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POLÍTICA DE PREVENCIÓN DEL DAÑO ANTIJURÍDICO
(Mayo 29) TABLA DE CONTENIDO
1.
OBJETIVO.
1.1.
Objetivos Específicos.
2.
CONDICIONES GENERALES
2.1.
Diagnóstico Jurídico Institucional.
2.2.
De los Riesgos Asociados
2.2.1.
Matriz de Causas y Riesgos Identificados:
2.3.
Valoración anual de la necesidad de la actualización
3.
GLOSARIO
4.
DESCRIPCIÓN O CONTEXTO DEL DOCUMENTO.
4.1.
Presentación Institucional
4.2.
Definición de Daño Antijurídico.
4.3.
Responsabilidad del Estado.
4.4.
Principios Rectores.
4.5.
Marco Normativo
4.6.
METODOLOGÍA PARA LA PREVENCIÓN DEL DAÑO ANTIJURÍDICO
4.6.1.
Fase 1. Identificación y Priorización de Riesgos Jurídicos
4.6.2.
Fase 2. Análisis Causal
4.6.3.
Fase 3. Formulación e Implementación de Medidas Preventivas.
4.6.4.
Fase 4. Herramientas de Seguimiento y Control.
4.6.5.
Fase 5. Evaluación y Mejora Continua
4.6.5.1.
Matriz Metodológica del Ciclo de Prevención.
4.7.
ROLES Y RESPONSABILIDADES INSTITUCIONALES
4.7.1.
Dirección General del IDIPRON
4.7.2.
Comité de Conciliación
4.7.3.
Oficina Jurídica
4.7.4.
Oficina Asesora de Planeación (OAP)
4.7.5.
Subdirecciones Misionales
4.7.6.
Gerencias Administrativa y Financiera
4.7.7.
Oficina de Control Interno
7.7.8.
Todos los Servidores Públicos
4.8.1.
Formulación
4.8.2.
Aprobación
4.8.3.
Difusión
4.9.
PLAN DE ACCIÓN DEL DAÑO ANTIJURÍDICO.
4.9.1.
Tabla Comparativa del Impacto Fiscal por Sentencias Ejecutoriadas
4.9.2.
Estructura del Plan de Acción
4.10.
MECANISMO DE SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN.
4.10.1.
Seguimiento y Evaluación.
4.10.2.
Matriz de Evaluación Periódica
4.10.3.
Sesión
4.10.4.
Revisión de la Política
4.11.
CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES FINALES
4.11.1.
Conclusiones
4.11.2.
Recomendaciones Finales.
5.
CONTROL DE CAMBIOS.
6.
REVISION Y APROBACION.
1. OBJETIVO
Establecer lineamientos conceptuales, normativos, metodológicos y operativos que orienten la formulación, implementación, seguimiento y mejora continua de estrategias institucionales para la prevención del daño antijurídico en el Instituto Distrital para la Protección de la Niñez y la Juventud IDIPRON, con el fin de fortalecer la legalidad, la eficiencia administrativa, la protección del patrimonio público y la garantía de los derechos de los beneficiarios, funcionarios y terceros relacionados con su gestión.
1.1. Objetivos Específicos
-. Fortalecer la cultura de la legalidad y la responsabilidad institucional mediante la sensibilización y formación permanente de los servidores públicos en temas de prevención del daño antijurídico, gestión del riesgo jurídico y función pública transparente.
-. Identificar, clasificar y priorizar los riesgos jurídicos por Dirección General, Secretaria General, Oficinas, Subdirecciones, Gerencias o procesos del IDIPRON a través del análisis de antecedentes litigiosos, evaluación de causas y subcausas, y caracterización de situaciones generadoras de conflicto.
-. Implementar mecanismos de análisis causal, seguimiento y control que permitan detectar tempranamente eventos con potencial de litigio, y adoptar medidas correctivas o preventivas antes de que se configuren daños patrimoniales o violaciones de derechos.
-. Consolidar el rol del Comité de Conciliación como instancia estratégica de análisis, toma de decisiones preventivas, evaluación de la gestión jurídica y construcción de políticas institucionales orientadas a reducir la litigiosidad.
-. Promover el uso eficaz de mecanismos alternativos de resolución de conflictos, en especial la conciliación extrajudicial en derecho, como herramienta de solución anticipada de controversias que permita evitar procesos judiciales innecesarios o costosos.
-. Articular la política institucional de prevención del daño antijurídico con el Modelo de Gestión Jurídica Pública Distrital y las políticas nacionales emitidas por la Procuraduría General de la Nación y la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado.
2. CONDICIONES GENERALES
Para la adecuada formulación, implementación y seguimiento de la Política de Prevención del Daño Antijurídico, el IDIPRON adopta como insumo fundamental el análisis estadístico y descriptivo de su comportamiento litigioso y de los eventos con incidencia jurídica. Este análisis comprende, como mínimo, la identificación del número y tipología de procesos judiciales y fiscales instaurados contra la entidad, el valor económico asociado a condenas, conciliaciones y fallos adversos, las dependencias donde se originaron con mayor frecuencia estos eventos, los hallazgos derivados de auditorías internas y externas, los indicadores de oportunidad en la atención de trámites y reclamaciones, y la reincidencia de conductas generadoras de riesgo. Estos elementos permiten establecer una línea base objetiva para la priorización de riesgos y la adopción de medidas preventivas eficaces.
2.1. Diagnóstico Jurídico-Institucional El Instituto Distrital para la Protección de la Niñez y la Juventud-IDIPRON, si bien o registra un volumen elevado de procesos judiciales en términos absolutos, el análisis de la información reportada en el Sistema de Información Jurídica Distrital - SIPROJ WEB evidencia la existencia de riesgos jurídicos recurrentes y de impacto patrimonial que justifican el fortalecimiento de la Política Institucional de Prevención del Daño Antijurídico; por tales razones la oficina jurídica del IDIPRON genera un cuadro de la cantidad de procesos judiciales por año.
El análisis de la información registrada en el Sistema de Información Jurídica Distrital - SIPROJ WEB permite identificar la existencia de diferentes tipologías de procesos judiciales asociados principalmente a controversias contractuales, acciones de nulidad y restablecimiento del derecho, procesos laborales ordinarios y acciones de reparación directa, entre otros. Dentro de estas tipologías se evidencia con especial relevancia la formulación de pretensiones orientadas a la declaratoria judicial de la existencia de contrato realidad, derivadas de relaciones contractuales suscritas bajo la modalidad de prestación de servicios, en las cuales se solicita al juez el reconocimiento de un vínculo laboral y el consecuente pago de acreencias laborales tales como salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones. Este tipo de reclamaciones constituye una de las principales fuentes de litigiosidad en la gestión pública, en la medida en que su eventual reconocimiento puede generar impactos patrimoniales para la entidad. Estas actuaciones reflejan, a su vez, la dinámica normal de interacción entre la administración pública y los particulares en el marco del ejercicio de la función administrativa, así como el acceso efectivo a la administración de justicia por parte de los ciudadanos.
