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Acuerdo 16 de 2005 Subred Integrada de Servicios de Salud Norte E.S.E. - Hospital Chapinero I Nivel Empresa Social del Estado ESE

Fecha de Expedición:
14/09/2005
Fecha de Entrada en Vigencia:
14/09/2005
Medio de Publicación:
N.P.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 016 de 2005

(Septiembre 14)

por el cual se ajusta la planta de personal del Hospital Chapinero Empresa Social del Estado a la nomenclatura y clasificación de empleos establecido en el Decreto Ley 785 de 2005

LA JUNTA DIRECTIVA DEL HOSPITAL CHAPINERO EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO

En uso de sus facultades legales y estatutarias y en especial las conferidas por la Ley 909 de 2004 y el Decreto Ley 785 de 2005, y

CONSIDERANDO

Que mediante Acuerdo 004 de Junta Directiva del 03 de octubre de 2000, se adecuó la Planta de Personal del Hospital Chapinero Empresa Social del Estado y mediante Acuerdo 005 del 10 de octubre de 2000 se aclara, ajusta técnicamente y se modifica parcialmente la planta de personal adecuada mediante Acuerdo 004 de 2000 del Hospital Chapinero Empresa Social del Estado.

Que la Ley 909 de 2004, que regula el empleo público, la carrera administrativa y la gerencia pública es aplicable a los empleados que prestan sus servicios en las entidades Distritales.

Que el Artículo 27 del Decreto 785 de 2005 del 17 de marzo de 2005, dispone que: "Con sujeción a la nomenclatura y a la clasificación de empleos por niveles, a las funciones, competencias y requisitos generales de que trata el presente Decreto, las autoridades territoriales competentes procederán a adecuar la Planta de Personal...".

Que el Decreto 785 del 17 de marzo de 2005, Artículo 21, Parágrafo 2, determina que la equivalencia en la nomenclatura en ningún caso podrá conllevar incrementos saláriales.

Que para poder cumplir con lo establecido es necesario ajustar la planta de empleos del Hospital Chapinero Empresa Social del Estado.

Que mediante oficio número 3756 . 05 del 14 de septiembre de 2005, el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital expidió el Concepto Técnico favorable requerido para el ajuste de la Planta de Empleos del Hospital Chapinero Empresa Social del Estado.

Que la Junta Directiva acogió parcialmente el Concepto Técnico favorable del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital , para los niveles Directivo, Profesional, Técnico y Asistencial, dejando el nivel Asesor para un próximo estudio, el cual debe surtirse antes de marzo de 2006.

En mérito de lo expuesto,

Ver el Acuerdo 06 de 2006, Ver el Acuerdo 04 de 2006

 ACUERDA

ARTÍCULO 1º: Ajustar parcialmente la Planta de Cargos del Hospital Chapinero Empresa Social del Estado a la nueva Nomenclatura y Clasificación de empleos así:

