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Decreto Local 05 de 2026 Alcaldía Local de Antonio Nariño

Fecha de Expedición:
20/03/2026
Fecha de Entrada en Vigencia:
10/04/2026
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 8558 del 10 de abril de 2026.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 05 DE 2026

 

(Marzo 20)

 

Por el cual se ajusta el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño para la vigencia fiscal 2026.

 

EI ALCALDE LOCAL DE ANTONIO NARIÑO

 

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y, en especial las que le confiere el Artículo 316 del Decreto 645 de 2025, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que, el Decreto 645 de 2025 en su Artículo 316, estipula que los Fondos de Desarrollo Local efectuarán el ajuste presupuestal por cierre de la vigencia anterior, mediante Decreto Local el cual deberá efectuarlo el alcalde o alcaldesa local, previa viabilidad de la Secretaría Distrital de Planeación y de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto.

 

Que, mediante el Decreto Local No. 33 de diciembre del 2025, se liquidó el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 y el 31 de diciembre del 2026.

 

Que, en la Resolución No. SHD-000191 de 2017 Artículo 2º "El presente Manual Operativo Presupuestal rige para: Fondos de Desarrollo Local - FDL", expedido por la Secretaría de Hacienda, enuncia en su capítulo 4.5. "Casos de Ajuste de las Obligaciones por Pagar"

 

Que, Si el monto de Obligaciones por Pagar constituidas a 31 de diciembre de la vigencia anterior es menor a las presupuestadas en la vigencia, se debe disminuir cada una de las obligaciones por Pagar de la vigencia; en dicho caso, el saldo se reflejará en la cuenta de resultados "Disponibilidad Final". El(a) Alcalde (sa) Local procederá por Decreto a realizar el respectivo ajuste a las Obligaciones por Pagar presupuestadas una vez se expidan los conceptos de la Secretarías Distritales de Planeación y Secretaría Distrital de Hacienda Dirección Distrital de Presupuesto.

 

Que, el Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño apropio en obligaciones por pagar para la vigencia fiscal 2026 un valor de $ 25.315.484.000 y el valor realmente constituido al cierre de la vigencia fiscal 2026 fue de $ 22.965.462.474.

 

En consecuencia, el Fondo de Desarrollo Local debe ajustar en los Gastos de Funcionamiento el rubro 02190 Obligaciones por Pagar Funcionamiento y en los Gastos de Inversión el rubro 02306 Obligaciones por pagar inversión hasta el monto inicial apropiado.

 

Que para adelantar el respectivo ajuste la entidad cuenta con los saldos disponibles en cada rubro presupuestal.

 

Que la Secretaria Distrital de Planeación expidió concepto favorable al ajuste de las Obligaciones por Pagar de Inversión, mediante comunicación No. 2-2026-12746 del 9 de marzo del 2026.

 

Que la Secretaria Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto de igual forma emitió concepto favorable al ajuste por cierre presupuestal 2025 al interior de las obligaciones por pagar, mediante No 2026EE16301401 del 20 de marzo de 2026.

 

Que, en mérito de lo anteriormente expuesto, el Alcalde Local de Antonio Nariño.

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO PRIMERO: Ajustar el Presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño en los rubros de obligaciones por pagar de Gastos de Funcionamiento y de Inversión para la vigencia fiscal 2024 de conformidad con el siguiente detalle:

 

 

ARTÍCULO SEGUNDO: Publicación. Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Distrital de conformidad al artículo 65 de la Ley 1437 de 2011.

 

ARTÍCULO TERCERO: Remitir el presente Decreto a la Dirección Distrital de Presupuesto -Secretaría Distrital de Hacienda para los trámites pertinentes.

 

ARTÍCULO CUARTO: Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

 

COMUNIQUESE Y CÚMPLASE

 

Dado en Bogotá D. C, a los 20 días del mes de marzo del año 2026

 

LUISA MARIA RAMIREZ RIASCOS

 

Alcaldesa Local de Antonio Nariño

 

Nota: Ver norma original en anexos.