En este sentido, resulta importante resaltar que la actual administración del IDIPRON ha fortalecido de manera significativa la gestión de la defensa jurídica institucional, promoviendo una actuación diligente, técnica y oportuna en la atención de los procesos judiciales en los que la entidad es parte. Este enfoque se traduce en el seguimiento permanente de los procesos, la articulación entre las dependencias involucradas en la producción de información probatoria y la adopción de estrategias de defensa orientadas a la protección del patrimonio público y la salvaguarda de la legalidad de las actuaciones administrativas.
De igual manera, la Oficina Jurídica ha consolidado mecanismos de monitoreo y análisis de la litigiosidad institucional a partir de la información reportada en los sistemas de información jurídica, lo cual permite identificar tendencias generales de los procesos, tipologías recurrentes y oportunidades de mejora en la gestión administrativa. Este ejercicio de análisis constituye un insumo fundamental para el fortalecimiento de la Política Institucional de Prevención del Daño Antijurídico, en la medida en que facilita la identificación de factores de riesgo y la formulación de medidas preventivas orientadas a mejorar la gestión institucional.
En consecuencia, la adopción y actualización de la presente Política Institucional de Prevención del Daño Antijurídico se fundamenta en la necesidad de consolidar un enfoque preventivo en la gestión pública del IDIPRON, promoviendo la articulación entre las diferentes dependencias de la entidad, el fortalecimiento de los controles internos y la incorporación de buenas prácticas administrativas y jurídicas que contribuyan a reducir la ocurrencia de litigios y a garantizar una defensa judicial efectiva del patrimonio público.
2.2. De los Riesgos Asociados
Respecto de los riesgos recurrentes por Secretaria general, Oficinas, Subdirecciones, Gerencias o procesos, se observa que el mayor volumen de exposición jurídica se concentra en tres núcleos funcionales: el proceso de contratación de talento humano y servicios (por su alta rotación y dependencia de la contratación por prestación de servicios), la gestión misional con beneficiarios (donde se presentan riesgos relacionados con el trato, la omisión en el deber de cuidado y la atención integral), y la gestión documental y archivo institucional (por la pérdida, omisión o ausencia de trazabilidad en documentos soporte de decisiones administrativas).
En cuanto a las principales causas y subcausas identificadas, los análisis efectuados por la Oficina Jurídica del Instituto, así como los insumos del Comité de Conciliación, han permitido establecer que las causas estructurales más comunes incluyen: deficiencias en el conocimiento normativo por parte de funcionarios responsables de la toma de decisiones, ausencia de protocolos claros para la prevención del riesgo legal, insuficiencia de mecanismos de seguimiento y control, debilidades en la supervisión contractual, y una limitada articulación entre las Gerencias y la Oficina jurídica. Las subcausas asociadas se relacionan con la falta de formación jurídica continua, rotación de personal, desactualización en los procedimientos, ausencia de mecanismos eficaces de retroalimentación entre los fallos judiciales y las medidas institucionales, y deficiente gestión del conocimiento organizacional.
Este diagnóstico evidencia la necesidad de institucionalizar la cultura de prevención del daño antijurídico como una estrategia transversal e integrada, que permita anticiparse a los conflictos jurídicos, mejorar la toma de decisiones y fortalecer el sistema de defensa judicial. La implementación de esta política no solo debe tener un enfoque reactivo frente a eventos de litigio, sino una visión preventiva, estratégica y pedagógica que transforme la forma en que se conciben y ejecutan las funciones públicas dentro del IDIPRON.
2.2.1. Matriz de Causas y Riesgos Identificados:
En atención a la información estadística y cualitativa analizada, el IDIPRON adopta un enfoque de priorización del riesgo jurídico basado en criterios de probabilidad de ocurrencia, impacto patrimonial y reincidencia. En este marco, los riesgos asociados al contrato realidad, la supervisión contractual y la expedición de actos administrativos sin revisión jurídica previa son clasificados como riesgos críticos, por su capacidad de generar contingencias fiscales relevantes. Este diagnóstico constituye la base técnica para la formulación de medidas preventivas diferenciadas, la asignación de responsabilidades institucionales y el fortalecimiento de los mecanismos de control y seguimiento.
Se hace necesario fortalecer el enfoque estratégico de gestión del riesgo jurídico mediante la adopción de criterios objetivos de priorización que permitan clasificar los riesgos identificados conforme a su probabilidad de ocurrencia, su impacto jurídico y su contingencia económica potencial. Este enfoque permitirá diferenciar aquellos riesgos de carácter crítico o estructural, cuya materialización puede generar mayores afectaciones patrimoniales, fiscales o reputaciones para la entidad.
De igual forma, se reconoce la necesidad de consolidar y mantener actualizada una línea base de litigiosidad institucional, sustentada en información cuantificada y verificable, que incorpore, como mínimo, el número de procesos activos e históricos, su tipología, el estado procesal, el costo de la litigiosidad y el valor asociado a condenas, conciliaciones y fallos adversos. Esta línea base constituye un insumo esencial para la toma de decisiones preventivas y para la evaluación periódica de la eficacia de las medidas adoptadas.
Adicionalmente, el fortalecimiento de la cultura probatoria institucional se consolida como un componente transversal de la prevención del daño antijurídico, entendida esta como la adecuada producción, conservación, organización y trazabilidad de los documentos soporte de las actuaciones administrativas. En este sentido, se deberán atender falencias recurrentes relacionadas con expedientes incompletos, archivos desorganizados o ausencia de evidencias que dificultan la defensa jurídica de la entidad.
Para concluir, el diagnóstico reconoce y distingue los mecanismos de control actualmente existentes en la entidad, aquellos que presentan un funcionamiento parcial y aquellos que requieren fortalecimiento o rediseño, con el propósito de promover una articulación efectiva entre las dependencias del Instituto y con las instancias distritales de gestión jurídica y control, en coherencia con el Modelo Integrado de Planeación y Gestión y el Modelo de Gestión Jurídica Pública del Distrito Capital.
En consecuencia, el diagnóstico jurídico-institucional del IDIPRON evidencia, a partir de información cuantificada proveniente del Sistema de Información Jurídica Distrital SIPROJ WEB, así como de los hallazgos, riesgos y recomendaciones contenidos en los informes de la Oficina de Control Interno y en los planes de mejoramiento vigentes, la existencia de riesgos jurídicos estructurales que requieren intervención preventiva sistemática. La recurrencia de determinadas tipologías de procesos judiciales, la identificación de debilidades en supervisión contractual, gestión documental, trazabilidad administrativa y control previo de legalidad, así como el impacto patrimonial potencial asociado a la litigiosidad, constituyen elementos objetivos que justifican la actualización y fortalecimiento de la Política Institucional de Prevención del Daño Antijurídico. En este contexto, la política no se configura como un instrumento meramente formal, sino como una herramienta estratégica de gestión pública orientada a integrar el enfoque de control interno, la gestión del riesgo jurídico y la defensa judicial del Estado, bajo criterios de priorización, medición y mejora continua.