PLANTA ACTUAL

PLANTA AJUSTADA

No. de Em pleos

Denominación del Empleo

Código

Grado

Asigna ción Básica

No. de Em pleos

Denominación del Empleo

Código

Grado

Asigna ción Básica

Nivel Directivo

Nivel Directivo

1

Gerente

O85

02

3,324,612

1

Gerente, Empresa Social del Estado

085

02

3,324,612

2

Subgerente

O90

05

2,676,846

2

Subgerente

090

05

2,676,846

Nivel Asesor

Nivel Asesor

2

Jefe de oficina asesora

115

04

2,418,653

2

Jefe de oficina asesora

115

04

2,418,653

3

Asesor

105

01

2,418,653

3

Asesor

105

01

2,418.653

Nivel Profesional

Nivel Profesional

3

Profesional Especializado

335

08

2,416,136

3

Profesional Especializado

222

08

2,416,136

2

Profesional Especializado Area Salud

342

04

1,734,987

2

Profesional Especializado Area Salud

242

04

1,734,987

5

Profesional Universitario

340

18

1,756,212

5

Profesional Universitario

219

18

1,756,212

1

Profesional Universitario

340

13

1,601,283

1

Profesional Universitario

219

13

1,601,283

1

Profesional universitario

340

10

1,480,147

1

Profesional universitario

219

10

1,480,147

1

Profesional Universitario

340

08

1,370,366

1

Profesional Universitario

219

08

1,370,366

1

Médico Especialista

301

02

1,596,151

1

Médico Especialista

213

02

1,596,151

2

Médico General

310

26

2,437,251

2

Médico General

211

26

2,437,251

23

Médico General

310

08

1,370,366

23

Médico General

211

8

1,370,366

4

Médico Servicio Social Obligatorio

305

08

1,370,366

4

Profesional Servicio Social Obligatorio

217

08

1,370,366

2

Odontólogo

325

25

2,093,072

2

Odontólogo

214

25

2,093,072

19

Odontólogo

325

08

1,370,366

19

Odontólogo

214

08

1,370,366

3

Psicólogo

357

17

1,707,014

3

Profesional Universitario

219

17

1,707,014

1

Trabajadora Social

343

12

1,547,031

1

Profesional Universitario

219

12

1,547,031

4

Bacteriólogo

352

14

1,618,502

4

Profesional Universitario Area Salud

237

14

1,618,502

1

Bacteriólogo SSO

354

02

1,134,043

1

Profesional Servicio Social Obligatorio

217

02

1,134,043

7

Enfermero

365

19

1,775,000

7

Enfermero

243

19

1,775,000

2

Enfermero SSO

360

02

1,134,043

2

Profesional Servicio Social Obligatorio

217

02

1,134,043

1

Terapista

341

12

1,547,031

1

Profesional Universitario Area Salud

237

12

1,547,031

Nivel Técnico

Nivel Técnico

1

Técnico

401

15

1,274,992

1

Técnico Operativo

314

15

1,274,992

4

Técnico

401

12

1,158,974

4

Técnico Operativo

314

12

1,158,974

2

Técnico

401

08

1,123,650

2

Técnico Operativo

314

08

1,123,650

2

Técnico

401

04

1,081,964

2

Técnico Operativo

314

04

1,081,964

8

Técnico en saneamiento

448

05

1,092,293

8

Técnico Area Salud

323

05

1,092,293

1

Técnico en Imágenes Diagnósticas

412

02

978,004

1

Técnico Area Salud

323

02

978,004

1

Técnico en estadística en salud

417

02

978,004

1

Técnico Administrativo

367

02

978,004

1

Almacenista auxiliar

403

03

1,016,510

1

Técnico Administrativo

367

03

1,016,510

Nivel Auxiliar

Nivel Asistencial

24

Auxiliar de enfermería

555

17

937,730

24

Auxiliar Area Salud

412

17

937,730

1

Auxiliar de información en salud

509

18

947,202

1

Auxiliar Area Salud

412

18

947,202

4

Auxiliar de información en salud

509

05

716,809

4

Auxiliar Area Salud

412

05

716,809

4

Secretario

540

16

920,247

4

Secretario

440

16

920,247

1

Secretario

540

13

831,688

1

Secretario

440

13

831,688

3

Secretario

540

10

761,655

3

Secretario

440

10

761,655

6

Auxiliar administrativo

550

16

920,247

6

Auxiliar administrativo

407

16

920,247

1

Auxiliar Administrativo

550

13

831,688

1

Auxiliar Administrativo

407

13

831,688

2

Auxiliar

565

11

773,097

2

Auxiliar administrativo

407

11

773,097

4

Auxiliar

565

09

761,268

4

Auxiliar Administrativo

407

09

761,268

4

Auxiliar de Higiene Oral

523

15

897,831

4

Auxiliar Area Salud

412

15

897,831

11

Auxiliar consultorio odontológico

518

12

804,772

11

Auxiliar Area Salud

412

12

804,772

1

Auxiliar en salud familiar y comunitaria

533

11

773,097

1

Auxiliar Area Salud

412

11

773,097

1

Auxiliar en salud

512

11

773,097

1

Auxiliar Area Salud

412

11

773,097

4

Auxiliar de laboratorio clínico

527

11

773,097

4

Auxiliar Area Salud

412

11

773,097

1

Auxiliar de droguería

516

06

718,191

1

Auxiliar Area Salud

412

06

718,191

1

Conductor

620

09

761,268

1

Conductor

480

09

761,268

ARTÍCULO 2º. Establecer la Planta global de empleos públicos del Hospital Chapinero Empresa Social del Estado así:

