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RESOLUCIÓN 700 DE 2026
(Julio 10)
Por medio de la cual se modifica el artículo primero de la resolución No. 671 del 06 de Julio de 2026, a efectos de corregir el número de cédula de la beneficiaria Doris Rodríguez Pineda, participante en el Laboratorio de transformaciones culturales para la paz
LA SUBSECRETARÍA DE GOBERNANZA DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE CULTURA, RECREACIÓN Y DEPORTE
En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el artículo 90 del Acuerdo Distrital 257 de 2006, el Decreto Único del Sector Cultura, Recreación y Deporte No. 649 de 22 de diciembre de 2025, la Resolución No. 720 del 23 de septiembre de 2021, modificada por la Resolución No. 430 del 2 de julio de 2024 y,
CONSIDERANDO
Que mediante Resolución No. 435 del 15 de mayo de 2026 "Por medio de la cual se ordena la apertura de los Laboratorios de transformaciones culturales para la paz, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte", se dispuso que los requisitos y condiciones de participación en los “Laboratorios de transformaciones culturales para la paz” se encuentran establecidos en los documentos denominados “Condiciones de Participación” y en la “Guía Operativa de Laboratorios de Oportunidades Culturales”.
Que el 26 de junio de 2026, bajo radicado o 20262100387923, el Comité Validador suscribió el acta de concertación del Hito Cultural, “Memorias que transforman: trasmallo de paz, cultura y saberes”, que surge dentro de la estrategia de Barrios Vivos denominada “Laboratorios de Transformación Cultural para la Paz”, el cual, recomendó las personas beneficiarias del hito cultural.
Que mediante la resolución 671 de 06 de julio de 2026, se acogió la recomendación del Comité́ Validador para seleccionar a las personas beneficiarias del Hito Cultural, “Memorias que transforman: trasmallo de paz, cultura y saberes”
Que el 8 de julio de 2026, el Comité Validador, mediante el Acta de Concertación de Hito Cultural con radicado No. 20262100397703, modificó el Acta de Concertación de Hito Cultural identificada con radicado No. 20262100387923, con el fin de corregir un error de digitación en el número de cédula de ciudadanía de la beneficiaria Doris Rodríguez Pineda. En la resolución se registró el número de cédula No. 51.851.204; sin embargo, el número correcto de identificación corresponde al No. 51.858.204.
Que en virtud de lo establecido en el artículo 45 de la Ley 1437 de 2011 - Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, el cual indica que: “Corrección de errores formales. En cualquier tiempo, de oficio o a petición de parte, se podrán corregir los errores simplemente formales contenidos en los actos administrativos, ya sean aritméticos, de digitación, de transcripción o de omisión de palabras.” y al tratarse de un error de carácter formal que no altera el contenido sustancial del acto administrativo original, se procede a su corrección mediante el presente acto administrativo modificatorio.
Que en atención a lo expuesto, se hace necesario modificar el artículo primero de la Resolución No. 671 de 06 de julio de 2026, “Por medio de la cual se acoge la recomendación del Comité Validador para seleccionar a las personas beneficiarias de los componentes descritos para los Laboratorios de transformaciones culturales para la paz de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, se ordena el desembolso de los incentivos económicos y se dictan otras disposiciones”, con el fin de corregir el número de cédula de la beneficiaria Doris Rodríguez Pineda, correspondiente al No. 51.858.204.
Que la modificación a la Resolución No. 671 de 06 de julio de 2026, no afecta el desarrollo y los términos establecidos para el Hito Cultural de la localidad de San Cristóbal, “Memorias que transforman: trasmallo de paz, cultura y saberes”
En mérito de lo expuesto;
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO: Modificar el artículo primero de la resolución No. 671 de 06 de julio de 2026, a efectos de corregir el número de cédula de la beneficiaria Doris Rodríguez Pineda, participante en el Laboratorio de transformaciones culturales para la paz, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva del presente acto administrativo, el cual quedará de la siguiente manera:
“ARTÍCULO QUINTO: Acoger la recomendación efectuada por el Comité Validador para seleccionar a las personas beneficiarias de los componentes descritos para los Laboratorios de transformaciones culturales para la paz, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva del presente acto administrativo, y en consecuencia otorgar el incentivo económico, como se indica a continuación:
(…)”
ARTÍCULO SEGUNDO: Notificar por la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 66, 67 y 69 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo - CPACA-, el contenido del presente acto administrativo al beneficiaria Doris Rodriguez Pineda a través del correo electrónico registrado y autorizado para tal fin.
ARTÍCULO TERCERO: Comunicar por la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano, el contenido de la presente resolución a la Dirección de Asuntos Locales y Participación, y al Grupo Interno de Trabajo de Gestión Financiera de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte, a través de la herramienta Orfeo, para lo de su competencia.
ARTÍCULO CUARTO: Publicar por la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano, en la página web de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.
ARTÍCULO QUINTO: Las demás disposiciones de la resolución No. 671 de 06 de julio de 2026 no modificadas en el presente acto continúan surtiendo los efectos inicialmente establecidos.
ARTÍCULO SEXTO: La presente resolución rige a partir de su expedición y contra ella no procede recurso alguno conforme a lo dispuesto en el artículo 75 de la Ley 1437 de 2011.
NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en la ciudad de Bogotá, D.C., a los 10 días del mes de julio del año 2026.
ANA MARÍA BOADA AYALA
Subsecretaria de Gobernanza
Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte
Nota: Ver norma original en Anexos. |