2.3. Valoración anual de la necesidad de la actualización
La presente política tendrá una vigencia de dos (2) años, sin perjuicio de los seguimientos semestrales obligatorios en SIPROJ-WEB y las actualizaciones extraordinarias que el Comité de Conciliación determine ante la aparición de nuevos riesgos. Se tendrá en cuenta la evolución de la jurisprudencia, los cambios normativos, los resultados de los procesos judiciales recientes, y la retroalimentación institucional. De ser necesario, se propondrán modificaciones sustanciales que serán formalizadas mediante acto administrativo y divulgadas a toda la entidad.
3. GLOSARIO
TÉRMINO DEFINICIÓN
4. DESCRIPCIÓN O CONTEXTO DEL DOCUMENTO
La Política Institucional de Prevención del Daño Antijurídico del Instituto Distrital para la Protección de la Niñez y la Juventud - IDIPRON tiene como finalidad principal reducir la ocurrencia de demandas, condenas y contingencias patrimoniales derivadas de actuaciones u omisiones administrativas, mediante la adopción de estrategias preventivas, correctivas y de gestión del riesgo jurídico. Esta política se fundamenta en los lineamientos establecidos por el Distrito Capital a través del documento metodológico y la guía de implementación de la Política de Defensa Jurídica Distrital, y se concibe como un instrumento estratégico orientado a fortalecer la legalidad, la eficiencia administrativa y la protección del patrimonio público, en armonía con el Modelo de Gestión Jurídica Pública Distrital.
4.1. Presentación Institucional
El Instituto Distrital para la Protección de la Niñez y la Juventud IDIPRON es una entidad pública descentralizada del orden distrital, creada mediante el Acuerdo 80 de 1967, cuya misión fundamental es "Formar ciudadanías creativas, innovadoras y con oportunidades, desde un modelo pedagógico basado en los principios de afecto, alegría y libertad y un talento institucional que apropia la vocación de servicio y liderazgo para construir proyecto y sentido de vida en los niños, niñas, adolescentes y jóvenes que se encuentran en habitabilidad en calle, en riesgo de habitarla o en condiciones de fragilidad social de la Ciudad."
La presente política de prevención del daño antijurídico responde a la necesidad de fortalecer la cultura institucional de legalidad, responsabilidad y diligencia en el ejercicio de la función pública, articulando las directrices de la Ley 2220 de 2022, el Decreto Distrital 479 de 2024, y las normas internas del Instituto. Su objetivo es servir como herramienta normativa, metodológica y operativa para todos los servidores y servidoras del IDIPRON, promoviendo la identificación temprana de riesgos jurídicos, la gestión efectiva de conflictos, y la adopción de buenas prácticas institucionales que permitan evitar litigios, proteger el patrimonio público y mejorar la calidad del servicio.
Este instrumento se alinea con el Plan Distrital de Desarrollo "Bogotá Camina Segura", que plantea como uno de sus pilares estratégicos la consolidación de una gestión pública confiable, eficiente y con enfoque de derechos. La prevención del daño antijurídico es, en ese sentido, una expresión concreta del compromiso institucional con la legalidad, la buena administración y la protección de los intereses colectivos, que exige una participación activa, corresponsable y ética por parte de cada área misional, administrativa y operativa del Instituto.
La Constitución Política de 1991, en su artículo 90, consagró el principio de responsabilidad patrimonial del Estado por los daños antijurídicos que le sean imputables, estableciendo un deber jurídico de reparación y, de manera correlativa, una obligación institucional de prevenir la causación de perjuicios injustificados. En desarrollo de este mandato constitucional, el Distrito Capital adoptó la Política de Defensa Judicial como una estrategia integral para reducir el riesgo fiscal y la litigiosidad, estructurada en etapas orientadas al control de los procesos judiciales, la sistematización de la información litigiosa, la unificación de estrategias de defensa, la determinación de criterios de actuación institucional, y el establecimiento de mecanismos de seguimiento y asignación de responsabilidades. Estas directrices constituyen el marco de referencia para la formulación de la presente política institucional.
4.2. Definición de Daño Antijurídico
El daño antijurídico es una categoría jurídica fundamental dentro de la responsabilidad patrimonial del Estado. Se entiende como toda lesión a un bien o interés jurídicamente protegido, que se produce como consecuencia de la acción u omisión de una entidad pública, y que el afectado no está obligado a soportar. Su existencia implica no solo la acreditación de un perjuicio real, cierto y evaluable económicamente, sino también la ausencia de una causa legal que justifique su imposición a la víctima. La jurisprudencia del Consejo de Estado ha definido el daño antijurídico como aquel que resulta ilegitimo frente al ordenamiento jurídico, constituyendo el núcleo de análisis para determinar la procedencia de la reparación por parte del Estado.
En el contexto institucional del IDIPRON, el daño antijurídico puede derivarse de actuaciones administrativas, contractuales, disciplinarias o de omisiones que, directa o indirectamente, afecten derechos fundamentales de los beneficiarios del servicio, del personal vinculado o de terceros, y cuyo origen esté asociado a fallas en el servicio, desconocimiento normativo o deficiencias en la gestión.
4.3. Responsabilidad del Estado
La responsabilidad del Estado colombiano por la causación de daño antijurídico tiene una naturaleza objetiva, conforme al artículo 90 de la Constitución Política. Esta disposición establece que el Estado responderá patrimonialmente por los perjuicios que se causen a los particulares como consecuencia de la acción u omisión de las autoridades públicas, siempre que el daño sea antijurídico. No se requiere la demostración de dolo o culpa, sino la existencia de un daño injusto y su nexo causal con la actuación estatal.
La jurisprudencia contencioso-administrativa ha desarrollado distintos regímenes de responsabilidad aplicables a los entes públicos, entre los que destacan la falla del servicio, el daño especial y el riesgo excepcional. En todos los casos, se parte de la idea de que las entidades deben actuar con apego a los principios de legalidad, proporcionalidad y buena administración. En el caso del IDIPRON, la responsabilidad puede surgir, por ejemplo, por decisiones administrativas sin sustento legal, demoras injustificadas, omisiones en el deber de protección de derechos o actuaciones contractuales contrarias a la ley.
Por tanto, la prevención del daño antijurídico no solo constituye un mandato legal y constitucional, sino una expresión concreta de una gestión pública responsable, ética y comprometida con el respeto de los derechos de la ciudadanía y con la protección del erario.
4.4. Principios Rectores
La política de prevención del daño antijurídico en el IDIPRON se sustenta en un conjunto de principios orientadores que rigen la función administrativa y que se encuentran consagrados tanto en la Constitución como en las leyes y políticas públicas nacionales y distritales. En primer lugar, el principio de legalidad exige que toda actuación institucional se fundamente en normas vigentes, claras y aplicables al caso concreto. La buena fe, la confianza legítima y la seguridad jurídica obligan a la entidad a actuar de forma coherente, predecible y respetuosa de los derechos adquiridos por los ciudadanos.
