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Decreto Local 014 de 2026 Alcaldía Local de San Cristóbal

Fecha de Expedición:
03/08/2026
Fecha de Entrada en Vigencia:
07/09/2026
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 8655 del 7 de septiembre de 2026.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 014 DE 2026

 

(Agosto 03)

 

Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Local de San Cristóbal para la vigencia fiscal 2026 por $3.259.794

 

EL ALCALDE LOCAL DE SAN CRISTOBAL

 

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Artículo 308 del Decreto 645 de 2025 y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 308 del Decreto 645 de 2025, sobre las Modificaciones Presupuestales estipula:

 

"Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales, reducciones y suspensión temporal de apropiaciones, según lo siguiente:

 

1. Traslado Presupuestal: Es la modificación que disminuye el monto de una apropiación para aumentar, en la misma cuantía, la de otra del mismo agregado presupuestal o entre agregados presupuestales aprobados por la JAL La disponibilidad de las apropiaciones para efectuar los traslados presupuestales, será certificada por el Responsable de Presupuesto del respectivo F.D.L.

 

Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. (...)."

 

Que, el artículo 10 del Decreto 192 del 02 de junio de 2021, estipula sobre las Modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación:

 

"Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C.. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del Alcalde Local. En el caso de los establecimientos públicos del Distrito estas modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación se harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos.

 

Estos actos administrativos requieren para su validez del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. Si se trata de gastos de inversión se requerirá, además, del concepto favorable de la Secretaría Distrital de Planeación.

 

Parágrafo. Se exceptúan del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en Gastos de Funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen Factores constitutivos de salario, Contribuciones inherentes a la nómina, Remuneraciones no constitutivas de factor salarial siempre que correspondan al mismo tipo de vinculación, Honorarios, Activos Fijos, Materiales y suministros, Adquisición de servicios, FONPET, Obligaciones por Pagar (Adquisición de Bienes, Adquisición de Servicios y Otros Gastos Generales)."

 

Que, de acuerdo con el Plan de Cuentas del Distrito Capital y el Decreto No. 025 de 2025 por el cual se liquida el presupuesto de ingresos y gastos del Fondo de Desarrollo Local de San Cristóbal para la vigencia fiscal 2026, el rubro de gastos de funcionamiento 021201010030405 "Lámparas eléctricas de incandescencia o descarga; lámparas de arco, equipo para alumbrado eléctrico; sus partes y piezas" requiere fortalecimiento presupuestal por valor de TRES MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS NOVENTA Y CUATRO PESOS M/CTE ($3.259.794) para atender los compromisos contractuales e institucionales de la entidad.

 

Que, teniendo en cuenta el estudio de mercado realizado para adelantar el proceso contractual cuyo objeto es "PRESTAR LOS SERVICIOS DE DESMONTE, SUMINISTRO, INSTALACIÓN Y PUESTA EN FUNCIONAMIENTO DE LUMINARIAS DE ALTA EFICIENCIA (TECNOLOGÍA LED) PARA LA MODERNIZACIÓN TECNOLÓGICA DEL SISTEMA DE ILUMINACIÓN DE LOS POSTES INTERNOS DE LA ALCALDÍA, EN CUMPLIMIENTO DE LAS METAS DE AHORRO Y EFICIENCIA ENERGÉTICA ESTABLECIDAS EN EL PLAN INSTITUCIONAL DE GESTIÓN AMBIENTAL (PIGA) PARA LA VIGENCIA 2026", se determinó un valor estimado del proceso por la suma de VEINTE MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE PESOS M/CTE ($20.587.359) de la vigencia fiscal 2026.

 

Que, de acuerdo con las partidas requeridas en el citado estudio de mercado, el rubro 021201010030405 "Lámparas eléctricas de incandescencia o descarga; lámparas de arco, equipo para alumbrado eléctrico; sus partes y piezas" requiere contar con una disponibilidad de $13.259.794; sin embargo, solo cuenta con una apropiación inicial por valor de $10.000.000, resultando insuficiente para adelantar el respectivo proceso de selección.

