| Cargando el Contenido del Documento | |
| Por favor espere... |
|
DECRETO LOCAL 008 2026
(Junio 09)
Ajuste en el presupuesto de rentas e ingresos y de gastos e inversiones del Fondo de Desarrollo Local de Fontibon - FDLF, para la vigencia fiscal 2026, por valor de $181.599.000 derivados de la suscripción de un convenio interadministrativo
LA ALCALDESA LOCAL DE FONTIBÓN
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el artículo 28 del Decreto Distrital 675 de 2025 y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución SDH-000191 del 22 de septiembre de 2017, la Secretaría Distrital de Hacienda adoptó y consolidó el Manual de Programación, Ejecución y Cierre Presupuestal del Distrito Capital, el cual contiene los procedimientos aplicables a las modificaciones presupuestales de las entidades distritales y de los Fondos de Desarrollo Local.
Que, el Artículo 28 del Decreto Distrital 675 de 2025 establece "Ajustes presupuestales por convenios y/o contratos interadministrativos entre entidades distritales. Cuando las entidades de la Administración Central, los Establecimientos Públicos, las Unidades Administrativas Especiales con Personería Jurídica, el Concejo de Bogotá D.C., la Veeduría Distrital, la Personería de Bogotá D.C., la Contraloría de Bogotá D.C., el Ente Autónomo Universitario, los Fondos de Desarrollo Local, las Empresas Industriales y Comerciales del Distrito y las Subredes Integradas de Servicios de Salud - ESE celebren convenios y/o contratos interadministrativos entre sí que afecten sus presupuestos, se efectuarán los ajustes mediante resolución del/a Jefe/a del organismo respectivo o por Acuerdo de sus Juntas o Consejos Directivos o por Decreto del Alcalde Local en los casos a que a ello hubiere lugar, previos los conceptos requeridos por la Secretaría Distrital de Hacienda"
Que, el Artículo 308 del Decreto Distrital 645 de 2025, 'Por medio del cual se expide el Decreto Único del Sector Hacienda', referente a las modificaciones presupuestales, expone: "Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales, reducciones y suspensión temporal de apropiaciones (...)".
Que el Plan de Desarrollo Local de Fontibón 2025-2028 "Fontibón Camina Segura" adoptado a través del Acuerdo Local 049 de 2024 incluye el Programa 24. Revitalización y renovación urbana y rural con inclusión cuyo objetivo es "(...) mejorar la infraestructura y el entorno urbano de manera equitativa y sostenible. A través de este programa, se espera revitalizar áreas urbanas de Fontibón, promoviendo la mejora de los parques públicos de la localidad para el disfrute de las personas en todos los ciclos de vida (...)".
Que en el marco de este programa se cuenta con el proyecto inversión 2443 - Fontibón camina hacia la intervención de parques de la red de proximidad y la cual incluye la meta de Intervenir 20 Parque(s) de la red de proximidad con acciones de mejoramiento, mantenimiento, adecuación y/o dotación de escenarios deportivos teniendo en cuenta nuevas tendencias y alternativas deportivas incluyentes para el cuatrienio, lo cual se traduce en acciones orientadas al mejoramiento, mantenimiento, adecuación y/o dotación de parques de la red de proximidad de la localidad, en concordancia con las competencias asignadas a la Alcaldía Local de Fontibón.
Que el Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público - DADEP y el Fondo de Desarrollo Local de Fontibón FDLF suscribieron el Convenio Interadministrativo No. 129-478-2025, cuyo objeto consiste en "Aunar esfuerzos técnicos, administrativos y financieros entre el Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público y el Fondo de Desarrollo Local de Fontibón para la intervención del parque vecinal ubicado en el predio identificado con RUPI 3826-1, perteneciente a la Urbanización El Montijo".
