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Resolución 164 de 2026 Instituto Distrital de Turismo - IDT

Fecha de Expedición:
10/04/2026
Fecha de Entrada en Vigencia:
10/04/2026
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 00164 DE 2026

 

(Abril 10)

 

Por la cual se hace un reconocimiento y se ordena un pago

 

LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO

 

<En uso de sus facultades legales y en especial las que le confiere el literal b) del artículo 5º del Acuerdo No. 275 de 2007 del Concejo de Bogotá "Por el cual se crea el Instituto Distrital de Turismo", así como el literal b) del artículo 18 del Acuerdo 01 de la Junta Directiva del 12 de marzo de 2007 "Por el cual se adoptan los Estatutos del Instituto Distrital de Turismo", y numeral 5 del artículo 5 del Acuerdo 074 de 2022 de la misma autoridad>, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que, la ONU Turismo legalmente denominada Organización Mundial del Turismo OMT, es el organismo de las Naciones Unidas encargado de promover el turismo de forma responsable, sostenible y accesible para todos. El cual se encuentra integrado por 160 Estados miembros, 6 Miembros asociados y más de 500 Miembros Afiliados, que representan al sector privado, instituciones académicas, asociaciones turísticas y autoridades locales del turismo. A través de su labor, contribuye al crecimiento económico, al desarrollo incluyente y a la sostenibilidad ambiental, brindando liderazgo y respaldo al sector turístico mediante el análisis y generación de conocimiento sobre los mercados, impulsando políticas e instrumentos que fomenten un turismo competitivo y sostenible, y trabajando activamente para consolidar al turismo como una herramienta eficaz para el desarrollo económico, social y ambiental.

 

Que, actualmente el Instituto Distrital del Turismo IDT es miembro activo de la ONU Turismo, lo cual le permite estar conectado globalmente a la red de organizaciones no gubernamentales del turismo mundial para el intercambio de conocimiento, innovación y buenas prácticas.

 

Que, la pertenencia a la ONU Turismo permite al Instituto Distrital del Turismo acceder al conocimiento y experiencia de los miembros afiliados a la organización, contribuyendo a la orientación de políticas y al fortalecimiento de productos y/o servicios en el marco del turismo sostenible.

 

Que, el Instituto Distrital de Turismo, con el objeto de mantener su calidad de miembro afiliado de la ONU Turismo, debe efectuar el pago de la cuota anual correspondiente a la vigencia 2026, el cual se destina para cubrir las actividades administrativas y las del programa general del trabajo, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 25 de los Estatutos de la Organización Mundial del Turismo y las reglas de financiación.

 

Que, la Dirección General del Instituto Distrital de Turismo requiere adelantar los trámites administrativos y financieros necesarios para efectuar el pago de la cuota anual, para la vigencia 2026, al fondo general de la ONU Turismo, en calidad de miembro afiliado y de conformidad con la factura No. 20612/ADM/2026 expedida por la misma organización el 02 de enero 2026.

 

Que, en virtud de lo anterior, el Instituto Distrital de Turismo procede a ordenar el pago de TRES MIL EUROS (€3.000), por concepto de la cuota anual al fondo general de la ONU Turismo, en calidad de miembro afiliado para el ejercicio financiero del año 2026, suma que será convertida a pesos colombianos (COP), cuyo valor será el correspondiente a la tasa representativa del mercado del día en que el Instituto realice el giro efectivo de los recursos, a través de la Subdirección de Gestión Corporativa.

 

Que, el valor generado por este concepto se encuentra respaldado mediante el Certificado de Disponibilidad Presupuestal CDP No. 197 del 10 de abril de 2026, con cargo a los recursos del proyecto de inversión No. 128 Implementación de un modelo de gestión de información estadística para el sector turismo de Bogotá D.C.

Que, en mérito de lo expuesto:

 

RESUELVE:

 

Artículo 1. RECONOCER Y ORDENAR el pago a favor de la ONU Turismo, identificada con NIT 1748043001001, por concepto de la cuota anual al fondo general de la ONU Turismo, en calidad de miembro afiliado para el ejercicio financiero del año 2026, por valor de TRES MIL EUROS (€3.000), suma que será convertida a pesos colombianos (COP) y cuyo valor será el correspondiente a la tasa representativa del mercado del día en que el Instituto realice el giro efectivo de los recursos, a través de la Subdirección de Gestión Corporativa.

 

Artículo 2. ORDENAR a la Subdirección de Gestión Corporativa la expedición del Certificado de Registro Presupuestal conforme a lo dispuesto en el artículo primero del presente acto administrativo; así mismo, adelantar los trámites necesarios para efectuar la transferencia internacional correspondiente al pago de la factura No. 20612/ADM/2026 de la ONU Turismo.

 

Artículo 3. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

 

PUBLIQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en la ciudad de Bogotá D. C., a los 10 días del mes de abril del año 2026.

 

ANGELA GARZON CAICEDO

 

Directora General

 

Nota: Ver norma original en anexos.