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DECRETO 005 DE 2026
(Junio 16)
Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Chapinero para la vigencia fiscal 2026
LA ALCALDESA LOCAL DE CHAPINERO
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las conferidas en, en el artículo 308 del Decreto No. 645 de 2025, Artículo 31 del Decreto Distrital No. 675 de 2025 y,
CONSIDERANDO
Que, el Decreto 645 de 2025 "Por medio del cual se expide el Decreto Único del Sector Hacienda" en Artículo 109 establece: "Modificaciones al anexo del decreto de liquidación. Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del alcalde o alcaldesa local. En el caso de los establecimientos públicos del Distrito estas modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación se harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos."
Estos actos administrativos requieren para su validez del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. Si se trata de gastos de inversión se requerirá, además, del concepto favorable de la Secretaría Distrital de Planeación."
Que, el Artículo 308 determina respecto a las Modificaciones Presupuestales, lo siguiente: "Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales, reducciones y suspensión temporal de apropiaciones, según lo siguiente:
(...) Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el o alcaldesa alcalde o alcaldesa local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto.
(...) Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los FDL que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por las JAL, se harán mediante decreto del alcalde o alcaldesa local.
Parágrafo. Se exceptúan del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en gastos de funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros de los gastos de personal, adquisición de bienes y servicios, obligaciones por pagar, transferencias corrientes, gastos por tributos, tasas y contribuciones, multas, sanciones e intereses de mora".
Que, por tratarse de un traslado presupuestal efectuado al interior del rubro 0212 Adquisición de bienes y servicios, la presente modificación se encuentra exceptuada del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, de conformidad con el parágrafo del artículo 308 del Decreto Distrital 645 de 2025.
Que, mediante Decreto Distrital No. 675 del 30 de diciembre de 2025, se liquidó el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del año 2026, y se dictan otras disposiciones en cumplimiento del Acuerdo Distrital 1019 del 15 de diciembre de 2025.
Que, el artículo 31 del Decreto Distrital No. 675 del 30 de diciembre de 2025 establece que "Durante la vigencia 2026, las modificaciones en el presupuesto de gastos de funcionamiento y del servicio de la deuda por traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen los gastos de personal, adquisición de bienes y servicios, transferencias corrientes, disminución de pasivos y gastos por tributos, tasas, contribuciones, multas sanciones e intereses de mora, capital, intereses y comisiones de la deuda interna o externa, se harán mediante resolución expedida por el representante legal de la entidad respectiva o por Decreto del (de la) Alcalde(sa) Local, previo cumplimiento de los requisitos establecidos por la Secretaría Distrital de Hacienda -Dirección Distrital de Presupuesto para tal fin".
Que, mediante Decreto Local No. 22 del 22 de diciembre de 2025 se liquidó el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos de Inversión de la Alcaldía Local de Chapinero para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026.
Que, al analizar el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Chapinero para la vigencia 2026, se observa que es necesario efectuar un traslado al interior de este, por cuanto existe demanda de recursos en algunos conceptos de gastos para continuar con el normal funcionamiento de la Alcaldía local.
Que, de acuerdo con lo anterior, es necesario realizar un ajuste presupuestal que integre el traslado de recursos del rubro Otros servicios de instalaciones eléctricas, hacia los rubros de Maquinaria de informática y sus partes, piezas y accesorios, y Servicios de mantenimiento y reparación de computadores y equipos periféricos.