El principio de diligencia y cuidado impone el deber de prever las consecuencias jurídicas de cada actuación administrativa, así como la obligación de prevenir errores u omisiones que puedan generar perjuicios. La transparencia y la rendición de cuentas refuerzan la legitimidad de la función pública y garantizan el control ciudadano. Asimismo, la economía, eficiencia y eficacia orientan el uso racional de los recursos públicos para evitar procesos judiciales innecesarios o gastos derivados de condenas judiciales.
Desde una perspectiva institucional, estos principios exigen al IDIPRON incorporar mecanismos de gestión del riesgo jurídico, formación continua de su personal, articulación interdependencias y fortalecimiento del Comité de Conciliación como órgano estratégico de análisis preventivo, resolución anticipada de controversias y adopción de correctivos que eviten futuras condenas.
4.5. Marco Normativo
La prevención del daño antijurídico se encuentra regulada dentro del ordenamiento jurídico colombiano como una obligación transversal del Estado y sus entidades, con fundamento en el artículo 90 de la Constitución Política, que establece la responsabilidad patrimonial del Estado por los daños antijurídicos que le sean imputables como consecuencia de la acción u omisión de sus autoridades públicas. Esta norma impone un mandato directo de reparación y, por vía indirecta, obliga a todas las entidades a desarrollar medidas estructurales para evitar que tales daños se materialicen, promoviendo una gestión pública diligente, preventiva y garantista.
El artículo 209 de la misma Carta establece que la función administrativa se desarrollará conforme a los principios de legalidad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, los cuales constituyen el soporte jurídico del deber institucional de anticiparse a los riesgos jurídicos y evitar litigios innecesarios. De manera complementaria, el artículo 121 establece que los funcionarios públicos solo pueden ejercer las funciones que les han sido atribuidas expresamente por la ley, lo cual delimita los márgenes de actuación legítima y refuerza la idea de responsabilidad cuando se actúa por fuera de tales competencias.
En desarrollo de estos principios constitucionales, la Ley 2220 de 2022 expidió el Estatuto de Conciliación, consolidando la conciliación como una herramienta efectiva de acceso a la justicia y, especialmente, como un mecanismo de prevención del daño antijurídico en el marco del proceso contencioso administrativo. Esta ley confirió nuevas funciones a los Comités de Conciliación y estableció que la formulación e implementación de políticas de prevención del daño constituye un deber legal, vinculante para todas las entidades del Estado. En sus artículos 117 a 122, se regulan de manera específica las competencias de los Comités de Conciliación en la adopción de estrategias de prevención y resolución anticipada de controversias, y se establece que la eficacia de estas medidas será objeto de seguimiento como indicador de gestión institucional.
En el contexto distrital, el Decreto Distrital 479 de 2024 compila y regula la gestión jurídica del Distrito Capital, reconociendo a la Secretaria Jurídica Distrital como el ente rector en la materia. Este decreto establece el Modelo de Gestión Jurídica Pública MGJP, en cuyo marco se integran estrategias de prevención del daño antijurídico como eje estructural de la política jurídica distrital. El citado decreto prevé la conformación de instancias de coordinación jurídica, entre ellas el Comité Jurídico Distrital, que tiene como función establecer lineamientos estratégicos y orientaciones técnicas para todas las entidades del Distrito, incluidos los establecimientos públicos como el IDIPRON.
A nivel interno, el IDIPRON cuenta con su propio Estatuto Orgánico expedido mediante la Resolución 20 de 1986 y modificado por acuerdos posteriores, como el Acuerdo 002 de 2009 y el Acuerdo 009 de 2022, en los que se establecen las funciones misionales, administrativas y jurídicas del Instituto. Estas disposiciones confieren a la Oficina Jurídica el deber de representar judicial y extrajudicialmente a la entidad, asesorar en la toma de decisiones legales, y liderar la implementación de estrategias para la prevención del daño patrimonial.
Finalmente, se destacan instrumentos de defensa como la normativa técnica de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, contenida en el Protocolo para Comités de Conciliación, el cual refuerza el enfoque de gestión del riesgo legal como parte del ciclo de defensa jurídica, y promueve el uso de herramientas como matrices de análisis causal, seguimiento a fallos judiciales, y adopción de políticas correctivas orientadas a mitigar futuras reclamaciones.
Todo este conjunto normativo y doctrinal constituye el marco de acción del IDIPRON para desarrollar una política institucional de prevención del daño antijurídico sólida, eficaz y alineada con los más altos estándares de legalidad, responsabilidad fiscal y respeto por los derechos ciudadanos.
4.6. METODOLOGÍA PARA LA PREVENCIÓN DEL DAÑO ANTIJURÍDICO
La metodología para la prevención del daño antijurídico del Instituto Distrital para la Protección de la Niñez y la Juventud IDIPRON se concibe como un proceso sistemático, continuo y articulado, orientado a identificar, analizar, priorizar, intervenir y hacer seguimiento a los riesgos jurídicos derivados de la gestión institucional. Esta metodología adopta un enfoque preventivo y estratégico, sustentado en evidencia empírica, análisis jurídico y gestión del riesgo, con el propósito de anticipar la materialización de eventos generadores de daño antijurídico y reducir la litigiosidad y las contingencias patrimoniales de la entidad.
La metodología se estructura sobre principios de trazabilidad, medición y responsabilidad institucional, de manera que cada riesgo jurídico identificado se vincule de forma expresa con sus causas, las medidas preventivas o correctivas definidas, los responsables de su implementación, los indicadores de seguimiento y la estimación de su impacto jurídico y económico. Este enfoque garantiza que la prevención del daño antijurídico no se limite a declaraciones generales, sino que se traduzca en acciones verificables y evaluables.
En coherencia con el Modelo Integrado de Planeación y Gestión -MIPG-, el Modelo Estándar de Control Interno-MECI- y el Modelo de Gestión Jurídica Pública del Distrito Capital, la metodología articula la gestión del riesgo jurídico con los sistemas institucionales de planeación, control y evaluación, y reconoce al Comité de Conciliación como la instancia estratégica responsable de orientar, validar y hacer seguimiento a las decisiones preventivas adoptadas.
4.6.1. Fase 1. Identificación y Priorización de Riesgos Jurídicos
La identificación de los riesgos jurídicos se realiza a partir del análisis de la litigiosidad histórica y vigente del Instituto, las reclamaciones administrativas, las acciones de tutela, los fallos judiciales adversos, los informes de auditoría, las recomendaciones del Comité de Conciliación y los reportes de las gerencias misionales y administrativas. Esta información se consolida mediante herramientas como el SIPROJ WEB, matrices institucionales de riesgos y ejercicios de diagnóstico participativo con los líderes de proceso.
Una vez identificados, los riesgos jurídicos son priorizados con base en criterios objetivos que incluyen la probabilidad de ocurrencia, el impacto jurídico, la contingencia económica potencial y la recurrencia del evento. Esta priorización permite diferenciar los riesgos críticos o estructurales, que demandan atención inmediata y medidas reforzadas, de aquellos riesgos de menor impacto o baja probabilidad.
