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Decreto 592 de 2026 Nivel Nacional

Fecha de Expedición:
09/06/2026
Fecha de Entrada en Vigencia:
11/06/2026
Medio de Publicación:
Diario Oficial No. 53519 del 11 de junio de 2026.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 592 DE 2026

 

(Junio 09)

 

Por el cual se dictan unas disposiciones sobre protección y seguridad para los señores ex presidentes y ex vicepresidentes de la República

 

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

 

En ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el numeral 16 del artículo 189 de la Constitución Política y la Ley 4a de 1992.

 

DECRETA

 

Artículo 1°. Modificación. Modificar el artículo 5 del Decreto 1069 del 25 de junio de 2018, el cual quedará así:

 

"Artículo 5°. Los vehículos automotores para el esquema de protección y seguridad serán asignados por parte del Ministerio de Defensa Nacional, las Fuerzas Militares, la Policía Nacional, la Unidad Nacional de Protección y la Dirección Nacional de Inteligencia.

 

El personal de protección será asignado por la Policía Nacional, la Unidad Nacional de Protección o, cuando sea necesario, la Dirección Nacional de Inteligencia.

 

Los elementos para el servicio de seguridad y protección requeridos, tales como medios de comunicaciones, armamento y demás que se consideren indispensables, serán suministrados por la entidad a la que se encuentren vinculados el personal de protección."

 

Artículo 2°. Vigencia y derogatoria. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación, modifica el artículo 5 del Decreto 1069 del 25 de junio de 2018 y deroga el Decreto 563 de 2026.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

 

Dado a los 09 días del mes de junio del año 2026.

 

EL MINISTRO DEL INTERIOR,

 

ARMANDO ALBERTO BENEDETTI VILLANEDA

 

EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO,

 

GERMÁN ÁVÍLÁ PLAZAS

 

EL MINISTRO DE DEFENSA NACIONAL,

 

PEDRO SÁNCHEZ SUÁREZ

 

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA,

 

MARIELA BARRAGAN BELTRAN

 

NOTA: Ver norma original en Anexos.