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Decreto 630 de 1998 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
16/07/1998
Fecha de Entrada en Vigencia:
16/07/1998
Medio de Publicación:
Registro Distrital 1699 de Julio 16 de 1998
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

Decreto Número 630

DECRETO 630 DE 1998

(Julio 16)

Derogado por el Decreto Distrital 593 de 1999

Por el cual se delega una función

EL ALCALDE MAYOR DE SANTA FE DE BOGOTÁ, D.C.,

En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 6° del artículo 38 y artículo 40 del Decreto - Ley 1421 de 1993.

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Delegase en el Jefe del Departamento Administrativo de Bienestar Social del Distrito la identificación de la población considerada indigente por carecer de vivienda e ingresos de que trata el artículo 5° del Acuerdo 77 del Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud.

En desarrollo de lo anterior, debe tenerse en cuenta el formulario único nacional MS-DGSS-02-98 para identificar y certificar a la población indigente, adoptado mediante la Resolución 00219 del 26 de enero de 1998 expedida por el Ministerio de Salud, "Por la cual se adoptan los formularios en relación con la forma y condiciones de operación del régimen subsidiado del Sistema General de Seguridad Social en Salud".

ARTÍCULO 2°.- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Dado en Santa Fe de Bogotá, a los dieciséis (16) días del mes de julio de mil novecientos noventa y ocho (1998).

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO

Alcalde Mayor.

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 1699 de Julio 16 de 1998