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Resolución 442 de 2026 Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - Secretaria de Despacho

Fecha de Expedición:
15/05/2026
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 442 DE 2026

 

(Mayo 15)

 

Por medio de la cual se ordena la apertura de la Invitación Cultural MÁS CULTURA LOCAL FEST, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte

 

EL SECRETARIO DE DESPACHO

 

De la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el Decreto Distrital 649 de 2025

 

CONSIDERANDO

 

Que los artículos 70 y 71 de la Constitución Política de Colombia de 1991, establecen el deber del Estado de promover y fomentar el acceso a la cultura de todos los colombianos en igualdad de oportunidades y otorga la competencia para establecer mecanismos positivos para fomentar el desarrollo artístico, cultural y patrimonial de la Nación.

 

Que, el numeral 3 del artículo 1° de la Ley 397 de 1997, “Por la cual se desarrollan los artículos 70, 71 y 72 y demás artículos concordantes de la Constitución Política y se dictan normas sobre patrimonio cultural, fomentos y estímulos a la cultura, se crea el Ministerio de la Cultura y se trasladan algunas dependencias.”, señala que:

 

“(…) El Estado impulsará y estimulará los procesos, proyectos y actividades culturales en un marco de reconocimiento y respeto por la diversidad y variedad cultural de la Nación colombiana (…)”.

 

Que la ley en cita en su artículo 17 señala:

 

“(…) DEL FOMENTO. El Estado a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, fomentará las artes en todas sus expresiones y las demás manifestaciones simbólicas expresivas, como elementos del diálogo, el intercambio, la participación y como expresión libre y primordial del pensamiento del ser humano que construye en la convivencia pacífica.”.

 

Que así mismo, el artículo 18 de la mencionada ley establece: 

 

"(…) El Estado, a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, establecerá estímulos especiales y promocionará la creación, la actividad artística y cultural, la investigación y el fortalecimiento de las expresiones culturales. Para tal efecto establecerá, entre otros programas, bolsas de trabajo, becas, premios anuales, concursos, festivales, talleres de formación artística, apoyo a personas y grupos dedicados a actividades culturales, ferias, exposiciones, unidades móviles de divulgación cultural, y otorgará incentivos y créditos especiales para artistas sobresalientes, así como para integrantes de las comunidades locales en el campo de la creación, la ejecución, la experimentación, la formación y la investigación a nivel individual y colectivo (…)”

 

Que el Decreto Distrital 649 de 2025, “Por el cual se modifica la estructura organizacional de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte y se dictan otras disposiciones” dispone en su artículo 4 que: “La Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, tiene por objeto orientar y liderar la formulación concertada de políticas, planes y programas en los campos cultural, patrimonial, recreativo y deportivo del Distrito Capital en coordinación con la Secretaría Distrital de Planeación y con la participación de las entidades a ella adscritas y vinculadas y la sociedad civil”.

 

Que corresponde a la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, en desarrollo de las función contenida en el numeral 10, artículo 5 del Decreto Distrital 649 de 2025, la de: “Gestionar la ejecución de las políticas, planes y proyectos culturales y artísticos, con el fin de garantizar el efectivo ejercicio de los derechos culturales y fortalecer los campos cultural, artístico, patrimonial y deportivo”.

 

Que el artículo 16 del Decreto Distrital 649 de 2025, contempla como funciones de la Dirección de Fomento, entre otras, la siguiente: “(…) 1. Dirigir la estrategia conjunta de trabajo del sector cultura, recreación y deporte en lo que respecta a la política de Fomento.  2. Dirigir actividades relacionadas con el diseño, ejecución, fortalecimiento y seguimiento de los planes, programas y proyectos de fomento al Sector Cultura, Recreación y Deporte bajo criterios de equidad, pertinencia y transparencia. (…)”.

