| Cargando el Contenido del Documento | |
| Por favor espere... |
|
RESOLUCIÓN 247 DE 2026
(Junio 24)
Por la cual se establece el Defensor de la Ciudadanía en el Instituto Distrital de Turismo - IDT
LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO
En ejercicio de sus facultades legales y en especial las que le confiere el literal e, artículo 5 del Acuerdo 275 de 2007 del Concejo de Bogotá y el artículo 261 del Decreto Único Sectorial 640 de 2025 y,
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto Único Sectorial 640 de 2025 el Alcalde Mayor en virtud de las funciones contenidas en el numeral 3 del artículo 38 y el artículo 39 del Decreto Ley 1421 de 1993, establece y unifica lineamientos en materia de servicio a la ciudadanía y de implementación de la Política Pública Distrital de Servicio a la Ciudadanía, actualizando algunas definiciones relacionadas con el servicio a la ciudadanía y fortaleciendo la figura del Defensor de la Ciudadanía en las entidades y organismos del Distrito Capital.
Que el artículo 261 del Decreto Único Sectorial 640 de 2025 dispone que en todas las entidades y organismos del Distrito se deberá implementar la figura del Defensor de la Ciudadanía, a través de la designación de un servidor público del más alto nivel dentro de la estructura jerárquica de la entidad perteneciente a un área misional o estratégica, realizada por el representante legal y, se entenderá servidor público del más alto nivel aquel que ocupe un cargo directivo o asesor.
Que el artículo 262 del Decreto Único Sectorial 640 de 2025, indica que son funciones del Defensor de la Ciudadanía, las de: 1. Velar porque la entidad cumpla con las disposiciones normativas referentes al servicio a la ciudadanía. 2. Formular recomendaciones al Representante Legal de la entidad para facilitar la interacción entre la entidad y la ciudadanía, contribuyendo a fortalecer la confianza en la administración. 3. Analizar el consolidado de las peticiones que presente la ciudadanía sobre la prestación de trámites y servicios, con base en el informe que sobre el particular elabore la Oficina de Servicio a la Ciudadanía o quien haga sus veces, e identificar las problemáticas que deban ser resueltas por la entidad. 4. Diseñar e implementar estrategias de promoción de derechos y deberes de la ciudadanía, así como de los canales de interacción con la administración distrital disponibles, dirigidos a servidores públicos y ciudadanía en general. 5. Promover la utilización de diferentes canales de servicio a la ciudadanía, su integración y la utilización de Tecnologías de Información y Comunicaciones para mejorar la experiencia de los ciudadanos. 6. Elaborar y presentar los informes relacionados con las funciones del Defensor de la Ciudadanía que requiera la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., y la Veeduría Distrital. 7. Las demás que se requieran para el ejercicio eficiente de las funciones asignadas.
Que la Resolución No. 264 de 2022 Manual Específico de Funciones v Competencias Laborales para los Empleos de Planta de Personal del Instituto Distrital de Turismo IDT, establece para el empleo denominado: Jefe de oficina Asesora de Comunicaciones, la función de "Ejercer el rol como defensor/a de la ciudadanía del IDT en cumplimiento de los lineamientos dados por la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá". En consecuencia, se debe proceder a la asignación conforme el manual de funciones señalado.
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1. El Defensor de la Ciudadanía del Instituto Distrital de Turismo IDT lo ejercerá el servidor que desempeña las funciones del cargo de Jefe de oficina Asesora de Comunicaciones, conforme lo establece el Manual de Funciones de la entidad.
Artículo 2. FUNCIONES. Las funciones del Defensor de la Ciudadanía del Instituto Distrital de Turismo IDT, se encuentran establecidas en el artículo 262 del Decreto Único Sectorial 640 de 2025 o la norma que la modifique, adicione o sustituya, así como, los lineamientos impartidos para el cumplimiento de las funciones en el Manual Operativo del Defensor elaborado por la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá.
Artículo 3. COMUNÍQUESE la presente Resolución al Jefe de oficina Asesora de Comunicaciones, quien cuenta con la función de ejercer el rol de Defensor de la Ciudadanía de la Entidad y a la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.
Artículo 4. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las normas que le sean contrarias.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en la ciudad de Bogotá, D. C., a los 24 días del mes de junio del año 2026.
ÁNGELA GARZÓN CAICEDO
Directora General
Nota: Ver norma original en Anexos. |