1. DESPACHO DEL GERENTE

No de Empleos

Denominación del Empleo

Código

Grado

Asignación Básica

1

Gerente, Empresa Social del Estado

085

02

3,324,612

3

Asesor

105

01

2,418,653

1

Técnico Operativo

314

15

1,274,992

1

Secretario

440

16

920,247

1

Conductor

480

09

761,268

2. PLANTA GLOBAL

Nivel Directivo

No de Empleos

Denominación del Empleo

Código

Grado

Asignación Básica

2

Subgerente

090

05

2,676,846

2

Jefe de oficina Asesora

115

04

2,418,653

Nivel Profesional

3

Profesional Especializado

222

08

2,416,136

2

Profesional Especializado Area Salud

242

04

1,734,987

5

Profesional Universitario

219

18

1,756,212

1

Profesional Universitario

219

13

1,601,283

1

Profesional universitario

219

10

1,480,147

1

Profesional Universitario

219

08

1,370,366

1

Médico Especialista

213

02

1,596,151

2

Médico General

211

26

2,437,251

23

Médico General

211

8

1,370,366

4

Profesional Servicio Social Obligatorio

217

08

1,370,366

2

Odontólogo

214

25

2,093,072

19

Odontólogo

214

08

1,370,366

3

Profesional Universitario

219

17

1,707,014

1

Profesional Universitario

219

12

1,547,031

4

Profesional Universitario Area Salud

237

14

1,618,502

3

Profesional Servicio Social Obligatorio

217

02

1,134,043

7

Enfermero

243

19

1,775,000

1

Profesional Universitario Area Salud

237

12

1,547,031

Nivel Técnico

4

Técnico Operativo

314

12

1,158,974

2

Técnico Operativo

314

08

1,123,650

2

Técnico Operativo

314

04

1,081,964

8

Técnico Area Salud

323

05

1,092,293

1

Técnico Area Salud

323

02

978,004

1

Técnico Administrativo

367

02

978,004

1

Técnico Administrativo

367

03

1,016,510

Nivel Asistencial

24

Auxiliar Area Salud

412

17

937,730

1

Auxiliar Area Salud

412

18

947,202

4

Auxiliar Area Salud

412

05

716,809

3

Secretario

440

16

920,247

1

Secretario

440

13

831,688

3

Secretario

440

10

761,655

6

Auxiliar administrativo

407

16

920,247

1

Auxiliar Administrativo

407

13

831,688

2

Auxiliar administrativo

407

11

773,097

4

Auxiliar Administrativo

407

09

761,268

4

Auxiliar Area Salud

412

15

897,831

11

Auxiliar Area Salud

412

12

804,772

6

Auxiliar Area Salud

412

11

773,097

1

Auxiliar Area Salud

412

06

718,191

Trabajadores Oficiales

1

Operario de Servicios Generales . Aseadora

5150

IIIA

636,283

2

Auxiliar de Servicios Generales . Celador

5160

III A

636,283

5

Auxiliar de Servicios Generales . Conductor

5155

IV C

787,595

PARÁGRAFO. Los empleados que al momento del ajuste se encuentren prestando sus servicios en el Hospital Chapinero Empresa Social del Estado, deberán ser incorporados a los cargos de la planta de personal sin que se les exijan requisitos diferentes a los ya acreditados y solo requerirán de la firma del acta correspondiente, conforme lo establece el artículo 30 del Decreto 785 de 2005.

ARTÍCULO 3º: El Gerente del Hospital Chapinero E.S.E adoptará la Planta de Personal establecida en el presente Acuerdo.

ARTÍCULO 4º: El Gerente del Hospital Chapinero E.S.E, incorporara a los funcionarios, a los empleos de la planta global que se establece mediante el presente Acuerdo, en cumplimiento de sus funciones.

ARTÍCULO 5º: Los empleados que al momento del presente ajuste se encuentren prestando sus servicios en el Hospital Chapinero Empresa Social del Estado, conservarán sus derechos laborales.

ARTÍCULO 6º: El cumplimiento de las normas legales y presupuestales, para la ejecución del presente Acuerdo, son responsabilidad de la Administración del Hospital.

ARTÍCUO 7º:. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias

COMUNÍQUESE Y CUMPLASE

Dado en Bogotá, D C., a los 14 días de septiembre de 2005

ISAURO CABRERA VEGA

Presidente

JUNTA DIRECTIVA

Hospital Chapinero E.S.E.

GERMAN DE LA CRUZ ARRIETA VIOLET

Secretario

JUNTA DIRECTIVA

Hospital Chapinero E.S.E.