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Decreto Local 005 de 2026 Alcaldía Local de Kennedy

Fecha de Expedición:
26/06/2026
Fecha de Entrada en Vigencia:
26/06/2026
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 8610 del 01 de julio del 2026.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 005 DE 2026

 

(Junio 26)

 

Por el cual se liquida la adición al presupuesto de la Vigencia Fiscal 2026 del Fondo de Desarrollo Local de Kennedy, de conformidad con el Acuerdo No. 035 aprobado por la Junta Administradora Local de Kennedy el 25 de junio de 2026

 

EL ALCALDE (E) LOCAL DE KENNEDY

 

En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por el artículo 324 de la Constitución Política, el artículo 78 del Decreto Distrital 714 de 1996 y las disposiciones pertinentes del Estatuto Orgánico de Presupuesto Distrital, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que, el Decreto Distrital 714 de 1996, artículo 78 establece "(...) De los Excedentes Financieros. Los excedentes financieros de los Fondos de Desarrollo Local son de propiedad del Distrito. El Concejo(sic) Distrital de Política Económica y Fiscal, en cada vigencia fiscal determinará la cuantía de los excedentes financieros que entrarán a hacer parte de los recursos de capital del Presupuesto Distrital, con destinación a los mismos Fondos. parágrafo. - El Concejo (sic) Distrital de Política Económica y Fiscal - CONFIS- al adoptar las determinaciones de este Artículo deberá considerar el concepto del Alcalde Local"

 

Que, el Decreto Distrital 645 de 2025 en los artículos 317. Excedentes Financieros define "... el excedente financiero de cada FDL como el saldo sin comprometer del presupuesto de gastos después de realizar el ajuste presupuestal por cierre. Los excedentes financieros de los FDL son de propiedad del Distrito. El CONFIS Distrital, en cada vigencia fiscal determinará la cuantía de los excedentes financieros que entrarán a hacer parte de los recursos de capital del Presupuesto Distrital, con destinación a los mismos Fondos y el artículo 318. Distribución de Excedentes Financieros define "... los excedentes financieros de los FDL se distribuirán entre las localidades atendiendo las necesidades apremiantes no financiadas que determine el CONFIS Distrital."

 

Que, el artículo 10, literal f, del Estatuto Orgánico de Presupuesto Distrital expresa como función del CONFIS: "(...) f) Determinar la cuantía de los excedentes financieros de [...] los Fondos de Desarrollo Local, [...] así como su distribución. b) Determinar la cuantía de los excedentes financieros de los [... [Fondos de Desarrollo Local, [...] que harán parte de los recursos de capital del Presupuesto Anual del Distrito Capital, así como su distribución."

 

Que, el Manual Operativo Presupuestal del Distrito Capital en su numeral 3.9.2 indica "(...) Una vez comunicada por el CONFIS Distrital la distribución de los Excedentes Financieros, los F.D.L beneficiarios de éstos, procederán a tramitar la Adición ante la JAL".

 

Que, las juntas administradoras locales distribuirán y apropiarán las partidas globales que en el presupuesto anual del Distrito se asignen a las localidades teniendo en cuenta las necesidades básicas insatisfechas de su población. Sobre las rentas departamentales que se causen en Bogotá, la ley determinará la participación que le corresponda a la capital de la República. Tal participación no podrá ser superior a la establecida en la fecha de vigencia de esta Constitución.

 

Que, el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal – CONFIS, mediante la Circular CONFIS No. 04 del 02 de diciembre de 2025 y Circular CONFIS No. 02 del 10 de junio de 2026, se recibió "Concepto previo favorable al Proyecto de Presupuesto vigencia 2026 Fondos de Desarrollo Local FDL y distribución de los excedentes financieros de la vigencia 2024 y 2025 de los Fondos de Desarrollo Local". El valor total distribuido corresponde a MIL SETECIENTOS CINCUENTA MILLONES DE PESOS ($1.750.000.000) M/CTE.

 

Que la Secretaría Distrital de Planeación mediante comunicación 2-2026-27194 del 11 de mayo de 2026 conceptuó "(...) Por lo anterior, esta Secretaría emite concepto previo favorable sobre la adición de recursos al presupuesto de gastos de inversión por valor de $600.000.000, correspondiente a los excedentes financieros distribuidos en la localidad de Kennedy, de conformidad a los lineamientos expedidos por el CONFIS; de esta forma, se aportará al cumplimiento de las metas de los respectivos proyectos de inversión de su Plan de Desarrollo Local(...)" y mediante comunicación 2-2026-34618 del 17 de junio de 2026, conceptuó "(...) concepto previo favorable sobre la adición de recursos al presupuesto de gastos de inversión por valor de $1.150.000.000, correspondiente a los excedentes financieros distribuidos en la localidad de Kennedy, de conformidad a los lineamientos expedidos por el CONFIS; de esta forma, se aportará al cumplimiento de las metas de los respectivos proyectos de inversión de su Plan de Desarrollo Local".

 

Que, el Alcalde (E) Local presentó para estudio y aprobación de la JAL el proyecto de adición de recursos al presupuesto de Ingresos y Gastos para la vigencia 2026.

 

Que, es necesario adicionar al presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de Kennedy para la vigencia fiscal, comprendida entre el 01 de enero y el 31 de diciembre de 2026, los recursos asignados por el CONFIS por concepto de excedentes financieros.

 

Que, es función de la Junta Administradora Local aprobar las modificaciones que aumentan las apropiaciones autorizadas inicialmente por la Junta Administradora Local o no previstas para un objeto de gasto.

 

Que, la Junta Administradora Local de Kennedy, aprobó el Acuerdo Local No. 035 del 25 de junio de 2026 por medio del cual "POR EL CUAL SE ADICIONAN LOS EXCEDENTES FINANCIEROS RESULTADO DEL CIERRE PRESUPUESTAL Y FINANCIERO DEL 2024 Y 2025 AL PRESUPUESTO DE INGRESOS Y GASTOS DEL FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE KENNEDY DE LA VIGENCIA FISCAL 2026"

 

Que, el Alcalde (E) Local de Kennedy sancionó el Acuerdo Local No. 035 del 25 de junio de 2026.

 

Que, en mérito de lo expuesto,

 

DECRETA:

 

PRIMERO: Adiciónese el Presupuesto de Ingresos del Fondo de Desarrollo Local de Kennedy para la vigencia fiscal 2026 en la suma de MIL SETECIENTOS CINCUENTA MILLONES DE PESOS ($1.750.000.000) M/CTE, correspondientes a excedentes financieros, de conformidad con el siguiente detalle:

 

 

SEGUNDO: Adiciónese el Presupuesto de Gastos de Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Kennedy para la vigencia fiscal 2026 en la suma de MIL SETECIENTOS CINCUENTA MILLONES DE PESOS ($1.750.000.000) M/CTE, correspondientes a excedentes financieros, conforme al siguiente detalle:

 

 

TERCERO: Comuníquese el presente decreto a la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, para lo de su competencia.

 

CUARTO: Publicación. Publíquese el presente decreto en la Gaceta Distrital, de conformidad con el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011.

 

QUINTO: Vigencia y Derogatorias. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

 

PUBLIQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en la ciudad de Bogotá D. C., a los 26 días del mes de junio del año 2026.

 

JAVIER PRIETO TRISTANCHO

 

Alcalde (E) Local de Kennedy

 

Nota: Ver norma original en Anexos.