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Decreto 171 de 2026 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
14/05/2026
Fecha de Entrada en Vigencia:
14/05/2026
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

 

DECRETO 171 DE 2026

 

(Mayo 14)

 

Por el cual se concede una comisión de servicios al exterior del país a la Gerente de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá E.S.P y se efectúa un encargo

 

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

 

En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el Decreto Ley No. 1421 de 1993, el Decreto No. 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto No. 648 de 2017 y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 38 del Decreto Ley No. 1421 de 1993, estableció las atribuciones del Alcalde Mayor de Bogotá, entre las cuales se encuentra: "3" Dirigir la acción administrativa y asegurar el cumplimiento de las funciones, la prestación de los servicios y la construcción de las obras a cargo del Distrito."

 

Que el artículo 2.2.5.5.25 del Decreto No. 1083 de 2015 modificado y adicionado por el Decreto No. 648 de 2017, establece que se podrán conceder comisiones de servicio al interior o al exterior del país con el propósito de "ejercer las funciones propias del empleo en un lugar diferente al de la sede del cargo, cumplir misiones especiales conferidas por los superiores, asistir a reuniones, conferencias o seminarios, realizar visitas de observación que interesen a la administración y que se relacionen con el ramo en que presta sus servicios el empleado. Esta comisión hace parte de los deberes de todo empleado, por tanto, no puede, rehusarse a su cumplimiento".

 

Que el presidente de la Cumbre Global Water Intelligence, Christopher Gasson y el líder para Latinoamérica del Grupo de Líderes Globales del Agua, Patricio Díaz Romo, extendieron invitación a la servidora pública NATASHA AVENDAÑO GARCÍA, identificada con la cédula de ciudadanía No. 43.200.281, Gerente General de Entidad Descentralizada, Código 050, Grado 02, de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá - E.S.P., para que asista y participe en el programa "300 Water Leaders" en el marco de la Cumbre Global del Agua (Global Water Summit) que se llevará a cabo del 17 al 20 de mayo de 2026, en la Ciudad de Madrid, Reino de España.

 

Que mediante radicado No. 1-2026-17513 del 28 de abril de 2026 y correos electrónicos del 30 de abril y 13 de mayo de 2026, la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá E.S.P., con el visto bueno de la Secretaria Distrital de Hábitat, solicito se le conceda comisión de servicios al exterior del país desde las 9:35 p.m. del 15 de mayo, hasta el 21 de mayo de 2026, a la servidora pública NATASHA AVENDAÑO GARCÍA, para que asista y participe en el mencionado evento.

 

Que el Global Water Summit (GWS) es el principal evento mundial de la iniciativa "300 Water Leaders", que reúne a los más altos líderes del sector hídrico a nivel global. En el marco de esta iniciativa, la Gerente General de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá E.S.P., participa como representante de Latinoamérica en el programa de codesarrollo de líderes del agua, orientado al fortalecimiento del liderazgo estratégico y la aceleración del cumplimiento del Objetivo de Desarrollo Sostenible 6 (ODS 6).

 

Que la participación de la Gerente General de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá - E.S.P., reviste especial relevancia, toda vez que este evento corresponde a la sesión final presencial de codesarrollo del programa "300 Water Leaders", proceso que se desarrolló a lo largo de 2025 mediante un encuentro inicial en Bogotá, dos sesiones virtuales, una sesión presencial en Buenos Aires, culminando con esta jornada de cierre en Madrid, desarrollada en el marco la Cumbre Global del Agua, así mismo, generará impacto directo en la misionalidad de la empresa, en aspectos tales como: 1. Liderazgo global y cooperación técnica, 2. Transferencia de Innovación ateniendo que, el programa incluye sesiones de aprendizaje entre pares (peer learning) con los CEOs de las empresas de agua innovadoras, lo que facilitara la adopción de mejores prácticas para acelerar el cumplimiento del ODS 6 en Bogotá, 3. Referenciación de Infraestructura, al contar dentro del programa con visita técnica a los sitios de infraestructura de agua lideres en Madrid, gestionados por Aqualia, proporcionando información crítica para la gestión de activos y la eficiencia operativa de la empresa.