4.6.2. Fase 2. Análisis Causal
El análisis causal tiene como finalidad identificar las causas y subcausas que originan los riesgos jurídicos priorizados, con el fin de intervenir de manera directa sobre los factores generadores del daño y no únicamente sobre sus consecuencias. Para este análisis se emplean herramientas técnicas como el árbol de causas, el análisis de fallas del servicio y la revisión detallada de expedientes administrativos y judiciales.
Este ejercicio permite establecer si los riesgos derivan de deficiencias normativas, errores en la toma de decisiones administrativas, omisiones en el ejercicio de funciones, debilidades en la supervisión contractual, fallas en la gestión documental o insuficiencia en la capacitación jurídica del personal, entre otros factores estructurales.
4.6.3. Fase 3. Formulación e Implementación de Medidas Preventivas
Con base en la identificación y análisis causal de los riesgos, se formulan medidas preventivas y correctivas orientadas a eliminar o mitigar las causas generadoras del daño antijurídico. Estas medidas pueden incluir ajustes normativos internos, rediseño de procedimientos, fortalecimiento de controles, capacitación especializada, implementación de alertas tempranas, mejoras en los sistemas de información y fortalecimiento de la cultura probatoria institucional.
Las medidas adoptadas se consolidan en un plan de acción institucional, en el cual se asignan responsables, plazos de ejecución, recursos necesarios e indicadores de seguimiento. La implementación de estas acciones es responsabilidad de las Gerencias misionales, administrativas y Oficina jurídicas, bajo la coordinación de la Oficina Jurídica y con seguimiento del Comité de Conciliación.
4.6.4. Fase 4. Herramientas de Seguimiento y Control
El seguimiento a la metodología de prevención del daño antijurídico se realiza mediante indicadores claros, medibles y verificables, que permiten evaluar el grado de avance en la implementación de las medidas preventivas y su efectividad en la reducción del riesgo jurídico. Estos indicadores incluyen, entre otros, el número de procesos judiciales por área, la evolución de la litigiosidad, el cumplimiento de las acciones del plan de acción y la estimación del impacto económico evitado.
Las alertas tempranas operan a través de reportes periódicos, sistemas de información jurídica, canales de comunicación interna y reportes al Comité de Conciliación, permitiendo identificar oportunamente eventos con potencial de daño antijurídico y adoptar decisiones preventivas antes de su materialización.
4.6.5. Fase 5. Evaluación y Mejora Continua
Evaluación y Mejora Continua tiene como finalidad verificar la efectividad real de la Política Institucional de Prevención del Daño Antijurídico, medir el impacto de las acciones implementadas y garantizar su actualización permanente conforme a los resultados obtenidos y a los cambios normativos, jurisprudenciales e institucionales.
La evaluación de la política se realizará mediante un enfoque integral que combine herramientas cuantitativas y cualitativas. En el componente cuantitativo, se analizará el comportamiento de los indicadores definidos en el Plan de Acción y en el Mecanismo de Seguimiento y Evaluación, incluyendo la variación de la litigiosidad institucional, la evolución de los riesgos jurídicos priorizados, el número de procesos nuevos por tipología, el valor de las contingencias patrimoniales estimadas y el nivel de ejecución de las acciones preventivas. Esta información será consolidada principalmente a partir del Sistema de Información Jurídica Distrital - SIPROJ WEB, la matriz institucional de riesgos jurídicos y los reportes de las dependencias responsables.
En el componente cualitativo, se evaluará la eficacia de las medidas adoptadas mediante el análisis técnico de fallos judiciales adversos, conciliaciones, hallazgos de auditoría interna y externa, informes de la Oficina de Control Interno, cumplimiento de planes de mejoramiento y retroalimentación de las Gerencias misionales y administrativas. Este análisis permitirá identificar causas persistentes, debilidades estructurales o nuevas fuentes de riesgo jurídico que requieran intervención.
Como herramienta de evaluación, La Oficina Jurídica realizará el seguimiento y evaluación de la Política de Prevención del Daño Antijurídico con una periodicidad semestral, a través del Módulo de Seguimiento del sistema SIPROJ-WEB, conforme a lo estipulado en la Resolución 485 de 2023 de la Secretaría Jurídica Distrital o la norma que la modifique o sustituya. Los informes generados serán presentados al Comité de Conciliación para su verificación, dos veces al año, el cumplimiento y aplicación de las medidas, adoptando las decisiones correctivas y ajustes a los planes de acción a que haya lugar". Dicho informe será presentado al Comité de Conciliación para su revisión, validación y adopción de decisiones correctivas.
En caso de evidenciarse incumplimientos, riesgos emergentes o baja efectividad de las medidas adoptadas, se activará un proceso de mejora que podrá incluir la reformulación del Plan de Acción, la redefinición de indicadores, el fortalecimiento de controles, la actualización de procedimientos internos, la implementación de nuevas acciones preventivas o la modificación parcial de la politica institucional. Estas acciones deberán incorporarse formalmente en la matriz de seguimiento y, cuando corresponda, en los planes de mejoramiento institucional.
La fase de mejora continua se integrará al Sistema de Control Interno y al Modelo Integrado de Planeación y Gestión -MIPG, garantizando que la evaluación de la política no sea un ejercicio aislado, sino parte del ciclo permanente de planeación, ejecución, seguimiento, evaluación y ajuste institucional. De esta manera, se asegura que la Política Institucional de Prevención del Daño Antijurídico mantenga su pertinencia, eficacia y coherencia con la gestión pública orientada a resultados.
4.6.5.1. Matriz Metodológica del Ciclo de Prevención
4.7. ROLES Y RESPONSABILIDADES INSTITUCIONALES
4.7.1. Dirección General del IDIPRON
Tiene la función de Planear, dirigir y evaluar el cumplimiento de las políticas, planes, programas, proyectos y servicios necesarios para el desarrollo de la misión del Instituto. Debe liderar y respaldar todas las acciones estratégicas orientadas a proteger el patrimonio público, Dirigir y evaluar el cumplimiento de los objetivos del Instituto y de las dependencias en concordancia con los planes, programas y proyectos, normativas y asignar los recursos técnicos y humanos necesarios para su ejecución. Le corresponde, además, aprobar el plan de acción institucional, y fomentar la cultura de legalidad y prevención en todos los niveles de la entidad.
4.7.2. Comité de Conciliación
Conforme a la Ley 2220 de 2022 y al protocolo nacional, el Comité de Conciliación es la instancia técnica y estratégica encargada de analizar los casos con incidencia jurídica, proponer fórmulas de solución extrajudicial, y formular políticas institucionales para prevenir el daño antijurídico. Entre sus funciones específicas están: adoptar el plan de acción anual, analizar causas estructurales de la litigiosidad, revisar sentencias adversas, proponer medidas correctivas y hacer seguimiento a la implementación de acciones por parte de las Gerencias responsables. También debe generar insumos para la mejora continua de los procedimientos institucionales.
