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Circular Externa 013 de 2026 Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital - DASCD

Fecha de Expedición:
16/04/2026
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

CIRCULAR EXTERNA 013 DE 2026

 

(Abril 16)

 

PARA: SECRETARIOS (AS) DE DESPACHO, DIRECTORES (AS) DE DEPARTAMENTOS ADMINISTRATIVOS, GERENTES, PRESIDENTES (AS) Y DIRECTORES (AS) DE ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS, UNIDADES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES, AGENCIA DISTRITAL PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR, LA CIENCIA Y LA TECNOLOGÍA -ATENEA, PRESIDENTE CONCEJO DE BOGOTÁ, VEEDORA DISTRITAL, CONTRALOR DE BOGOTÁ Y PERSONERO DE BOGOTÁ, GERENTES DE LAS SUBREDES INTEGRADAS DE SERVICIOS DE SALUD Y, JEFES O RESPONSABLES DE TALENTO HUMANO.

 

DE: DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DEL SERVICIO CIVIL DISTRITAL - DASCD.

 

ASUNTO: Criterios de provisión de empleos de carrera administrativa general y remisión del plan anual de previsión de recursos humanos, en el marco del plan de formalización laboral distrital - PFLD 2024 - 2027.

 

FECHA: 16 DE ABRIL DE 2026

 

PFLB 2024-2027 En el marco del Plan de Formalización Laboral de Bogotá D.C. "Formalizar para Servir: La Ciudadanía Primero", formulado en cumplimiento del Plan de Desarrollo 2024-2027 "Bogotá Camina Segura", estableció como medida estratégica para fortalecer la capacidad institucional del Distrito, optimizar la provisión de vacantes y reducir progresivamente los contratos de prestación de servicios en funciones permanentes.

 

EI PFLB orienta la acción institucional hacia tres prioridades estratégicas:

 

-. Fortalecer la capacidad operativa del Distrito, garantizando la provisión oportuna y técnica de los empleos requeridos.

 

-. Asegurar el cumplimiento normativo y la coherencia con los fines del Estado, promoviendo decisiones responsables y sostenibles en materia de talento humano.

 

-. Elevar la calidad del servicio público, mediante condiciones laborales adecuadas y una gestión administrativa transparente y eficiente.

 

En este contexto, mediante la Circular 010 de 2025[1] se establecieron los criterios generales de provisión de empleos de carrera administrativa, con la Circular 003 de 2026, se impartieron lineamientos específicos sobre estabilidad laboral reforzada y acciones afirmativas, aplicables a la provisión definitiva de empleos en el marco de la Convocatoria Distrito 6.

 

La presente circular tiene como propósito complementar y reiterar la importancia de realizar de manera oportuna provisión, tanto en sus modalidades definitivas como transitorias, como una condición necesaria para el fortalecimiento institucional del Distrito, en consonancia con las necesidades de las entidades.

 

1. LA OPORTUNIDAD COMO PRINCIPIO DE LA PROVISIÓN DE EMPLEOS

 

La oportunidad en la provisión de los empleos públicos no debe entenderse únicamente como una actuación administrativa puntual, sino como un proceso de planeación continua, que inicia con la identificación de las vacantes que realizan las entidades en el momento de la construcción de los planes estratégicos de talento humano[2] y culmina con la adopción de la forma de provisión más adecuada conforme al marco normativo vigente y las necesidades de cada entidad y organismo del Distrito.

 

La provisión oportuna de los empleos permite a las entidades:

 

-. Garantizar la continuidad del servicio público.

 

-. Aplicar de manera efectiva el principio del mérito.

 

-. Contribuir al cumplimiento de las metas del Plan de Formalización Laboral Distrital.

 

En consecuencia, la gestión de las vacantes debe concebirse como un ejercicio anticipado y estratégico, que contribuya a una mejor gestión del talento humano.

 

2. ORIENTACIONES PARA LA PROVISIÓN DEFINITIVA

 

De conformidad con el artículo 125 de la Constitución Política, la provisión definitiva de los empleos de carrera administrativa se rige por el principio del mérito, materializado principalmente a través del concurso público.

