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ACUERDO 25 DE 2005 (Septiembre 14) por el cual se modifica la planta semiglobal de Personal de la Empresa Social del Estado San Cristóbal I Nivel LA JUNTA DIRECTIVA DE LA EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO SAN CRISTÓBAL I NIVEL En uso de sus facultades legales y estatutarias en especial a las conferidas en el Artículo 12 del Acuerdo 17 de 1997 CONSIDERANDO: Que mediante Acuerdo 14 del 26 de diciembre de 2001, se modificó la Planta Global de Personal de la Empresa Social del Estado San Cristóbal I nivel. Que de acuerdo al Estudio realizado por la Empresa Social del Estado San Cristóbal I Nivel se requiere modificar la Planta de Personal Global del Hospital. Que mediante Oficio DIR-3921 de fecha 13 de septiembre de 2005, el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, emitió concepto favorable a la propuesta de adecuación de la Planta de Personal de la Empresa Social del Estado San Cristóbal I Nivel. Que la Gerencia presentó ante la Junta Directiva, la documentación necesaria para la modificación de la Planta Global de Personal de la Empresa, de acuerdo a las normas legales vigentes y a las demás instrucciones impartidas por las instancias competentes. Que con base en el concepto técnico expedido, la Junta Directiva de la E.S.E., considera que es procedente aprobar la modificación de la Planta Global de Personal de la Empresa Social del Estado San Cristóbal I nivel. Que en mérito de lo expuesto, ACUERDA ARTICULO PRIMERO.- Suprimir a partir de la vigencia del presente Acuerdo los siguientes cargos de la Planta Semiglobal de Personal de la Empresa Social del Estado San Cristóbal I Nivel.
TRABAJADORES OFICIALES
ARTICULO SEGUNDO.- Crear en la Planta Semiglobal de Personal de la Empresa Social del Estado San Cristóbal I Nivel los siguientes cargos:
ARTICULO TERCERO.- Adicionar a la Planta Semiglobal de Personal de la Empresa Social del Estado San Cristóbal los siguientes cargos:
ARTÍCULO CUARTO.- EL Gerente de la Empresa Social del Estado, adoptará la Modificación de la Planta semiglobal conforme a lo dispuesto en el presente Acuerdo, y realizará la distribución de los empleos, en las diferentes dependencias, de acuerdo a las necesidades, planes, programas y proyectos de la Institución.ARTÍCULO QUINTO.- El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su aprobación y modifica en lo pertinente al acuerdo 14 de 2001. COMUNÍQUESE Y CUMPLASE, Dado en Bogotá D.C. a los 14 días del mes de septiembre de 2005
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