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Decreto 179 de 2026 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
21/05/2026
Fecha de Entrada en Vigencia:
21/05/2026
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 179 DE 2026

 

(Mayo 21)

 

Por el cual se concede una comisión de servicios al interior del país al Alcalde Mayor de Bogotá, D.C.

 

EI ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

 

En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el Decreto Ley 1421 de 1993, el Decreto No. 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto No. 648 de 2017, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 2.2.5.5.21. del Decreto Nacional 1083 de 2015, modificado por el artículo 1º del Decreto Nacional 648 de 2017, dispone: "(...) El empleado se encuentra en comisión cuando cumple misiones, adelanta estudios, atiende determinadas actividades especiales en sede diferente a la habitual o desempeña otro empleo, previa autorización del jefe del organismo. La comisión puede otorgarse al interior del país o al exterior."

 

Que el inciso segundo del artículo 50 del Decreto Ley 1421 de 1993, establece que "(...) Las comisiones oficiales del Alcalde Mayor serán ordenadas por el propio Alcalde, quien fijará su objeto, duración y costo para el erario. Así mismo, designará el funcionario que deba reemplazarlo".

 

Que, mediante memorandos radicados con Nos. 3-2026-11242 y 3-2026-11421 del 14 y 19 de mayo de 2026, respectivamente, se solicitó conceder al Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., CARLOS FERNANDO GALÁN PACHÓN, identificado con la cédula de ciudadanía No. 79.929.411, comisión de servicios al interior del país, a partir de las 12:00 m. del 22 de mayo y hasta la 2:00 p.m. del 23 de mayo de 2026, para que asista y participe en el Panel "Bogotá y Medellín: dos modelos de ciudad que están redefiniendo el país" que hace parte del "festival del pensamiento", encuentro que se llevara a cabo en el municipio de Santa Fe de Antioquia, Departamento de Antioquia, del 21 al 23 de mayo de 2026.

 

Que la participación del Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., en este panel se considera procedente, por cuanto es jefe de gobierno y de la administración distrital y, primera autoridad administrativa de la ciudad; además, reviste especial importancia para el Distrito Capital, toda vez que, representa un espacio de diálogo para promover la reflexión crítica en un contexto de incertidumbre, polarización y cambios globales en el que se intercambiaran experiencias de mandatarios regionales.

 

Que, la intervención del Alcalde Mayor resulta pertinente en tanto que, permitirá exponer la visión, avances y desafíos de Bogotá en materia de transformación urbana, crecimiento sostenible, gobernanza territorial y gestión de ciudad, así como contrastar dichas experiencias con otros modelos urbanos del país, contribuyendo a la reflexión sobre los retos actuales de las ciudades colombianas y las lecciones institucionales necesarias para fortalecer la planeación, la articulación regional y la toma de decisiones públicas.

 

Que la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., reconocerá al Alcalde Mayor de Bogotá D.C., tiquetes aéreos en la ruta Bogotá - Rio Negro - Bogotá, con cargo al contrato No. 4233000-506-2026 y viáticos a razón del ochenta y tres coma treinta y dos por ciento (83,32%) por el día 22 de mayo de 2006 y del dieciséis coma seis por ciento (16,6%) por el día 23 de mayo de 2026, de conformidad con la tarifa máxima establecida en el artículo 1º del Decreto No. 314 de 2026, aplicable en virtud del artículo 9º del Decreto No. 323 de 2026, con cargo al rubro presupuestal O2120202010, descripción "Viáticos de los funcionarios en comisión" según Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 541 del 7 de enero de 2026.

 

Que con el propósito que el Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., CARLOS FERNANDO GALÁN PACHÓN, asista y participe en el mencionado evento, se hace necesario conceder comisión de servicios al interior del país, a partir de las 12:00 m. del 22 de mayo y hasta las 2:00 p.m. del 23 de mayo de 2026, en los términos dispuestos en las normas legales vigentes y por razones de itinerario de vuelos.

 

Que durante el término de la comisión, el Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., tendrá derecho a percibir su remuneración de conformidad con el artículo 2.2.5.5.27 del Decreto No. 1083 de 2015, modificado por el artículo 1º del Decreto No. 648 de 2017.

 

En mérito de lo expuesto,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1º-: Conceder comisión de servicios al interior del país, a partir de las 12:00 m. del 22 de mayo y hasta las 2:00 p.m. del 23 de mayo de 2026, al Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., CARLOS FERNANDO GALÁN PACHON, identificado con la cédula de ciudadanía No. 79.929.411, para que asista y participe en el Panel "Bogotá y Medellín: dos modelos de ciudad que están redefiniendo el país" que hace parte del "festival del pensamiento", encuentro que se llevara a cabo en el municipio de Santa Fe de Antioquia, Departamento de Antioquia, del 21 al 23 de mayo de 2026.

 

Parágrafo 1º-: Durante el término de la comisión, el comisionado, tendrá derecho a recibir la remuneración de conformidad con el artículo 2.2.5.5.27 del Decreto No. 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto No. 648 de 2017.

 

Parágrafo 2º-: Dentro de los tres (3) días siguientes a la terminación de la comisión, el comisionado, presentará un informe ejecutivo sobre las actividades desplegadas en desarrollo de esta, de conformidad con lo señalado en el artículo 2.2.5.5.29 del Decreto No. 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto No. 648 de 2017, en el formato establecido para tal fin, denominado "4232000-F-1154 informe de comisión", a la Dirección de Talento Humano y a la Subdirección Financiera de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

 

ARTÍCULO 2º La Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., reconocerá al Alcalde Mayor de Bogotá D.C., tiquetes aéreos en la ruta Bogotá - Rio Negro - Bogotá, con cargo al contrato No. 4233000-506-2026 y viáticos a razón del ochenta y tres coma treinta y dos por ciento (83,32%) por el día 22 de mayo de 2006 y del dieciséis coma seis por ciento (16,6%) por el día 23 de mayo de 2026, de conformidad con la tarifa máxima establecida en el artículo 1º del Decreto No. 314 de 2026, aplicable en virtud del artículo 9° del Decreto No. 323 de 2026, con cargo al rubro presupuestal O2120202010, descripción "Viáticos de los funcionarios en comisión" según Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 541 del 7 de enero de 2026.

 

ARTÍCULO 3º-: Comunicar al Despacho del Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., a la Mesa Directiva del Concejo de Bogotá, al Despacho del Secretario Jurídico Distrital, a la Dirección Administrativa y Financiera, a la Subdirección de Servicios Administrativos y a la Dirección de Talento Humano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., el contenido del presente Decreto, lo que se realizará a través de la Subdirección de Gestión Documental de esta misma Secretaría.

 

ARTÍCULO 4°-: El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

 

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en la ciudad de Bogotá, D.C., a los 21 días del mes de mayo del año 2026.

 

CARLOS FERNANDO GALÁN PACHÓN

 

Alcalde Mayor

 

Nota: Ver norma original en Anexos.