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Resolución 233 de 2026 Secretaría Jurídica Distrital

Fecha de Expedición:
26/05/2026
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 233 DE 2026

 

(Mayo 26)

 

Por la cual se conforma el Comité de Convivencia Laboral de la Secretaría Jurídica Distrital para el periodo 2026-2028

 

EL SECRETARIO JURÍDICO DISTRITAL

 

En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 447 del capítulo 4 del Decreto Distrital 640 de 2025, el numeral 11 del artículo 5 del Decreto Distrital 323 de 2016, y,

 

CONSIDERANDO QUE:

 

El numeral 11 del artículo 5 del Decreto Distrital 323 de 2016, establece entre otras funciones del despacho de la Secretaría Jurídica Distrital, la de expedir los actos administrativos que se requieran para el cumplimiento de las funciones y el desarrollo de los procesos establecidos para la entidad.

 

La Ley 1010 de 2006, estableció las medidas preventivas y correctivas de situaciones de acoso laboral y otros hostigamientos, en el marco de la relación de trabajo.

 

El Decreto Distrital 515 de 2006, dio cumplimiento a lo establecido en la Ley 1010 de 2006, adaptándola a las relaciones laborales administrativas existentes entre Bogotá Distrito Capital y sus servidores públicos vinculados a los sectores central, descentralizado y el de localidades, con el objeto de definir, prevenir, corregir y sancionar las diversas formas de agresión, maltrato, vejámenes, trato desconsiderado y ofensivo y en general todo ultraje a la dignidad humana que se ejerce sobre quienes realizan sus actividades en el contexto de las relaciones laborales.

 

La Resolución 3461 de 2025 establece los lineamientos para la conformación y funcionamiento del Comité de Convivencia Laboral.

 

En armonía con lo señalado en la Resolución ibidem el artículo 447 del Decreto Distrital 640 de 2025 determinó la conformación de dicho Comité bajo los lineamientos de dicha resolución.

 

La Resolución 3461 de 2025 establece que, para entidades con más de veinte (20) trabajadores, el Comité se integrará por cuatro (4) miembros: dos (2) representantes del empleador designados directamente y dos (2) representantes de los trabajadores elegidos mediante votación secreta y escrutinio público.

 

La citada norma define al Comité de Convivencia Laboral como una instancia preventiva, independiente, orientadora y conciliadora, cuyo periodo de vigencia será de dos (2) años contados a partir de la comunicación de su elección o designación. Asimismo, establece la obligatoriedad de adoptar un reglamento interno que garantice la confidencialidad y el debido proceso, fijando términos perentorios para el trámite de quejas que oscilan entre los cinco (5) y quince (15) días calendario según la actuación.

 

La conformación del Comité de Convivencia Laboral de la Secretaría Jurídica Distrital ha sido actualizada periódicamente, destacándose la Resolución 038 de 2017 donde inicialmente se conformó el Comité de Convivencia Laboral de la Secretaria Jurídica Distrital y se establecieron sus funciones y otras disposiciones para su correcta implementación, las Resoluciones 162 de 2019 (vigencia 2019-2021), 082 de 2022 (vigencia 2022-2024) y la Resolución 223 de 2024, que rigió para el periodo 2024-2026.

 

Mediante Circular 019 de 2026 (radicada con el memorando 3-2026-3672 del 10 de abril de 2026), la Dirección de Gestión Corporativa convocó a la elección de los representantes de los trabajadores para la vigencia 2026-2028.

 

En cumplimiento del procedimiento de elección democrática, se realizó la apertura de votaciones el 21 de abril de 2026, culminando con el cierre y escrutinio el 22 de abril de 2026. Como resultado de dicho proceso, en el cual se garantizó la expresión libre y auténtica de las y los servidores de la entidad, se obtuvieron los siguientes resultados para la representación de los trabajadores:

 

 

Con memorando electrónico radicado bajo el No. 3-2026-4663 del 11 de mayo de 2026, este Despacho designó a sus representantes ante el Comité de Convivencia Laboral para el periodo 2026-2028, de la siguiente manera:

 

Representantes Principales: María Paula Rueda Mantilla, Subsecretario, Código 045, Grado 08 de la Subsecretaria Jurídica Distrital, Andrés Felipe Puentes Díaz, Director Técnico, Código 009, Grado 07 de la Dirección Distrital de Doctrina y Asuntos Normativos. Representantes Suplentes: Camilo Alfonso Guarin Prieto, Director Técnico, Código 009, Grado 07 de la Dirección Distrital de Inspección, Vigilancia y Control, Laura Juliana Ariza Herrera, Asesor, Código 105, Grado 05 del Despacho de la Secretaria Jurídica.

 

En mérito de expuesto,

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1. CONFORMAR el Comité de Convivencia Laboral de la Secretaría Jurídica Distrital para el periodo 2026-2028, así:

 

REPRESENTANTES DE LA SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL

 

 

 

Artículo 2. COMUNICAR. Comunicar a través de la Dirección de Gestión Corporativa, el contenido de la presente resolución a los(as) servidores(as) públicos relacionados en el artículo 1º y a los demás servidores públicos de la Secretaria Jurídica Distrital.

 

Artículo 3. DEROGAR el artículo 2 de la Resolución No. 223 de 2024 de la Secretaría Jurídica Distrital.

 

Las demás disposiciones contenidas en la referida Resolución continúan vigentes y conservan plena fuerza ejecutoria, en todo aquello que no sea contrario a lo dispuesto en el presente acto administrativo.

 

Artículo 4. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

 

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 26 días del mes de mayo del año 2026.

 

MAURICIO ALEJANDRO MONCAYO VALENCIA

 

SECRETARIO JURÍDICO DISTRITAL

 

NOTA: Ver norma original en Anexos.