4.7.3. Oficina Jurídica
Tiene la función transversal de asesorar jurídicamente a todas las Subdirecciones, Gerencias, Secretaria General y Director General del Instituto, formular conceptos preventivos, representar judicial y extrajudicialmente al IDIPRON y liderar la implementación de manual. Es responsable de elaborar los informes técnicos para el Comité de Conciliación, consolidar la matriz de riesgos jurídicos, gestionar el análisis jurisprudencial y normativo, y diseñar herramientas de control para el seguimiento de causas litigiosas. Además, debe coordinar la formación continua en prevención del daño antijurídico y mantener actualizado el sistema de información jurídica institucional.
4.7.4. Oficina Asesora de Planeación (OAP)
Tiene un rol estratégico en la implementación y seguimiento de la Política Institucional de Prevención del Daño Antijurídico, garantizando su articulación con el Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG, el direccionamiento estratégico institucional y el sistema de gestión del riesgo. En tal sentido, le corresponde integrar los riesgos jurídicos priorizados en los mapas de riesgos institucionales, apoyar la incorporación de las acciones preventivas en los planes operativos y de mejoramiento, consolidar los indicadores definidos en el Plan de Acción y efectuar el seguimiento a su cumplimiento en el marco de la planeación institucional. Así mismo, deberá promover la coherencia entre la política de prevención del daño antijurídico y los instrumentos de planeación estratégica, asegurando que las medidas adoptadas contribuyan al cumplimiento de los objetivos institucionales y a la sostenibilidad financiera y administrativa de la entidad.
4.7.5. Subdirecciones Misionales
Las Subdirección Técnica Poblacional, Subdirección Técnica de Lineamientos y Subdirección Técnica de Oportunidades que desarrollan los programas de atención a niños, niñas, adolescentes y jóvenes son responsables de aplicar los principios de legalidad y prevención en sus decisiones y procedimientos. Deben reportar oportunamente a la Oficina Jurídica los eventos con potencial daño antijurídico, implementar las recomendaciones del Comité de Conciliación, y colaborar en la construcción de indicadores de riesgo. Asimismo, deben mantener actualizados los protocolos de atención y garantizar el debido registro documental y evidencias de las acciones institucionales.
4.7.6. Gerencias Administrativa y Financiera
Son responsables de asegurar que la gestión del talento humano, archivo institucional, compras y presupuestos se desarrollen conforme a la normativa vigente, minimizando riesgos jurídicos asociados. Deben garantizar el cumplimiento de los principios de planeación, transparencia, trazabilidad y legalidad en cada actuación administrativa. Además, colaboran activamente con la Oficina Jurídica en la remisión de información para procesos judiciales, análisis de contratos y seguimiento a medidas preventivas.
4.7.7. Oficina de Control Interno
Tiene la función de verificar el cumplimiento de la política de prevención del daño antijurídico como parte del Sistema de Control Interno. Debe evaluar periódicamente la eficacia de las medidas adoptadas, revisar el cumplimiento del plan de acción, emitir recomendaciones de mejora de conformidad a la necesidad programada en el Plan anual de auditorías internas de cada vigencia.
4.7.8. Todos los Servidores Públicos
Cada servidor público del IDIPRON, sin distinción de jerarquía o dependencia, es corresponsable de la prevención del daño antijurídico en el marco del ejercicio de sus funciones. Están obligados a actuar conforme a los principios constitucionales de legalidad, buena fe, eficiencia, responsabilidad y transparencia, reportar riesgos o situaciones anómalas, aplicar las directrices institucionales y participar activamente en los procesos de formación y mejora continua. La prevención del daño no es solo una función jurídica, sino un compromiso colectivo con la gestión pública responsable y ética.
4.8. POLÍTICA INSTITUCIONAL DE PREVENCIÓN DEL DAÑO ANTIJURÍDICO
4.8.1. Formulación
La formulación de la Política Institucional de Prevención del Daño Antijurídico del Instituto Distrital para la Protección de la Niñez y la Juventud IDIPRON se sustenta en el principio constitucional de responsabilidad del Estado (art. 90 C.P.), en los lineamientos del Estatuto de Conciliación contenido en la Ley 2220 de 2022, y en las disposiciones del Decreto Distrital 479 de 2024, que asignan a todas las entidades del Distrito Capital la obligación de implementar políticas institucionales orientadas a anticipar, mitigar y corregir los riesgos que puedan derivar en perjuicios para los administrados y en pérdida de recursos públicos.
La Oficina Jurídica lidera el proceso de diseño técnico de esta política, articulando el análisis histórico de litigiosidad, el diagnóstico de riesgos jurídicos, la jurisprudencia relevante y las recomendaciones del Comité de Conciliación. Su construcción responde a un enfoque transversal, participativo y basado en evidencia, que vincula a las Subdirecciones misionales, administrativas y operativas del Instituto en la identificación de causas estructurales y la formulación de acciones preventivas.
La política busca transformar el enfoque reactivo tradicional por una lógica anticipatoria, fundamentada en el fortalecimiento de la cultura jurídica institucional, el desarrollo de competencias legales funcionales, y la implementación de sistemas de control que permitan evitar la judicialización innecesaria de las actuaciones administrativas.
4.8.2. Aprobación
La aprobación de la política institucional de prevención del daño antijurídico corresponde al Comité de Conciliación del IDIPRON, en ejercicio de las facultades conferidas por la Ley 2220 de 2022, artículos 117 a 122, y conforme a las directrices metodológicas establecidas por la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado. Previo a su aprobación formal, el documento de política es sometido a un proceso de validación técnica que incluye revisión jurídica, ajustes de forma y fondo, verificación de coherencia con la planeación institucional, y armonización con los estándares del Modelo de Gestión Jurídica Pública del Distrito. El acto de aprobación se formaliza mediante Acta del Comité de Conciliación No. 373 del 27 de febrero de 2026, y será adoptada mediante acto administrativo proferido por la Dirección General.
El plan de acción derivado de esta política, así como sus indicadores de cumplimiento, también son objeto de aprobación institucional, y su ejecución es responsabilidad de las líderes de procesos y de la Oficina Jurídica.
4.8.3. Difusión
La política será difundida a todos los niveles del Instituto como instrumento normativo, pedagógico y de gestión institucional obligatoria. Para ello, se implementará una estrategia de divulgación que incluirá:
-. Publicación oficial en el sitio web institucional y en los canales internos de comunicación del IDIPRON.
-. Socialización dirigida a los directivos y responsables de procesos mediante reuniones técnicas y mesas de trabajo.
-. Inclusión de la política como contenido obligatorio en los programas de inducción, reinducción y formación jurídica interna.
-. Capacitación periódica sobre los lineamientos, responsabilidades y herramientas de prevención del daño antijurídico para todos los servidores públicos.
-. Evaluación periódica de apropiación y aplicación de la política, con retroalimentación desde el Comité de Conciliación.