 

Que el reconocimiento del fomento a la cultura como elemento central de protección y promoción de los Derechos Humanos, ha propiciado la creación de esquemas de política pública que buscan materializar el mandato constitucional de promover la protección, desarrollo y difusión de la cultura mediante la adopción de medidas que faciliten el ejercicio de sus derechos por parte de todas las comunidades. Así las cosas, la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - SCRD, establece el proceso misional del fomento a la cultura, como el conjunto de programas impulsados desde las entidades públicas que conforman el sector, con el propósito de promover, reconocer y fortalecer las prácticas artísticas, culturales y patrimoniales de la ciudadanía; garantizando un impacto integral e incluyente sobre la ciudad y favoreciendo el ejercicio libre y creativo de los derechos culturales. 

 

Que dentro de las líneas de fomento se han definido las invitaciones culturales, las cuales se conciben como mecanismos orientados a diversificar la participación de la ciudadanía en los procesos de fomento, mediante ofertas que se adapten a necesidades particulares, distritales, poblacionales, sectoriales o territoriales, así como a las dinámicas de los distintos sectores sociales y agentes culturales de la ciudad. Estos mecanismos permiten a organizaciones, agrupaciones, colectivos y personas acceder a recursos económicos o en especie, tales como talleres, procesos de fortalecimiento, diplomados, laboratorios, alianzas estratégicas, encuentros de intercambio, mesas colaborativas, seminarios y otros espacios orientados a iniciar, fortalecer o ampliar sus prácticas culturales, artísticas, creativas o patrimoniales.

 

Que la cultura constituye un eje estratégico para el desarrollo social, la construcción de ciudadanía y la transformación territorial, en tanto promueve la creatividad, la innovación, la participación y el fortalecimiento del tejido comunitario. En tal sentido, el Programa Más Cultura Local de la Dirección de Fomento está orientado al fortalecimiento de agentes, procesos e iniciativas artísticas, culturales y patrimoniales en las localidades de Bogotá, mediante estrategias que integran el desarrollo de capacidades, la articulación territorial y la innovación cultural.

 

Que la SCRD en articulación con los Fondos de Desarrollo Local, invita a los agentes artísticos, culturales y patrimoniales, beneficiarios de los Componentes A y B del Programa Más Cultura Local o Es Cultura Local, en sus diferentes versiones, a participar en la “Invitación Cultural MÁS CULTURA LOCAL FEST”, la cual se llevará a cabo los días 10 y 11 de julio de 2026 como una plataforma multiformato de circulación, intercambio de saberes y conexión sostenible para el ecosistema cultural de Bogotá.

 

Que la referida Invitación Cultural se articula con el Plan de Cultura de Bogotá: una brújula hacia 2038, especialmente con la Coordenada 5. Pervivencia y generación de riqueza de iniciativas culturales individuales y colectivas a través de "Condiciones favorables para proyectos de vida en torno al arte, la cultura, el patrimonio y la creatividad.”


Que el “MÁS CULTURA LOCAL FEST” se configura como un escenario de visibilización, fortalecimiento y sostenibilidad cultural y económica en tiempo real, donde los agentes seleccionados integrarán una programación técnica distribuida en tres espacios estratégicos: Aula Local, Escena Local y Sabor y Conexión.

Que para amparar los incentivos económicos que se detallan en la presente Invitación Cultural, la SCRD cuenta con el Certificado de Disponibilidad Presupuestal que se cita a continuación:

 

 

 

Invitación

 

 

 

 

Tipo de incentivo

Monto del incentivo

No. de   incentivos

Monto total de la

invitación

 

CDP

Invitación Cultural MÁS CULTURA LOCAL FEST

 

Económico Fijo

Los incentivos se distribuirán así:

 

Categoría 1. Aula Local

 

Veinte (20) incentivos por un valor de un MILLÓN QUINIENTOS TRES MIL DOSCIENTOS VEINTIOCHO PESOS M/CTE ($1.503.228) cada uno.

 

Categoría 2. Escena Local

 

Ocho (8) incentivos por un valor de CUATRO MILLONES SEISCIENTOS MIL PESOS M/CTE ($4.600.000) cada uno, en pequeño formato.

