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Acuerdo 1075 de 2026 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
20/08/2026
Fecha de Entrada en Vigencia:
25/08/2026
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 8645 del 25 de agosto de 2026 y Anales ano III No. 803.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 1075 DE 2026

 

(Agosto 20)

 

Por el cual se crea el evento cultural y musical Años Dorados en la ciudad de Bogotá D.C.

 

EL CONCEJO DE BOGOTÁ D.C.,

 

En uso de sus atribuciones Constitucionales y Legales y en especial las conferidas por numeral 1 del artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993,

 

ACUERDA:

 

ARTÍCULO 1.- Objeto Crear el evento cultural y musical Años Dorados en la ciudad de Bogotá D.C., como una estrategia pública de promoción del patrimonio cultural inmaterial de la humanidad y del envejecimiento activo, como expresión artística de identidad y memoria colectiva.

 

ARTÍCULO 2.- Responsabilidad El Sector de Cultura Recreación y Deporte, se encargará de coordinar y llevar a cabo las acciones, actividades, convocatorias y demás disposiciones que se consideren necesarias para realizar el evento cultural y musical "Años Dorados". El Instituto Distrital de las Artes – IDARTES- se encargará de habilitar, gestionar los espacios en los que se llevará a cabo el evento.

 

ARTÍCULO 3.- Difusión y articulación interinstitucional. Con el propósito de garantizar y facilitar la asistencia al evento de toda la ciudadanía, la Secretaría de Cultura, la Secretaría Distrital de Integración Social, las alcaldías locales y los Consejos Locales de Cultura, coordinarán a través de los distintos programas y proyectos la participación del adulto mayor al evento.

 

Canal Capital, o la entidad distrital que cumpla funciones equivalentes en materia de comunicación pública, será la encargada de apoyar la difusión masiva del evento "Años Dorados", promoviendo su cobertura en medios institucionales y garantizando la visibilización de las personas mayores como actores culturales activos y portadores del patrimonio musical.

 

ARTÍCULO 4.- Periodicidad. La Administración Distrital establecerá anualmente la programación del evento cultural y musical "Años Dorados" en la ciudad Bogotá D.C., de libre acceso para toda la ciudadanía, teniendo en cuenta la agenda cultural, disponibilidad presupuestal y demás acciones necesarias para la realización del evento.

 

ARTÍCULO 5.- Propósitos. Los propósitos del evento cultural y musical "Años Dorados" en la ciudad de Bogotá D.C., serán como mínimo los siguientes:

 

1. Promover los nuevos talentos, visibilizando a los artistas locales, distritales y nacionales.

 

2. Fomentar la participación activa de personas mayores como intérpretes, compositores, presentadores del evento, reconociendo su rol en la transmisión de saberes culturales.

 

ARTÍCULO 6.- Espacios accesibles. La Administración Distrital procurará realizar el evento "Años Dorados" en espacios cerrados, culturales y públicos existentes, que cumplan con criterios de accesibilidad, comodidad y seguridad para las personas mayores, como lo establece la normatividad vigente.

 

ARTÍCULO 7.- Zonas de Arte y Emprendimiento. En el marco del evento, la Administración Distrital procurará priorizar en su estrategia ZAE o la estrategia vigente a los emprendimientos de personas mayores, Generando un espacio destinado a la promoción, circulación y comercialización de bienes y servicios culturales, artesanales y creativos desarrollados por personas mayores.

 

ARTÍCULO 8.- El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá D.C., a los 20 días del mes de Agosto del año 2026.

 

HUMBERTO RAFAEL AMÍN MARTELO

 

Presidente

 

EDGAR ORLANDO ROMERO DAZA

 

Secretario General de Organismo de Control

 

CARLOS FERNANDO GALÁN PACHÓN

 

Alcalde Mayor de Bogotá, D.C.

 

Nota: Ver norma original en Anexos.