Que el valor del Convenio Interadministrativo No. 129-478-2025 asciende a la suma de CIENTO OCHENTA Y UN MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL PESOS ($181.599.000) M/CTE, incluidos todos los costos directos e indirectos e impuestos de ley a que haya lugar, recursos aportados por el Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público - DADEP.
Que, los recursos objeto de incorporación se encuentran asociados al cumplimiento de providencias judiciales proferidas en el marco de una acción popular relacionada con la protección de derechos e intereses colectivos respecto de zonas de cesión obligatoria de la Urbanización El Montijo, cuya destinación específica corresponde a la intervención de un área de cesión destinada a zona verde y parque.
Que, de acuerdo con los antecedentes técnicos, jurídicos y presupuestales que soportan la solicitud, la intervención deberá realizarse en el predio de propiedad pública identificado con Registro Único de Patrimonio Inmobiliario Distrital RUPI 3826-1, correspondiente al Bioparque, antes Vía V-5 Carrera 85, ubicado en la Carrera 88 No. 17-20 Interior 1, en la localidad de Fontibón.
Que, para la ejecución de las actividades previstas en el Convenio Interadministrativo No. 129-478-2025, se requiere incorporar los recursos al Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Local de Fontibón para la vigencia fiscal 2026.
Que, conforme a la justificación técnica presentada, los recursos serán adicionados al presupuesto de inversión del Fondo de Desarrollo Local de Fontibón en el rubro 0230117459920242443, correspondiente al proyecto "Fontibón camina hacia la intervención de parques de la red de proximidad", por valor de CIENTO OCHENTA Y UN MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL PESOS M/CTE ($181.599.000).
Que, los recursos objeto de incorporación, se encuentran separados en la Situación fiscal del Fondo de Desarrollo Local de Fontibón con corte al 31 de diciembre de 2025, de acuerdo con lo estipulado en el formato de excedentes financieros.
Que, la adición presupuestal propuesta permite garantizar la ejecución de los recursos derivados del Convenio Interadministrativo No. 129-478-2025, el cumplimiento de las obligaciones asociadas a las providencias judiciales referidas y la intervención del parque vecinal identificado con RUPI 3826-1, en beneficio de la comunidad de la localidad de Fontibón.
Que, en mérito de lo anterior, se hace necesario efectuar una adición en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Local de Fontibón para la vigencia fiscal 2026, por la suma de CIENTO OCHENTA Y UN MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL PESOS M/CTE ($181.599.000).
Que, mediante Oficio No 2-2026-29317 del 21 de mayo de 2026, la Secretaría Distrital de Planeación emitió concepto favorable para la adición de recursos al Presupuesto de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Local de Fontibón.
En mérito de lo anteriormente expuesto, la Alcaldesa Local de Fontibón,
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar y emitir concepto previo favorable para la adición en el Presupuesto de Rentas e Ingresos del Fondo de Desarrollo Local de Fontibón, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026, por CIENTO OCHENTA Y UN MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL PESOS M/CTE ($181.599.000), según el siguiente detalle:
ARTÍCULO SEGUNDO: Aprobar y emitir concepto previo favorable para la adición en el Presupuesto de Gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Local de Fontibón, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026, por CIENTO OCHENTA Y UN MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL PESOS M/CTE ($181.599.000), según el siguiente detalle:
ARTÍCULO TERCERO: La ejecución de los recursos adicionados se realizará con sujeción a las normas orgánicas presupuestales aplicables, al Manual de Programación, Ejecución y Cierre Presupuestal del Distrito Capital, al Plan de Desarrollo Local de Fontibón 2025-2028, al respectivo proyecto de inversión y a las condiciones técnicas, jurídicas, administrativas y financieras establecidas en el Convenio Interadministrativo No. 129-478-2025.
ARTÍCULO CUARTO: El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Se expide en Bogotá D.C. a los 09 días del mes de junio del año 2026.
PAOLA ANDREA OSORIO LOZANO
Alcaldesa Local de Fontibón
Nota: Ver norma original en Anexos. |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||