 

Que a su vez, la participación en el Global Water Summit (GWS), permeara de manera positiva en el Distrito y la Ciudad, visto desde dos ejes: 1. Resiliencia Hídrica y Cambio Climático, dado que el tema central de la cumbre "Entregando la Transición Hídrica", aborda cómo adaptar el sector a los desafíos del cambio climático para la gestión de activos y la eficiencia operativa de la empresa y 2. Aseguramiento de la Inversión, desde el análisis de cómo financiar y ejecutar la adaptación del sector, lo cual es relevante para la estructuración y la ejecución de los proyectos estratégicos de infraestructura de agua y saneamiento básico de Bogotá.

 

Que la asistencia de la Gerente General de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá E.S.P., se considera procedente por tratarse de asuntos que interesan a la Entidad y que se encuentran directamente relacionados con los objetivos misionales y estratégicos de la Entidad, además guardan relación con la Resolución 0305 del 2022 "Por medio de la cual se modifica parcialmente la Resolución No. 498 de Marzo de 2020", por la cual se adoptaron los manuales de funciones y competencias laborales para los cargos de empleos públicos de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá E.S.P., la cual indica como propósito general del empleo es "Ejercer la administración y la representación legal y administrativa de la Empresa, en la prestación de los servicios públicos domiciliarios de Acueducto y Alcantarillado para la ciudad de Bogotá", así como, con las funciones: "1. Ejecutar las políticas y directrices definidas por la Junta Directiva e implementar las acciones necesarias para la adecuada administración de la Empresa y la prestación eficiente de los servicios que integran su objeto social, bajo estándartes de calidad y cobertura. 4. Ejecutar las funciones que por su naturaleza le correspondan al representante legal de una empresa de servicios públicos domiciliarios, las que le señale la Ley o le haya delegado la Junta o el Alcalde Mayor de Bogotá D.C."

 

Que la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá E.S.P., reconocerá a la servidora pública NATASHA AVENDAÑO GARCÍA, Gerente General de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá - E.S.P., tiquetes aéreos en la ruta Bogotá Madrid Bogotá, con cargo al rubro presupuestal No. 312010501000200 según el certificado de disponibilidad Presupuestal No. 1600086639 del 19 de enero de 2026 y viáticos a razón del ochenta y tres coma treinta y tres por ciento (83,33%) por el 16 de mayo de 2026, del cincuenta por ciento (50%) por los días 17, 18 y 19 de mayo de 2026, del ochenta y tres coma treinta y tres por ciento (83,33%) por el 20 de mayo de 2026 y del dieciséis coma sesenta y seis por ciento (16,66%) por el 21 de mayo de 2026, de conformidad con la tarifa máxima establecida en el artículo 1º del Decreto No. 314 de 2026, aplicable en virtud del artículo 9º del Decreto 323 de 2026, con cargo al rubro presupuestal No. 312010501000101 según Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 1600087551 del 13 de mayo de 2026 viáticos.

 

Que la organización Global Water Leaders Group, asumirá los gastos de alojamiento durante los días 17, 18 y 19 de mayo de 2026, la cena del 20 de mayo de 2026 y los desplazamientos oficiales propios del evento, necesarios para la comisión de servicios de la servidora pública NATASHA AVENDAÑO GARCÍA.

 

Que el 5 de mayo de 2026, la Oficina Consejería Distrital de Relaciones Internacionales de la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., previa valoración técnica de pertinencia estratégica recomendó la asistencia y participación la servidora pública NATASHA AVENDAÑO GARCÍA, en la presente comisión de servicios al exterior del país.

 

Que con el propósito de que la servidora pública NATASHA AVENDAÑO GARCÍA, asista y participe en el mencionado evento, se hace necesario conferir comisión de servicios al exterior, desde las 9:35 p.m. del 15 de mayo, hasta el 21 de mayo de 2026, en los términos dispuestos en las normas legales vigentes y por razones de itinerario de vuelos.

 

Que durante el término de la comisión la comisionada tendrá derecho a percibir su remuneración, de conformidad con el artículo 2.2.5.5.27 del Decreto No. 1083 de 2015 modificado y adicionado por el Decreto No. 648 de 2017.

 

Que el artículo 24 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 1º de la Ley 1960 de 2019 establece: "Los cargos de libre nombramiento y remoción, en caso de vacancia temporal o definitiva, podrán ser provistos a través del encargo de empleados de carrera o de libre nombramiento y remoción, que cumplan los requisitos y el perfil para su desempeñ¿".

 

Que, de acuerdo con lo expuesto, se hace necesario efectuar el encargo de las funciones del empleo Gerente General de Entidad Descentralizada, Código 050, Grado 02, de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá E.S.P., para garantizar la continua prestación de los servicios que este Despacho tienen a su cargo.

