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ACUERDO 002 DE 2026
(Agosto 21)
Por el cual se modifican los artículos 3, 4, 6 y 7 del Acuerdo 001 de 2021 de la Comisión Distrital de Trasformación Digital
LA COMISIÓN DISTRITAL DE TRANSFORMACIÓN DIGITAL - CDTD
En ejercicio de sus facultades legales y reglamentarias, en especial las conferidas en el artículo 57 del Acuerdo Distrital 761 de 2020, el numeral 7 del artículo 5 del Decreto Distrital 025 de 2021, el numeral 3 del parágrafo 2 del artículo 6 y el artículo 18 del Acuerdo 001 de 2021 de la Comisión Distrital de Transformación Digital, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 6 de la Ley 489 de 1998 dispuso que: "(...) En virtud del principio de coordinación y colaboración, las autoridades administrativas deben garantizar la armonía en el ejercicio de sus respectivas funciones con el fin de lograr los fines y cometidos estatales (…)"
Que el Decreto Único Reglamentario del sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC) 1078 de 2015, modificado por el Decreto Nacional 767 de 2022, estableció los lineamientos de la Política de Gobierno Digital, "con el objetivo de impactar positivamente la calidad de vida de los ciudadanos y, en general, los habitantes del territorio nacional y la competitividad del país, promoviendo la generación de valor público a través de la transformación digital del Estado, de manera proactiva, confiable, articulada y colaborativa entre los Grupos de Interés y permitir el ejercicio de los derechos de los usuarios del ciberespacio".
Que el inciso segundo del artículo 147 de la Ley 1955 de 2019 señaló que "(...) [1]as entidades territoriales podrán definir estrategias de ciudades y territorios inteligentes, para lo cual deberán incorporar los lineamientos técnicos en el componente de transformación digital que elabore el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. (...)".
Que el artículo 230 de la Ley 1450 de 2011, modificado por el artículo 148 de la Ley 1955 de 2019, estableció que:
"Todas las entidades de la administración pública deberán adelantar las acciones que señale el Gobierno nacional a través del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones para la implementación de la política de Gobierno Digital.
Esta política liderada por el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones contemplará como acciones prioritarias el cumplimiento de los lineamientos y estándares para la Integración de trámites al Portal Único del Estado Colombiano, la publicación y el aprovechamiento de datos públicos, la adopción del modelo de territorios y ciudades inteligentes, la optimización de compras públicas de tecnologías de la información, la oferta y uso de software público, el aprovechamiento de tecnologías emergentes en el sector público, incremento de la confianza y la seguridad digital y el fomento a la participación y la democracia por medios digitales."
Que en virtud de lo dispuesto en el parágrafo 3 del artículo 18 del Acuerdo Distrital 020 de 1989, se expidió el Decreto Distrital 443 de 1990, mediante el cual se creó la Comisión Distrital de Sistemas -CDS-, derogado por el Decreto Distrital 680 de 2001, que modificó la mencionada Comisión.
Que a través del Acuerdo Distrital 057 de 2002 se dictaron disposiciones generales para la implementación del Sistema Distrital de Información SDI, y se organizó la Comisión Distrital de Sistemas, cuya integración fue modificada posteriormente por el Acuerdo Distrital 409 de 2009. Que en virtud de lo dispuesto en el artículo 6 de la Resolución 233 de 2018, modificada por Resolución 753 de 2020, "[1]as instancias de coordinación adoptarán mediante Acuerdo el reglamento interno de conformidad con los lineamientos establecidos en el Anexo I de la presente Resolución denominado: "Reglamento de instancias de coordinación".
Que el artículo del Acuerdo Distrital 761 de 2020, transformó la Comisión Distrital de Sistemas en la Comisión Distrital de Transformación Digital como instancia de coordinación y articulación de las iniciativas de transformación digital en la ciudad, y modificó su conformación.
Que, de conformidad con lo anterior, el Decreto Distrital 025 de 2021 reglamentó la Comisión Distrital de Transformación Digital como la instancia de coordinación y articulación de las iniciativas de transformación digital en la ciudad de Bogotá, D. C, y en su artículo 5 numerales 7 y 8 señala como función de la Comisión "definir y aprobar el plan de acción y el reglamento de funcionamiento de la Comisión Distrital de Transformación Digital" y "adoptar su propio reglamento".
