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Acuerdo 004 de 2026 Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital - UAECD - Consejo Directivo

Fecha de Expedición:
29/07/2026
Fecha de Entrada en Vigencia:
05/08/2026
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 8634 del 05 de agosto del 2026.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 004 DE 2026

 

(Julio 29)

 

Por el cual se autoriza a la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital para presentar ante el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal - CONFIS Distrital la solicitud de autorización de vigencias futuras ordinarias para gastos de funcionamiento e inversión

 

El CONSEJO DIRECTIVO DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE CATASTRO DISTRITAL

 

En ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por el numeral 4 del artículo 11 del Acuerdo 004 de 2021, expedido por el Consejo Directivo de la Unidad, y

 

CONSIDERANDO QUE:

 

El artículo 2 del Acuerdo 004 de 2021, mediante el cual se determinan las reglas de organización y funcionamiento de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, dispone que la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital es un establecimiento público del orden distrital.

 

El numeral 4 del artículo 11 del mismo Acuerdo establece como función del Consejo Directivo aprobar anualmente los planes, programas y proyectos, así como el presupuesto de la entidad y sus modificaciones, de conformidad con la normativa distrital vigente.

 

El artículo 118 del Decreto Distrital 645 de 2025, mediante el cual se expide el Decreto Único del Sector Hacienda, dispone que, en el Distrito Capital, las autorizaciones para comprometer vigencias futuras ordinarias se regulan por el artículo 143A del Decreto Ley 1421 de 1993, adicionado por el artículo 14 de la Ley 2116 de 2021. De conformidad con esta disposición, la autorización de vigencias futuras ordinarias requiere, como mínimo, apropiación del quince por ciento (15%) en la vigencia fiscal en la que sean autorizadas y, tratándose de proyectos de inversión, concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Planeación.

 

El artículo 273 del Acuerdo Distrital 927 de 2024, mediante el cual se adopta el Plan de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas del Distrito Capital 2024 - 2027 “Bogotá Camina Segura”, prevé la utilización de vigencias futuras para asumir compromisos con cargo a presupuestos de vigencias fiscales posteriores destinados a gastos de funcionamiento, operación o inversión de las entidades y organismos distritales, con el propósito de contribuir a la eficiencia del gasto público y a la observancia de los principios que rigen la gestión contractual.

 

La Gerencia de Tecnología identificó la necesidad de garantizar la continuidad del licenciamiento y soporte de los productos ArcGIS – ELA utilizadas por la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, indispensables para el desarrollo de las actividades asociadas a la gestión catastral y al cumplimiento de sus funciones institucionales.

 

La Gerencia de Gestión Corporativa y la Oficina Asesora de Planeación y Aseguramiento de Procesos presentan la solicitud de autorización previa para el trámite de vigencias futuras ordinarias correspondiente al proceso denominado "Adquisición de licenciamiento y soporte para los productos ArcGIS - ELA para la UAECD", a cargo de la Gerencia de Tecnología.

 

El presupuesto oficial del proceso asciende a la suma de dos mil seiscientos cuarenta y ocho millones doscientos cincuenta mil pesos moneda corriente ($2.648.250.000), de los cuales se solicita autorización de vigencia futura para la vigencia fiscal 2027 por valor de dos mil ciento sesenta y tres millones setecientos dieciocho mil pesos moneda corriente ($2.163.718.000), en pesos corrientes, equivalentes a dos mil setenta y cinco millones quinientos ocho mil ochocientos setenta y tres pesos ($2.075.508.873), en pesos constantes, conforme al detalle que hace parte integral del presente Acuerdo.

 

A continuación, se presenta la distribución detallada del presupuesto y del valor solicitado como vigencia futura ordinaria:

 

Vigencias Futuras a Precios Constantes

Proceso contractual

Nombre rubro

Fuente

Presupuesto 2026

Vigencia futura 2027

Total, vigencia futura

Total, contrato

Adquisición de licenciamiento y soporte para los productos ArcGIS - ELA para la UAECD.