La difusión permanente de esta política no solo responde a un mandato de legalidad y transparencia, sino que busca generar apropiación, compromiso y transformación cultural en torno a la gestión pública responsable y al cumplimiento del deber institucional de evitar la causación de perjuicios injustificados a los ciudadanos o al Estado.
4.9. PLAN DE ACCIÓN DEL DAÑO ANTIJURÍDICO
El Plan de Acción del Daño Antijurídico, es el instrumento operativo mediante el cual se materializa la Política Institucional de Prevención del Daño Antijurídico del IDIPRON. Su propósito es traducir los lineamientos conceptuales y normativos en acciones concretas, responsables identificados, plazos de ejecución e indicadores de seguimiento. El plan se estructura en torno a ejes estratégicos, acciones institucionales y metas verificables, enmarcadas en el ciclo de gestión preventiva.
En desarrollo del principio de corresponsabilidad institucional en la prevención del daño antijurídico, las acciones definidas en el presente Plan de Acción no se circunscriben exclusivamente a la Oficina Jurídica, sino que comprometen de manera directa a los procesos estratégicos, misionales y de apoyo, conforme a sus competencias funcionales y a los riesgos asociados a su gestión.
En particular, las dependencias encargadas de la estructuración de procesos contractuales, la Gerencia de Contratación, los ordenadores del gasto y los supervisores contractuales tendrán responsabilidad directa en la implementación de medidas orientadas a prevenir la configuración de contrato realidad, fallas en la planeación contractual, deficiencias en estudios previos, omisiones en la supervisión y demás situaciones que puedan derivar en litigiosidad o responsabilidad patrimonial. Estas dependencias deberán garantizar el cumplimiento estricto del marco normativo contractual, la adecuada delimitación de actividades, la trazabilidad documental y la adopción de controles preventivos en la etapa precontractual, contractual y postcontractual.
De igual forma, los líderes de proceso deberán incorporar la gestión del riesgo jurídico dentro de sus mapas de riesgos, planes operativos y planes de mejoramiento, asegurando la articulación permanente con la Oficina Jurídica y con la Oficina de Control Interno, de manera que la prevención del daño antijurídico se integre de forma estructural al Sistema de Control Interno y al Modelo Integrado de Planeación y Gestión MIPG-.
Así mismo, el análisis de la información consolidada en el Sistema de Información Jurídica Distrital SIPROJ WEB permitió establecer con claridad el impacto fiscal derivado de la litigiosidad institucional en las vigencias anteriores, evidenciado en los valores de condenas ejecutoriadas, conciliaciones aprobadas judicialmente y contingencias patrimoniales estimadas en procesos activos, lo cual refleja la presión financiera que enfrenta la entidad en el cumplimiento de fallos judiciales y obligaciones derivadas de sentencias.
La cuantificación de estos valores, cotejada entre las vigencias fiscales de 2023, 2024 y 2025, muestra un comportamiento variable pero significativo, pasando de $ 31,834.815 en 2023 a $ 112,066.634 en 2024 y posteriormente a $ 70,692.240 en 2025, cifras que permiten dimensionar con mayor precisión el riesgo patrimonial al que se encuentra expuesto el Instituto y que constituyen evidencia objetiva de la necesidad de fortalecer las estrategias de prevención del daño antijurídico.
Este ejercicio comparativo se convierte en un insumo esencial para la planeación institucional, pues no solo facilita la definición de metas de reducción del impacto fiscal mediante la implementación de medidas preventivas estructurales, sino que también aporta elementos de juicio para orientar la gestión jurídica y administrativa hacia la consolidación de prácticas de defensa judicial más eficaces, la mitigación de la recurrencia de litigiosidad y la construcción de políticas públicas que garanticen la protección de los recursos destinados a la niñez y la juventud en el marco de la presente política.
4.9.1. Tabla Comparativa del Impacto Fiscal por Sentencias Ejecutoriadas
4.10. MECANISMO DE SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN
4.10.1. Seguimiento y Evaluación
El seguimiento y evaluación de la política de Prevención del Daño Antijurídico es un componente esencial para garantizar la eficacia, sostenibilidad y mejora continua de la política institucional. Este proceso permite verificar el cumplimiento de las acciones previstas, medir el impacto de las estrategias adoptadas y tomar decisiones correctivas fundamentadas. Para ello, el IDIPRON implementará los siguientes instrumentos y mecanismos:
4.10.2. Matriz de Evaluación Periódica
La Oficina Jurídica, en coordinación con las Subdirecciones responsables, construirá y mantendrá actualizada una matriz de evaluación periódica que contendrá los indicadores de cumplimiento del plan de acción, los avances por actividad, los responsables designados, el estado de ejecución y las observaciones técnicas. Esta matriz se actualizará.
4.10.3. Sesión
Las lecciones aprendidas y recomendaciones de mejora identificadas en las sesiones del Comité de Conciliación constarán en las respectivas actas de sesión. Estas serán consolidadas de manera integral en el seguimiento semestral de la política, con el fin de fortalecer los procesos internos sin generar cargas documentales adicionales.
4.10.4. Revisión de la Política
Con el fin de mantener actualizado el enfoque metodológico, normativo y operativo del manual. La presente política tendrá una vigencia de dos (2) años, sin perjuicio de los seguimientos semestrales obligatorios en SIPROJ-WEB y las actualizaciones extraordinarias que el Comité de Conciliación determine ante la aparición de nuevos riesgos. Se tendrá en cuenta la evolución de la jurisprudencia, los cambios normativos, los resultados de los procesos judiciales recientes, y la retroalimentación institucional. De ser necesario, se propondrán modificaciones sustanciales que serán formalizadas mediante acto administrativo y divulgadas a toda la entidad.
La implementación de las fases de análisis causal y formulación de medidas se realizará de manera priorizada, vinculando exclusivamente a las dependencias que, según el diagnóstico de litigiosidad y el mapa de riesgos, presenten una mayor exposición o recurrencia en la generación de conflictos jurídicos. Las Gerencias con baja exposición participarán únicamente en las jornadas de sensibilización y capacitación general.
El seguimiento y evaluación son, por tanto, elementos transversales del sistema de prevención del daño antijurídico, y constituyen una expresión del compromiso del IDIPRON con la mejora continua, la transparencia y la protección efectiva del patrimonio público y los derechos ciudadanos.
4.11. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES FINALES
4.11.1. Conclusiones
La Política Institucional de Prevención del Daño Antijurídico del Instituto Distrital para la Protección de la Niñez y la Juventud IDIPRON constituye un instrumento estratégico de gestión jurídica orientado a fortalecer la legalidad, la eficiencia administrativa y la protección del patrimonio público, en cumplimiento del mandato constitucional de responsabilidad patrimonial del Estado consagrado en el artículo 90 de la Constitución Política. Su adopción responde a la necesidad de transitar de un enfoque reactivo de defensa judicial hacia un modelo preventivo, anticipatorio y articulado de gestión del riesgo jurídico.