 

En este sentido, se recuerda a las entidades que, conforme a lo desarrollado en la Circular 10 de 2025, la provisión definitiva debe realizarse respetando el orden de prelación previsto en el artículo 2.2.5.3.2 del Decreto 1083 de 2015, dando prioridad a:

 

-. El uso de listas de elegibles vigentes, en estricto orden de mérito.


-. La adopción de figuras como la reubicación o el traslado, cuando sean jurídicamente procedentes.

 

-. La adecuada articulación con los procesos de selección adelantados por la CNSC, especialmente aquellos derivados de la Convocatoria Distrito 6.

 

Así mismo, se recuerda que toda actuación asociada a la provisión definitiva debe armonizarse con los lineamientos sobre estabilidad laboral reforzada y acciones afirmativas, desarrollados en la Circular 003 de 2026, garantizando decisiones graduales, motivadas y respetuosas de los derechos fundamentales.

 

3. ORIENTACIONES PARA LA PROVISIÓN TRANSITORIA

 

Mientras se surte la provisión definitiva, las entidades podrán acudir a mecanismos de provisión transitoria, que permiten a las entidades cubrir las necesidades que se presenten por diferentes causales de retiro o por que se presente una situación administrativa.

 

3.1 El encargo como primera opción

 

El encargo constituye un derecho preferencial de los servidores de carrera administrativa, y debe ser siempre la primera alternativa a evaluar para la provisión transitoria de vacantes, conforme a lo señalado en la Circular 010 de 2025.

 

Su correcta aplicación fortalece la carrera administrativa y promueve procesos de movilidad interna basados en mérito y experiencia.

 

Se anexa a la presente circular una infografía donde se estableces algunos puntos clave para realizar los procesos de encargos.

 

3.2 El nombramiento en provisionalidad

 

El nombramiento en provisionalidad procede únicamente cuando no sea posible la provisión mediante encargo y debe limitarse estrictamente al tiempo necesario pага garantizar la continuidad del servicio.

 

Tal como se ha reiterado en las circulares vigentes, esta figura no tiene vocación de permanencia y debe coexistir con una planificación clara de la provisión definitiva.

 

De acuerdo con lo anterior, se invita a las entidades y organismos distritales a mantener una articulación de su provisión con el Plan de Previsión de Recursos Humanos que se haya planteado para la vigencia 2026, así como a realizar de manera oportuna el registro de los movimientos de planta en el SIDEAP para que sea el instrumento de seguimiento a las vacantes y su provisión.

 

El Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital continuará brindando acompañamiento técnico a las entidades, con el propósito de consolidar una gestión del empleo público planificada, transparente y centrada en el mérito, en armonía con los lineamientos ya impartidos mediante las circulares vigentes.

 

4. INFORMACIÓN ACERCA DE LA PROVISIÓN DE LOS EMPLEOS EN EL DISTRITO

 

A partir de la información establecida por las entidades y organismos distritales en cada anualidad, se insta a remitir al Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital el Plan de Previsión de Recursos Humanos para la vigencia 2026.

 

Esta información debe ser remitida al correo contacto@serviciocivil.gov.co a más tardar el 30 de abril de 2026 para ser consolidada y facilitar así el seguimiento a las metas allí establecidas.

 

Cordialmente,

 

LAURA VICTORIA VILLA ESCOBAR

 

Directora del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital

 

NOTA: Ver norma original en Anexos. 



[1] https://serviciocivil.gov.co/sites/default/files/2025- 04/CircularProvisionEmpleos_VF%20%281%29%20%281%29.pdf

[2] El artículo 1 del Decreto 612 de 2018 que modificó el artículo 2.2.22.3.14 del Decreto 1083 de 2015, establece la obligación de realizar y publicar a más tardar el 31 de enero de cada año: “(…) 3. Plan Anual de Vacantes; 4. Plan de Previsión de Recursos Humanos (…)”, consultar la Circular Externa 24 del 28 de noviembre de 2025 expedida por este Departamento. file:///C:/Users/gsilva/OneDrive%20- %20Departamento%20Administrativo%20Servicio%20Civil%20Distrital%20- %20DASCD/2026/Plan%20de%20formalizaci%C3%B3n%20laboral/20251128_Circular_Externa_TH_2026_VF _1%20(1).pdf