 

Que la Directora de Mejoramiento Calidad de Vida de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá E.S.P., Geraldine Giraldo Moreno, certificó que la servidora pública HEYBY POVEDA FERRO, identificada con la cédula de ciudadanía No. 52.074.407 Secretaria General, Código 054, Grado 04, de la misma entidad, cumple con los requisitos mínimos de estudio y experiencia para ejercer en encargo las funciones del empleo Gerente General de Entidad Descentralizada, Código 050, Grado 02 de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá - E.S.P.

 

En mérito de lo expuesto,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1º-: Conceder comisión de servicios al exterior del país, desde las 9:35 p.m. del 15 de mayo y hasta el 21 de mayo de 2026, a la servidora pública NATASHA AVENDAÑO GARCÍA, identificada con la cédula de ciudadanía No. 43.200.281, Gerente General de Entidad Descentralizada, Código 050, Grado 02 de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá - E.S.P., para que asista y participe en el programa "300 Water Leaders" en el marco de la Cumbre Global del Agua (Global Water Summit) que se llevará a cabo del 17 al 20 de mayo de 2026, en la Ciudad de Madrid, Reino de España.

 

Parágrafo 1º-: Durante el término de la comisión la servidora pública NATASHA AVENDAÑO GARCÍA, tendrá derecho a recibir la remuneración de conformidad con el articulo 2.2.5.5.27 del Decreto No. 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto No. 648 de 2017.

 

Parágrafo 2º-: Dentro de los tres (3) días siguientes a la terminación de la comisión, la comisionada deberá presentar ante este Despacho con copia a la Dirección de Talento Humano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., informe ejecutivo sobre las actividades desplegadas en desarrollo de esta, de conformidad con lo señalado en el artículo 2.2.5.5.29 del Decreto No. 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto No. 648 de 2017.

 

ARTÍCULO 2º-: La Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá - E.S.P., reconocerá a la servidora pública NATASHA AVENDAÑO GARCÍA, tiquetes aéreos en la ruta Bogotá Madrid-Bogotá, con cargo al rubro presupuestal No. 312010501000200 según el certificado de disponibilidad Presupuestal No. 1600086639 del 19 de enero de 2026 y viáticos a razón del ochenta y tres coma treinta y tres por ciento (83,33%) por el 16 de mayo de 2026, del cincuenta por ciento (50%) por los días 17, 18 y 19 de mayo de 2026, del ochenta y tres coma treinta y tres por ciento (83,33%) por el 20 de mayo de 2026 y del dieciséis coma sesenta y seis por ciento (16,66%) por el 21 de mayo de 2026, de conformidad con la tarifa máxima establecida en el articulo 1º del Decreto No. 314 de 2026, aplicable en virtud del artículo 9º del Decreto 323 de 2026, con cargo al rubro presupuestal No. 312010501000101 según Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 1600087551 del 13 de mayo de 2026 viáticos.

 

ARTÍCULO 3º-: Encargar desde las 9:35 p.m. del 15 de mayo y hasta el 21 de mayo de 2026, a la servidora pública HEYBY POVEDA FERRO, identificada con la cédula de ciudadanía No. 52.074.407 Secretaria General, Código 054, Grado 04 de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá -E.S.P., de las funciones del empleo Gerente General de Entidad Descentralizada, Código 050, Grado 02 de la misma entidad.

 

ARTÍCULO 4°-; Comunicar a las servidoras públicas, NATASHA AVENDAÑO GARCÍA Y HEYBY POVEDA FERRO, a la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá E.S.P., al Despacho del Secretario Jurídico Distrital y a la Dirección de Talento Humano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., el contenido del presente Decreto, lo que se realizará a través de la Subdirección de Gestión Documental de esta última Secretaría.

 

Parágrafo: Para los efectos del presente artículo y con el fin de facilitar las comunicaciones a cargo de la Subdirección de Gestión Documental de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., a continuación, se relacionan los correos electrónicos de las servidoras públicas de que trata el presente acto administrativo.

 

 

ARTÍCULO 5°-: El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

 

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en la ciudad de Bogotá, D.C., a los 14 días del mes de mayo de 2026.

 

CARLOS FERNANDO GALÁN PACHÓN

 

Alcalde Mayor

 

Nota: Ver norma original en anexos.