Que mediante el Acuerdo 001 del 2021 de la Comisión Distrital de Transformación Digital esta instancia de coordinación adoptó su reglamento interno, facultándola en su artículo 18 para modificarlo por iniciativa de uno o más de sus integrantes siempre que fuera aprobado por el quórum decisorio establecido.
Que el Decreto 079 de 2024, derogado y compilado por el Decreto Distrital 640 de 2025, Único Sectorial del Sector Gestión Pública, modificó la estructura organizacional de la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. actualizando el nombre de algunas de sus dependencias, entre ellas la Oficina Consejería Distrital de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones-TIC.
Que el Decreto 472 de 2024, derogado y compilado por el mismo Decreto Distrital 640 de 2025, Único Sectorial del Sector Gestión Pública, modificó las funciones de la Comisión Distrital de Transformación Digital establecidas en el artículo 5 del Decreto Distrital 025 de 2021.
Que, en virtud de las modificaciones normativas referidas previamente, se hace necesario modificar el reglamento de la Comisión Distrital de Transformación Digital, actualizando el nombre de las dependencias de la Secretaría General que la integran, así como sus funciones relacionadas con seguridad digital.
Que en sesión ordinaria llevada a cabo el 2 de julio de 2026, la Comisión Distrital de Transformación Digital, aprobó el presente Acuerdo, según consta en el Acta No. 2 de 2026.
En mérito de lo expuesto, la Comisión Distrital de Transformación Digital,
ACUERDA:
Artículo 1. Modificar el artículo 3 del Acuerdo 001 de 2021, el cual quedará así:
"Articulo 3.- Funciones de la Comisión Distrital de Transformación Digital. La Comisión Distrital de Transformación Digital, cumplirá las siguientes funciones básicas:
1. Generar los estudios, informes o investigaciones, lineamientos en materia de transformación digital y Seguridad Digital para el Distrito, en concordancia con los estándares que defina el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
2. Coordinar, articular y hacer seguimiento a las iniciativas, proyectos y estrategias de transformación digital y seguridad digital del Distrito.
3. Articular los proyectos de transformación digital del Distrito, logrando cooperación interinstitucional e intersectorial, así como con otras instancias territoriales, nacionales e internacionales.
4. Dinamizar los proyectos e iniciativas que promuevan la consolidación de Bogotá como un territorio inteligente.
5. Socializar las mejores prácticas, casos de éxito y tendencias tecnológicas, para promover la transformación digital y seguridad digital del Distrito.
6. Definir marcos, modelos y estándares para utilización de tecnologías emergentes en el Distrito.
7. Definir y aprobar el plan de acción y el reglamento de funcionamiento de la Comisión Distrital de Transformación Digital.
8. Definir y aprobar el reglamento de operación del Equipo de Respuesta a Incidentes de Seguridad Informática Distrital."
Artículo 2. Modificar el artículo 4 del Acuerdo 001 de 2021, el cual quedará así:
"Articulo 4. Integración de la Comisión Distrital de Transformación Digital. La Comisión Distrital de Transformación estará integrada por los siguientes miembros permanentes, quienes participarán con voz y voto:
1. El/la Alcaldes/a Mayor de Bogotá, D. C., o su delegado/a, quien la presidirá.
2. Ella Jefe de la Consejería Distrital de Tecnologías de Información y Comunicaciones -TIC de la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, quien ejercerá la Secretaria Técnica de la Comisión.
3. Los/as Directores/as o Jefes/as de Tecnología e Información de las entidades cabeza de cada uno de los Sectores del Distrito Capital o sus delegados.
4. Un delegado de la Empresa de Telecomunicaciones de Bogotá S.A. ESP-ETB-S. A. ESP, como asesor en la formulación e implementación de las iniciativas de transformación digital del Distrital.