 

Seis (6) incentivos por un valor de SIETE MILLONES CIEN MIL PESOS M/CTE ($7.100.000) cada uno, en mediano formato.

 

Seis (6) incentivos por un valor de DOCE MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS M/CTE ($12.650.000) cada uno, en gran formato.

 

Categoría 3. Sabor y Conexión

 

Diez (10) incentivos por un valor de SEIS MILLONES DE PESOS M/CTE ($6.000.000) cada uno, para emprendimientos de gastronomía tradicional.

 

Diez (10) incentivos por un valor de SEIS MILLONES DE PESOS M/CTE ($6.000.000) cada uno, para emprendimientos de la economía cultural y creativa.

 

Sesenta (60) incentivos

 

TRESCIENTOS CINCO MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS SESENTA Y CINCO M/CTE ($305.364.565)

1038 del 22 de abril de 2026

 

Que la modalidad de la presente invitación corresponde a “Fomento en Red”, mediante incentivos económicos entregados de manera directa por la SCRD a través de resolución, previo cumplimiento de las condiciones y requisitos establecidos.

 

Que los requisitos y condiciones específicas de participación para la invitación que se apertura mediante el presente acto administrativo, hacen parte integral de la presente resolución y pueden ser consultadas en el micrositio web: https://invitaciones.scrd.gov.co/ de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.

 

Que de conformidad con lo anterior y en cumplimiento del marco normativo señalado, se dispone la apertura de la Invitación Cultural que se relaciona en el presente acto administrativo.

 

En mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE

 

ARTÍCULO PRIMERO: Ordenar la apertura a la “Invitación Cultural MÁS CULTURA LOCAL FEST”, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva del presente acto administrativo, y de acuerdo con el cronograma establecido para tal fin.

 

PARÁGRAFO: Los incentivos económicos a que hace referencia la Invitación Cultural que se apertura, se encuentran amparados con el Certificado de Disponibilidad Presupuestal relacionado en la parte motiva del presente acto administrativo, precisando que la dependencia encargada de la invitación es la Dirección de Fomento de este organismo.

 

ARTÍCULO SEGUNDO: Los requisitos y condiciones de participación de la Invitación Cultural se encuentran publicados en el micrositio web: https://invitaciones.scrd.gov.co/ de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.

 

PARÁGRAFO: Las modificaciones a los términos de la Invitación Cultural citada en el presente acto administrativo podrán realizarse mediante aviso modificatorio que deberá publicarse en el respectivo micrositio web de Invitaciones Culturales de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte https://invitaciones.scrd.gov.co/ , con anterioridad no menor a un (1) día hábil al vencimiento del plazo fijado en el cronograma que se indica en las condiciones de la Invitación Cultural.

 

ARTÍCULO TERCERO: Realizar por la Dirección de Fomento los trámites requeridos para el correspondiente desembolso de los incentivos económicos previstos en la citada Invitación Cultural, de la cual es responsable, de conformidad con el artículo primero del presente acto administrativo, acorde con los procesos y procedimientos definidos en este organismo.

 

ARTÍCULO CUARTO: Publicar por la Dirección de Fomento la presente resolución, así como los requisitos y condiciones de participación de la Invitación Cultural en el micrositio denominado: Invitaciones Culturales de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte. Y por la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano, publicar el contenido de la presente resolución en la Gaceta Distrital y en el Régimen Legal de Bogotá D.C. y en la página web de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.

 

ARTÍCULO QUINTO: Comunicar por la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano, el contenido de la presente resolución a través del sistema de gestión documental ORFEO, a la Dirección de Fomento de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, para los trámites de su competencia.

 

ARTÍCULO SEXTO: El presente acto administrativo rige a partir del día siguiente a su publicación y contra este no procede recurso alguno, de conformidad con lo señalado en el artículo 75 de la Ley 1437 de 2011.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.


Dada en la ciudad de Bogotá D.C., a los 15 días del mes de mayo del año 2026.


SANTIAGO TRUJILLO ESCOBAR

 

Secretario de Despacho

 

Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte

 

Nota: Ver norma original en Anexos.