El análisis histórico y estadístico de la litigiosidad institucional evidencia que el IDIPRON mantuvo durante más de una década un comportamiento procesal estable y de baja incidencia, lo cual descarta la existencia de una litigiosidad estructural histórica. Las lecciones aprendidas y recomendaciones de mejora identificadas en las sesiones del Comité de Conciliación constarán en las respectivas actas de sesión. Estas serán consolidadas de manera integral en el seguimiento semestral de la política, con el fin de fortalecer los procesos internos sin generar cargas documentales adicionales.
Del diagnóstico jurídico-institucional se concluye que el principal riesgo jurídico critico identificado para el IDIPRON corresponde a las demandas por contrato realidad, las cuales representan más de la mitad de los procesos judiciales activos de la entidad. Este riesgo se encuentra asociado principalmente a la contratación por prestación de servicios, a deficiencias en la supervisión contractual y a debilidades en la delimitación funcional de las actividades desarrolladas por los contratistas. En consecuencia, la política prioriza este riesgo por su alta probabilidad de ocurrencia, su impacto económico potencial y su carácter recurrente, lo que impone la adopción de medidas preventivas reforzadas y sostenidas en el tiempo.
Asimismo, se concluye que otros riesgos relevantes para la entidad se relacionan con la expedición de actos administrativos sin revisión jurídica previa, la debilidad en la gestión documental y probatoria, la insuficiente articulación entre Subdirecciones misionales y Oficina jurídica, y la necesidad de fortalecer las competencias jurídicas funcionales de los servidores públicos. Estas situaciones, aunque no siempre generan litigio inmediato, incrementan de manera significativa la exposición institucional al daño antijurídico y afectan la capacidad de defensa efectiva del Instituto.
La política evidencia que la prevención del daño antijurídico no es una función exclusiva de la Oficina Jurídica, sino una responsabilidad transversal que compromete a la Dirección General, al Comité de Conciliación, a las Subdirecciones misionales, administrativas y financieras, a la Oficina de Control Interno y, en general, a todos los servidores públicos del IDIPRON. La corresponsabilidad institucional, la adecuada asignación de roles y la articulación interdependencias constituyen condiciones indispensables para la eficacia del sistema preventivo.
Se concluye igualmente que la formulación de la política se encuentra plenamente alineada con los lineamientos del Estatuto de Conciliación contenido en la Ley 2220 de 2022, el Modelo de Gestión Jurídica Pública del Distrito Capital, el Modelo Integrado de Planeación y Gestión -MIPG y el Modelo Estándar de Control Interno-MECI, lo que garantiza su coherencia normativa, su integración con la planeación institucional y su sometimiento a mecanismos de seguimiento, evaluación y mejora continua.
Finalmente, la Política Institucional de Prevención del Daño Antijurídico del IDIPRON se consolida como un marco orientador para la adopción posterior de procedimientos, protocolos, guías operativas y herramientas técnicas específicas que desarrollen, a nivel funcional, la identificación, análisis, priorización, decisión preventiva y seguimiento de los riesgos antijurídicos. Su correcta implementación permitirá reducir la litigiosidad, optimizar la defensa jurídica del Estado, fortalecer la confianza institucional y garantizar una gestión pública responsable, transparente y respetuosa de los derechos de la ciudadanía.
4.11.2. Recomendaciones Finales
En atención a los hallazgos del diagnóstico jurídico-institucional y a las conclusiones derivadas del análisis de la litigiosidad del Instituto Distrital para la Protección de la Niñez y la Juventud IDIPRON, se recomienda la adopción formal y operativa de la Política Institucional de Prevención del Daño Antijurídico como instrumento estratégico vinculante para todas las dependencias de la entidad, mediante el correspondiente acto administrativo, garantizando su incorporación efectiva en los procesos de planeación, gestión y evaluación institucional.
Se recomienda fortalecer de manera prioritaria el rol del Comité de Conciliación como instancia estratégica de análisis preventivo, toma de decisiones y seguimiento a la política, asegurando que sus deliberaciones se fundamenten en el análisis sistemático de la litigiosidad, la evaluación de riesgos jurídicos críticos y la formulación de medidas correctivas estructurales. Para tal efecto, resulta indispensable garantizar la articulación permanente del Comité con la Oficina Jurídica, las Subdirecciones misionales y administrativas, así como con la Oficina de Control Interno.
Se recomienda consolidar y mantener actualizada una línea base de litigiosidad institucional, sustentada en información confiable y sistematizada proveniente del SIPROJ WEB y demás sistemas de información jurídica, que permita identificar tendencias, priorizar riesgos según su probabilidad e impacto económico, y evaluar periódicamente la efectividad de las medidas preventivas adoptadas. Esta línea base deberá servir como insumo obligatorio para la actualización de la matriz de riesgos jurídicos y para la formulación de planes de acción institucionales.
En atención a que el contrato realidad constituye el principal riesgo jurídico crítico identificado para el IDIPRON, se recomienda adoptar medidas preventivas reforzadas en materia de contratación por prestación de servicios, con énfasis en la delimitación clara de las actividades contractuales, el fortalecimiento del rol de los supervisores, la capacitación específica en riesgos laborales y contractuales, y la implementación de controles que eviten la desnaturalización del vínculo contractual. Estas acciones deberán ser objeto de seguimiento especial por parte del Comité de Conciliación.
Se recomienda fortalecer la cultura probatoria institucional como eje transversal de la prevención del daño antijurídico, mediante la adopción de buenas prácticas en gestión documental, archivo, conservación y trazabilidad de los soportes de las actuaciones administrativas. Para ello, se deberán revisar y ajustar los procedimientos internos relacionados con la producción, custodia y acceso a la información, garantizando que la entidad cuente con expedientes completos y debidamente organizados que respalden su defensa jurídica.
Se recomienda diseñar e implementar programas permanentes y obligatorios de capacitación jurídica funcional dirigidos a directivos, supervisores, ordenadores del gasto y servidores públicos en general, orientados a fortalecer el conocimiento normativo aplicable, la toma de decisiones administrativas informadas y la identificación temprana de riesgos jurídicos. La formación deberá estar alineada con los riesgos priorizados y con las necesidades específicas de cada proceso institucional.
Se recomienda fortalecer los mecanismos de seguimiento, control y evaluación de la política, mediante la definición de indicadores claros, medibles y verificables, con responsables asignados, metas definidas y estimación del impacto económico del riesgo jurídico. Estos mecanismos deberán integrarse al MIPG y al MECI, y ser objeto de evaluación periódica por parte de la Oficina de Control Interno.
Finalmente, se recomienda que la presente Política Institucional de Prevención del Daño Antijurídico sea objeto de revisión y actualización bianual, atendiendo los cambios normativos, jurisprudenciales y contextuales, así como los resultados de la gestión judicial y preventiva de la entidad. Dicha revisión permitirá mantener la política vigente, pertinente y eficaz como herramienta de gestión pública orientada a la protección del patrimonio público, la garantía de derechos y el fortalecimiento de la defensa jurídica del Estado.
NOTA: Ver norma original en Anexos.
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