Parágrafo. El rol de la Empresa de Telecomunicaciones de Bogotá S.A. ESP - ETB S.A. ESP al interior de la Comisión, como asesor en la formulación e implementación de las iniciativas de transformación digital del Distrito, no resulta excluyente de la participación que pueda tener esta empresa en la implementación de proyectos e iniciativas en materia de transformación digital en desarrollo de su objeto social,"
Artículo 3. Modificar el artículo 6 del Acuerdo 001 de 2021, el cual quedará así:
"Artículo 6. Organización. De conformidad con lo establecido en el Acuerdo Distrital 761 de 2020 y el Decreto Distrital 025 de 2021, la Comisión Distrital de Transformación Digital contará con un/a Presidente y un/a Secretario/a Técnico/a.
Parágrafo 1. Presidencia. Será ejercida por el la Alcalde/sa Mayor de Bogotá, D. C., o su delegado/a y tendrá las siguientes funciones:
1. Suscribir los actos y/o decisiones adoptadas por la Comisión.
2. Programar y presidir las sesiones ordinarias de la Comisión, en coordinación con la Secretaria Técnica.
3. Programar y presidir las sesiones extraordinarias de la Comisión, cuando se requieran, en coordinación con la Secretaría Técnica.
4. Coordinar con la Secretaria Técnica de la Comisión, la elaboración de actas e informes y demás documentos aprobados para su publicación.
5. Cumplir y hacer cumplir el reglamento de la Comisión.
6. Las demás que sean necesarias para el adecuado funcionamiento de la Comisión.
Parágrafo 2. Secretaría Técnica. Será ejercida por ella Jefe de la Consejeria Distrital de TIC, y tendrá las siguientes funciones:
1. Asesorar a los integrantes e invitados permanentes de la Comisión de Transformación Digital en la formulación de iniciativas y proyectos de transformación digital y de uso y aprovechamiento de tecnologías de la información y las comunicaciones para el Distrito.
2. Apoyar la dirección y coordinación del proceso de implementación de las iniciativas y proyectos que en materia de la transformación digital de la ciudad apruebe la Comisión Distrital de Transformación Digital.
3. Preparar y someter a consideración de la Comisión su plan de acción y su reglamento de funcionamiento.
4. Rendir y someter a consideración de la Comisión los informes técnicos y administrativos de las actividades que adelante la Secretaría Técnica.
5. Suministrar apoyo técnico y administrativo a la Comisión en las diferentes actividades desarrolladas por ésta, y verificar que sus actividades coincidan con los planes y programas de la Administración Distrital.
6. Elaborar las actas de las sesiones de la Comisión y mantener actualizados sus archivos.
7. Publicar y divulgar los lineamientos, trabajos, estudios, informes o investigaciones, y actas de las reuniones que realice la Comisión Distrital de Transformación Digital.
8. Hacer seguimiento y verificar el cumplimiento de los compromisos adquiridos por los integrantes o invitados permanentes de la Comisión.
9. Coordinar, directamente o con el apoyo de otras entidades que asistan a las reuniones de la Comisión los aspectos logísticos para el funcionamiento de esta.
10. Las demás que le asigne la Comisión Distrital de Transformación Digital."
Artículo 4. Modificar el artículo 7 del Acuerdo 001 de 2021, el cual quedará así: "Articulo 7. Sesiones. La Comisión Distrital de Trasformación Digital sesionará de manera ordinaria por lo menos una vez cada semestre, y de forma extraordinaria cuando resulte necesario atender asuntos cuya urgencia o importancia no permitan esperar hasta la siguiente sesión ordinaria.
Parágrafo. Se podrán realizar sesiones virtuales sincrónicas o asincrónicas para temas presentados por sus integrantes, siempre y cuando se disponga de medios tecnológicos que garanticen la comunicación de los integrantes de la instancia. La dinámica (o el procedimiento) para la sesión virtual sincrónica o asincrónica, incluyendo el tiempo máximo para decidir los temas propuestos, debe ser informada con la notificación de esta.
Artículo 5. Vigencia. El presente Acuerdo rige a partir del día siguiente a la fecha de su publicación, y modifica los artículos 3, 4, 6 y 7 del Acuerdo 001 de 2021 de la Comisión Distrital de Transformación Digital.
PUBLIQUESE, COMUNIQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en la ciudad de Bogotá, D.C., a los 21 días del mes de agosto del año 2025.
MIGUEL ANDRES SILVA MOYΑΝΟ
Secretario General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C
Presidente
Nota: Ver norma original en Anexos. |