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RESOLUCIÓN 164 DE 2026
(Agosto 24)
Por la cual se hace un traslado en el Presupuesto de Gastos e Inversiones de la Veeduría Distrital para la vigencia fiscal 2026
LA VEEDORA DISTRITAL
En ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 109 del Decreto Distrital 645 de 2025 y
CONSIDERANDO
Que el Artículo 109 del Decreto Distrital 645 de 2025 "Por medio del cual se expide el Decreto Único del Sector Hacienda, señala que: "Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, Incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del alcalde o alcaldesa local. (...)
Que el parágrafo único del citado artículo exceptúa del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en gastos de funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen factores constitutivos de salario; contribuciones inherentes a la nómina; remuneraciones no constitutivas de factor salarial siempre que correspondan al mismo tipo de vinculación, honorarios, activos fijos, materiales y suministros, adquisición de servicios, FONPET, obligaciones por pagar (adquisición de bienes, adquisición de servicios y otros gastos generales).
Que mediante la Resolución No. 191 del 22 de septiembre de 2017, la Secretaria Distrital de Hacienda adoptó y consolidó el Manual de Programación, Ejecución y Cierre Presupuestal del Distrito Capital, el cual en su numeral 3.2.1.4.2 define los traslados presupuestales internos como "(...) operaciones simultáneas que se realizan entre los gastos de funcionamiento, servicio de la deuda y gastos de Inversión, sin que los agregados presupuestales se modifiquen, consisten en reducir un rubro presupuestal (contracrédito) que tiene saldo libre de afectación presupuestal para adicionar otro rubro (crédito)".
Que mediante el Decreto Distrital 675 del 30 de diciembre de 2025 se liquidó el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026, contemplando lo propio para la Veeduría Distrital.
Que el Artículo 31 del citado decreto, respecto de las modificaciones al interior del presupuesto de gastos de funcionamiento para la vigencia 2026, establece que: "(...) las modificaciones en el presupuesto de Gastos de Funcionamiento y del servicio de la deuda por traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen los gastos de personal, adquisición de bienes y servicios, transferencias corrientes, disminución de pasivos y gastos por tributos, tasas, contribuciones, multas, sanciones e intereses de mora, capital, intereses y comisiones de la deuda interna o externa, se harán mediante resolución expedida por el representante legal de la entidad respectiva o por Decreto del (de la) Alcalde(sa) Local, previo cumplimiento de los requisitos establecidos por la Secretaría Distrital de Hacienda-Dirección Distrital de Presupuesto para tal fin."
Que el Proceso de Administración del Talento Humano, solicita un traslado para los rubros presupuestales "021202020080484120 Servicios de telefonía fija (acceso)" por un valor de QUINIENTOS SETENTA Y UN MIL NOVECIENTOS NUEVE PESOS M/CTE ($571.909) "021202020080686312 Servicios de distribución de electricidad (a comisión o por contrato)", por un valor de QUINIENTOS MIL PESOS M/CTE ($500.000), con el fin de contar con los recursos suficientes para realizar el pago del auxilio compensatorio de costos de servicios públicos correspondientes al primer semestre de la vigencia 2026, a los servidores públicos a quienes se les ha autorizado la modalidad de teletrabajo, atendiendo a lo normado en la Resolución No. 173 de 2023 y a lo acordado entre la Veeduría Distrital y SINTRAVEEDURIA en el marco del Acuerdo Laboral 2025-2027, específicamente en lo correspondiente al punto No. 1.
Que así mismo es necesario efectuar un traslado presupuestal respecto del rubro "021202020080686312 Servicios de distribución de electricidad (a comisión o por contrato)" por valor de SETECIENTOS SESENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y OCHO PESOS M/CTE ($762.848), dado que si bien se cuenta con ese monto dentro de la actual apropiación presupuestal, ésta no se encuentra disponible, como quiera que ha sido afectada por la acción de control parcial de apropiaciones del presupuesto anual de gastos e inversiones de Bogotá Distrito Capital para la vigencia fiscal 2026, contemplada en la Circular Externa No. SDH-000003 del 4 de junio de 2026, emitida por la Secretaría Distrital de Hacienda, lo cual tiene como consecuencia que dicho rubro presente una limitación en el sistema de información presupuestal y que los recursos se encuentren bloqueados.
Que teniendo en cuenta lo anteriormente expuesto, es necesario realizar en total un traslado presupuestal por valor de UN MILLÓN DOSCIENTOS SESENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y OCHO PESOS M/CTE ($1.262.848) en el rubro "021202020080686312 Servicios de distribución de electricidad (a comisión o por contrato)", para contar con la totalidad de los recursos disponibles y atender así, las obligaciones adquiridas por la Veeduría Distrital.
Que una vez revisada la ejecución presupuestal y las necesidades referidas, para realizar el contracrédito se verifica la existencia de recursos disponibles, sin que afecte la operatividad de la Entidad en el rubro presupuestal de "021202020070272112 Servicios de alquiler o arrendamiento con o sin opción de compra, relativos a bienes inmuebles no residenciales (diferentes a vivienda), propios o arrendados".
Que de otra parte, el precitado proceso solicitó recursos por valor de VEINTIÚN MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL CIENTO CUATRO PESOS M/CTE. ($21.468.104), con destino al rubro presupuestal "0211010300102 - Indemnización por vacaciones", toda vez que la apropiación disponible resulta insuficiente para efectuar el pago de las prestaciones sociales definitivas de los exservidores públicos Bárbara Rocío Cala Acevedo, Deysi Mayerly Bravo Zapata y Omar Tarcisio Cañas Carrillo. Lo anterior, teniendo en cuenta que, con ocasión de su retiro del servicio, deben reconocerse y compensarse en dinero los días de vacaciones causados y no disfrutados, como parte de la liquidación definitiva de sus prestaciones sociales, de conformidad con la normativa vigente.
Que una vez revisada la ejecución presupuestal y las necesidades referidas, para realizar el contracrédito se verifica la existencia de recursos disponibles, sin que afecte la operatividad de la Entidad en el rubro presupuestal de "0211010100102 Horas extras, dominicales, festivos y recargos"
Que en mérito de lo anteriormente expuesto.
RESUELVE
ARTÍCULO 1. Traslado. Efectúese el siguiente traslado en el Presupuesto de Gastos e Inversiones de la Veeduría Distrital para la vigencia fiscal 2026, por la suma de VEINTITRÉS MILLONES TRESCIENTOS DOS MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y UN PESOS M/CTE ($23.302.861), del presupuesto de funcionamiento de la entidad, en los siguientes créditos y contracréditos:
ARTÍCULO 2. Registro. Incorpórense los movimientos presupuestales de este traslado en el sistema de información presupuestal de la Secretaria Distrital de Hacienda.
ARTÍCULO 3. Vigencia. Esta resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLIQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en la ciudad de Bogotá, D.C., a los 24 días del mes de agosto del año 2026.
ADRIANA HERRERA BELTRAN
Veedora Distrital
Nota: Ver norma original en Anexos. |