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Decreto 256 de 2026 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
02/07/2026
Fecha de Entrada en Vigencia:
02/07/2026
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 256 DE 2026

 

(Julio 02)

 

Por medio del cual se conceden unos permisos remunerados, un descanso compensatorio y se efectúa un encargo

 

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

 

En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el Decreto Ley No. 1421 de 1993, el Decreto No. 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto No. 648 de 2017 y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 38 del Decreto Ley No. 1421 de 1993, estableció las atribuciones del Alcalde Mayor de Bogotá, entre las cuales se encuentra: "3. Dirigir la acción administrativa y asegurar el cumplimiento de las funciones, la prestación de los servicios y la construcción de las obras a cargo del Distrito."

 

Que el artículo 3 de la Ley 403 de 1997, establece: "El ciudadano tendrá derecho a media jornada de descanso compensatorio remunerado por el tiempo que utilice para cumplir su función como elector."

 

Que el Articulo 2.2.5.5.17 del Decreto No. 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto No. 648 de 2017, estipula: "El empleado puede solicitar por escrito permiso remunerado hasta por tres (3) días hábiles cuando medie justa causa. Corresponde al nominador o a su delegado la facultad de autorizar o negar los permisos".

 

Que la Secretaria Distrital de Salud, mediante Resolución No. 1272 de 2017, "Por la cual se concede un (1) día hábil de permiso remunerado por cumpleaños a los empleados públicos de la Secretaria Distrital de Salud" estableció en su artículo 1 lo siguiente:

 

"ARTICULO PRIMERO: Conceder a partir del 27 de junio, fecha de suscripción del Acuerdo Laboral 2017, un (1) dia hábil de permiso remunerado por la fecha de cumpleaños, a los empleados públicos de la planta de personal de la Secretaria Distrital de Salud."

 

Que, mediante comunicaciones radicadas con Nos. 1-2026-26230 del 23 de junio de 2026, 1-2026-26734 y 1-2026-26749 del 25 de junio de 2026 y alcance efectuado a través de correo electrónico del 1 de julio de 2026, la Secretaria Distrital de Salud, solicitó le sea concedido al servidor público GERSON ORLANDO BERMONT GALAVIS, identificado con la cédula de ciudadanía No. 79.451.376, Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09 de la Secretaría Distrital de Salud, permiso remunerado por medio día el 3 de julio de 2026, media jornada de descanso compensatorio remunerado por haber ejercido el derecho al voto en las Elecciones de Presidente y Vicepresidente de la República de Segunda Vuelta 2026-2030, por medio día del 3 de julio de 2026, así como, el disfrute del día de permiso remunerado por cumpleaños por el día 6 de julio de 2026 y a su vez, se realice el respectivo encargo.

 

Que el artículo 24 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 1º de la Ley 1960 de 2019 establece: "(...) Los cargos de libre nombramiento y remoción, en caso de vacancia temporal o definitiva, podrán ser provistos a través del encargo de empleados de carrera o de libre nombramiento y remoción, que cumplan los requisitos y el perfil para su desempeño (...)".

 

Que, de acuerdo con lo expuesto, se hace necesario efectuar el encargo de las funciones del empleo de Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09 de la Secretara Distrital de Salud, para garantizar la continua prestación de los servicios que ese Despacho tiene a su cargo.

 

Que, la Directora de Talento Humano (E) de la Secretaria Distrital de Salud, Diana Marcela Bernal Pérez, certificó que el servidor público JUAN GUILLERMO CORREA GARCÍA, identificado con la cédula de ciudadanía No. 75.102.272, Subsecretario de Despacho, Código 045, Grado 08 de la Subsecretaría de Corporativa, de la misma Secretaria, cumple con los requisitos para ejercer en encargo las funciones del empleo de Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09 de la Secretaria Distrital de Salud.

 

En mérito de lo expuesto,

 

DECRETA:

 

Artículo 1º-: Conceder permiso remunerado por la jornada de la mañana del día el 3 de julio de 2026, al servidor público GERSON ORLANDO BERMONT GALAVIS, identificado con la cédula de ciudadanía No. 79.451.376, Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09 de la Secretaria Distrital de Salud.

 

Artículo 2º-: Conceder la jornada de la tarde de descanso compensatorio remunerado por haber ejercido el derecho al voto en las Elecciones de Presidente y Vicepresidente de la República en Segunda Vuelta 2026-2030, por el 3 de julio de 2026, al servidor público GERSON ORLANDO BERMONT GALAVIS, Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09 de la Secretaría Distrital de Salud.

 

Artículo 3º-: Conceder el disfrute del día de permiso remunerado por cumpleaños por el día 6 de julio de 2026, al servidor público GERSON ORLANDO BERMONT GALAVIS, Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09 de la Secretaría Distrital de Salud.

 

Artículo 4º-: Encargar por los días 3 y 6 de julio de 2026, al servidor público JUAN GUILLERMO CORREA GARCÍA, identificado con la cédula de ciudadanía No.79.102.272, Subsecretario de Despacho, Código 045, Grado 08 de la Subsecretaría Corporativa de la Secretaria Distrital Salud, de las funciones del empleo de Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09 de la misma Secretaria.

 

Artículo 5º-: Comunicar el contenido del presente Decreto a los servidores públicos GERSON ORLANDO BERMONT GALAVIS y JUAN GUILLERMO CORREA GARCÍA, a la Secretaria Distrital de Salud, al Despacho del Secretario Jurídico Distrital y a la Dirección de Talento Humano de la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., lo que se realizará a través de la Subdirección de Gestión Documental de esta última Secretaria.

 

Parágrafo: Para los efectos del presente artículo y con el fin de facilitar las comunicaciones a cargo de la Subdirección de Gestión Documental de la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., a continuación, se relacionan los correos electrónicos de los servidores públicos de que trata el presente acto administrativo

 

 

Artículo 6º-: El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

 

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 02 días del mes de julio del año 2026.

 

CARLOS FERNANDO GALÁN PACHÓN

 

Alcalde Mayor

 

NOTA: Ver norma original en Anexos.