 

Que, con el fin de financiar la insuficiencia presupuestal identificada, se evaluó la disponibilidad de recursos en el rubro 02120202005040654619 "Otros servicios de instalaciones eléctricas", el cual cuenta con una apropiación disponible de $44.676.000. Dado que para la ejecución del proceso únicamente se requiere una disponibilidad de $7.327.565 en dicho rubro, es técnicamente viable liberar la suma de TRES MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS NOVENTA Y CUATRO PESOS M/CTE ($3.259.794) mediante contracrédito.

 

Que, la ejecución del proyecto de modernización tecnológica del sistema de iluminación perimetral e interno de la sede principal de la Alcaldía Local de San Cristóbal permitirá garantizar condiciones adecuadas de seguridad, eficiencia lumínica y austeridad en el gasto público mediante el reemplazo e instalación de luminarias LED.

 

Que, asimismo, esta intervención fortalece el cumplimiento del Plan Institucional de Gestión Ambiental (PIGA) 2024-2028 y del Plan de Acción PIGA de la vigencia 2026, alineados con el Subsistema de Gestión Ambiental de la entidad, contribuyendo a prevenir, mitigar y reducir los impactos ambientales negativos, así como a proteger la infraestructura física y la integridad de los funcionarios y usuarios de la entidad.

 

Que, mediante memorando con radicado No. 20265420008033 del 31 de julio de 2026, se justificó la necesidad técnica y la viabilidad del traslado presupuestal solicitado por valor de TRES MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS NOVENTA Y CUATRO PESOS M/CTE ($3.259.794).

 

Que, por lo expuesto, se cuenta con la disponibilidad presupuestal susceptible de ser contracreditada para realizar el traslado presupuestal requerido.

 

En mérito de lo anteriormente expuesto el alcalde local,

 

DECRETA:

 

Artículo 1º. Efectúese los siguientes contracréditos al Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones de la vigencia 2026 del Fondo de Desarrollo Local de San Cristóbal conforme al siguiente detalle:

 

CONTRACRÉDITOS

 

CÓDIGO

DESCRIPCIÓN

CONTRACREDITOS

02

GASTOS

$ 3.259.794

021

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

$ 3.259.794

0212

Adquisición de bienes y servicios

$ 3.259.794

021202

Adquisiciones diferentes de activos

$ 3.259.794

02120202

Adquisición de servicios

$ 3.259.794

02120202005

Servicios de la construcción

$ 3.259.794

0212020200504

Servicios de construcción

$ 3.259.794

021202020050406

Servicios de instalaciones

$ 3.259.794

02120202005040654619

Otros servicios de instalaciones eléctricas

$ 3.259.794

TOTAL CONTRACRÉDITOS

$ 3.259.794

 

Artículo 2º.- Efectúese los siguientes créditos al Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones de la vigencia 2026 del Fondo de Desarrollo Local de San Cristóbal conforme al siguiente detalle:

 

CRÉDITOS

 

CÓDIGO

DESCRIPCIÓN

CREDITOS

02

GASTOS

$ 3.259.794

021

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

$ 3.259.794

0212

Adquisición de bienes y servicios

$ 3.259.794

021201

Adquisición de activos no financieros

$ 3.259.794

02120101

Activos fijos

$ 3.259.794

02120101003

Maquinaria y equipo

$ 3.259.794

0212010100304

Maquinaria y aparatos eléctricos

$ 3.259.794

021201010030405

Lámparas eléctricas de incandescencia o descarga; lámparas de arco, equipo para alumbrado eléctrico; sus partes y piezas

$ 3.259.794

TOTAL CRÉDITOS

$ 3.259.794

 

Artículo 3º. Comunicación. Una vez expedido el presente Decreto, comuníquese inmediatamente el contenido del mismo a la Secretaría Distrital de Hacienda Dirección Distrital de Presupuesto, para lo de su cargo.

 

Artículo 4º. Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

 

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Se expide en Bogotá D.C., en la Localidad de San Cristóbal a los 03 días del mes de agosto del año 2026.

 

CARLOS HERNANDO MACIAS MONTOYA

 

Alcalde Local de San Cristóbal.

 

Nota: Ver norma original en Anexos.