Funcionamiento O21202020070373311
Derechos de uso de programas informáticos

1-100-F001 - VA- Recursos distrito

31.348.565

          184.665.707

          184.665.707

216.014.272

Inversión
O230117040620240065
Optimización de la gestión catastral mediante la interoperabilidad, automatización de actividades y captura oportuna de cambios en los predios de la ciudad de Bogotá D.C

     72.667.800

          464.702.158

          464.702.158

537.369.958

Inversión
O230117040620240063
Fortalecimiento de la infraestructura de datos espaciales para facilitar la producción, integración, explotación de información geográfica y catastral para potenciar la toma de decisiones en Bogotá

     75.998.250

          486.000.000

          486.000.000

561.998.250

Inversión
O230117459920240001
Fortalecimiento tecnológico e institucional
orientado a la mejora en la prestación de los servicios a la ciudadanía en Bogotá D.C

 238.057.935

          515.140.528

          515.140.528

   753.198.463

Inversión
O230117040620240068
Fortalecimiento del acceso y cobertura de los servicios y trámites digitales de la UAECD en Bogotá D.C.

     66.459.450

          425.000.480

          425.000.480

491.459.930

Total, presupuesto de funcionamiento e inversión

 484.532.000

       2.075.508.873

       2.075.508.873

2.560.040.873

 

La certificación expedida por el responsable del presupuesto de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital el quince (15) de julio de 2026 acredita que la entidad cuenta, para la vigencia fiscal 2026, con la apropiación presupuestal mínima del quince por ciento (15%) requerida para la solicitud de vigencias futuras ordinarias.

 

Mediante comunicación radicada en la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital con el No. 2026ER15650 del dieciocho (18) de julio de 2026, la Secretaría Distrital de Planeación emitió concepto previo favorable respecto de la solicitud de vigencias futuras ordinarias para gastos de inversión.

 

En sesión extraordinaria del 29 de julio de 2026, según consta en el Acta No. 03 de la misma fecha, el Consejo Directivo de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital autorizó la presentación de la solicitud de vigencias futuras ordinarias ante el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal - CONFIS Distrital, para asumir compromisos con cargo al presupuesto de la vigencia fiscal 2027.

 

En mérito de lo expuesto,

 

ACUERDAN:

 

Artículo 1°. Autorización. Autorizar a la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital para presentar ante el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal - CONFIS Distrital la solicitud de vigencias futuras ordinarias para gastos de funcionamiento e inversión, por valor de dos mil ciento sesenta y tres millones setecientos dieciocho mil pesos moneda corriente ($2.163.718.000), en pesos corrientes, y de dos mil setenta y cinco millones quinientos ocho mil ochocientos setenta y tres pesos ($2.075.508.873), en pesos constantes, con cargo al presupuesto de la vigencia fiscal 2027, conforme al siguiente detalle:


TIPO DE GASTO

FUENTE

PRESUPUESTO 2026

VIGENCIA FUTURA 2027

Pesos Corrientes

Pesos Constantes

Funcionamiento

1-100-F001 - VA- Recursos distrito

31.348.565

192.514.000

184.665.707

Inversión

453.183.435

1.971.204.000

1.890.843.166

TOTALES

484.532.000

2.163.718.000

2.075.508.873


Artículo 2°. Comunicaciones. Comuníquese el presente Acuerdo a las Secretarías Distritales de Planeación y de Hacienda, y al Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal - CONFIS Distrital, para lo de su competencia.

 

Artículo 3°. Publicación. Ordenar la publicación del presente Acuerdo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011.

 

Artículo 4°. Vigencia. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en la ciudad de Bogotá, D.C., a los 29 días del mes de julio del año 2026.

 

ANA MARÍA CADENA RUIZ

 

Presidenta Consejo Directivo

 

LUZ ELENA RODRIGUEZ QUIMBAYO

 

Secretaria Consejo Directivo (E)

 

Nota: Ver norma original en Anexos.