 2018, "Por la cual se adopta la nueva versión de los procedimientos del Proceso Gestión de Talento Humano en la Contraloría de Bogotá D.C." se modificaron y simplificaron los procedimientos del PGTH con el fin de adecuarlos a normatividad vigente y a los nuevos documentos que hacen parte del Sistema Integrado de Gestión, encontrándose que para el Procedimiento No. 9 "Procedimiento para la planificación, ejecución, modificación y evaluación de la capacitación, inducción, reinducción y programa de formadores internos", se adoptó la versión 11.0 Código PGTH-11.

 

Que se hace necesaria la actualización del Manual de Inducción Institucional versión 2.0 a versión 3.0 toda vez que este documento se constituye en información documentada que debe ser controlada, mantenida y hace parte del Sistema Integrado de Gestión -SIG de la Contraloría de Bogotá D.C, con el objetivo de proporcionar a los servidores públicos el conocimiento de la estructura, funcionamiento y procesos de la entidad, a fin de contribuir a la armonización del mismo con el Plan Estratégico 2016-2020 "Una Contraloría aliada con Bogotá" versión 2.0, adoptada el 7 de marzo de 2018 y su aplicación en las actividades de inducción y reinducción institucional.

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO PRIMERO. Adoptar el Manual de Inducción Institucional de la Contraloría de Bogotá D.C., versión 3.0 Código PGTH-13, como documento del Sistema Integrado de Gestión, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente resolución.

 

ARTÍCULO SEGUNDO. Es responsabilidad de los Directores, Subdirectores y Jefes de Oficina velar por el cumplimiento del Manual que se adopta.

 

ARTÍCULO TERCERO. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

 

PUBLIQUESE, COMUNIQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en la ciudad de Bogotá D.C., a los 25 días del mes de junio del año 2018.

 

JUAN CARLOS GRANADOS BECERRA

 

Contralor de Bogotá D. C.

 

Nota: Ver norma original y anexos en Anexos.