Que, en este sentido a continuación se describen los contracréditos de aquellos rubros presupuestales con excedentes y los créditos de aquellos rubros presupuestales con faltantes de recursos:
CONTRACRÉDITOS
02120202005040654619-Otros servicios de instalaciones eléctricas
Que, en el rubro 02120202005040654619 Otros servicios de instalaciones eléctricas, se cuenta con una apropiación presupuestal disponible para la vigencia 2026 de $103.500.000, destinada a atender las necesidades de mantenimiento de los sistemas de cableado estructurado y del sistema eléctrico regulado, así como la renovación de los equipos complementarios del datacenter. No obstante, mediante el Contrato No. 1487-2025, suscrito por la Secretaría Distrital de Gobierno, cuyo objeto fue "Adquirir, instalar y poner en funcionamiento elementos de equipos activos de networking para la Secretaría Distrital de Gobierno", con un valor de $1.191.000.000, ejecutado entre el 5 de noviembre y el 31 de diciembre de 2025 y actualmente finalizado, fueron suministrados al Fondo de Desarrollo Local de Chapinero dos (2) equipos destinados al fortalecimiento de la infraestructura del datacenter, conforme a los soportes de entrega correspondientes, reduciendo así la necesidad inicialmente proyectada para la adquisición de este tipo de elementos. En consecuencia, para la vigencia 2026 únicamente se requiere adicionar y prorrogar el Contrato No. 396-2025, cuyo objeto es "Realizar el mantenimiento preventivo y correctivo de los sistemas de cableado estructurado y del sistema eléctrico regulado, así como la renovación de los equipos complementarios del datacenter de la Alcaldía Local de Chapinero", con una cuantía de $86.000.000, plazo de ejecución comprendida entre el 21 de enero y el 20 de noviembre de 2026 y actualmente en ejecución, requiriéndose para tal fin la suma de $33.500.000 con el propósito de garantizar la continuidad, estabilidad y seguridad de la infraestructura tecnológica del FDLCH durante la vigencia 2026; por lo anterior, es viable disminuir el rubro en $70.000.000, permitiendo que los recursos presupuestales sean utilizados exclusivamente para los fines y objetivos para los que fueron asignados, de conformidad con la normatividad vigente aplicable.
CRÉDITOS
021201010030302 Maquinaria de informática y sus partes, piezas y accesorios
Que en el rubro 021201010030302 "Maquinaria de informática y sus partes, piezas y accesorios" no contaba con apropiación presupuestal para la vigencia 2026. Sin embargo, dada la necesidad de renovar los equipos tecnológicos que han cumplido su vida útil y la obsolescencia de los recursos actualmente disponibles, resulta indispensable realizar un contrato orientado a la actualización y modernización del parque tecnológico. Para ello desde el seguimiento y análisis de los temas de funcionamiento del FDLCH, se ha previsto iniciar en el mes de agosto de 2026 el proceso de contratación; por tal motivo, se requiere efectuar el traslado de recursos con el fin de garantizar la disponibilidad presupuestal necesaria para adelantar dicho proceso.
En consecuencia, se hace necesario incrementar este rubro en $50.000.000, con el propósito de asegurar los recursos suficientes para cubrir esta necesidad en el funcionamiento operativo del FDLCH.
021202020080787130 - Servicios de mantenimiento y reparación de computadores y equipos periféricos
Que en el rubro 021202020080787130-"Servicios de mantenimiento y reparación de computadores y equipos periféricos", se cuenta con una apropiación presupuestal disponible para la vigencia 2026 de $101.405.000. Sin embargo, desde el seguimiento y análisis de los temas de funcionamiento del FDLCH se ha identificado la necesidad de adelantar actividades de modernización, mantenimiento y actualización tecnológica del sistema de videoconferencia propiedad del Fondo de Desarrollo Local de Chapinero, utilizado para el desarrollo de las sesiones de la Junta Administradora Local, mediante el fortalecimiento de sus componentes de audio y video.
Para atender este requerimiento, resulta necesario adelantar un proceso de contratación bajo la modalidad de mínima cuantía, en donde se tiene previsto iniciar el proceso de contratación en el mes de agosto de 2026; por tal razón, se requiere efectuar el traslado de recursos que garantice la disponibilidad presupuestal necesaria para su ejecución. En consecuencia, se hace necesario incrementar este rubro en $20.000.000, con el fin de asegurar los recursos requeridos para la adecuada prestación y continuidad de este servicio tecnológico en el FDLCH.
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO: Efectúese el siguiente contracrédito al Presupuesto anual de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Chapinero de la vigencia fiscal 2026, de conformidad con el siguiente detalle:
ARTÍCULO SEGUNDO: Efectúese los siguientes créditos al Presupuesto anual de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Chapinero de la vigencia fiscal 2026, de conformidad con el siguiente detalle:
ARTÍCULO TERCERO: El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá D.C, a los 16 días del mes de julio del año 2026.
CATHERINE CHAVES HERNÁNDEZ
Alcaldesa Local de Chapinero
Nota: Ver norma original en Anexos. |
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