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Decreto 365 de 2026 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
09/09/2026
Fecha de Entrada en Vigencia:
09/09/2026
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 365 DE 2026

 

(Septiembre 09)

 

Por medio del cual se reanuda el disfrute de unas vacaciones y se efectúa un encargo

 

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

 

En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el Decreto Ley No. 1421 de 1993, el Decreto No. 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto No. 648 de 2017 y,

 

CONSIDERANDO QUE:

 

De conformidad con el artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993, corresponde al Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., dirigir la acción administrativa y asegurar el cumplimiento de las funciones, la prestación de los servicios y la construcción de las obras a cargo del Distrito.

 

En virtud de lo dispuesto en el artículo 8º del Decreto Ley 1045 de 1978, los empleados públicos tienen derecho a quince (15) días hábiles de vacaciones por cada año de servicio, salvo disposición en contrario.

 

A su vez, de conformidad con los artículos 15 y 16 ibidem, el disfrute de las vacaciones podrá interrumpirse por las necesidades del servicio, caso en el cual el servidor conserva el derecho a reanudar el periodo pendiente, a partir de la fecha que se determine para tal efecto.

 

Por su parte, el artículo 24 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 1º de la Ley 1960 de 2019, dispone que los empleos de libre nombramiento y remoción vacantes temporal o definitivamente podrán proveerse mediante encargo de empleados de carrera o de libre nombramiento y remoción que cumplan los requisitos y el perfil para su desempeño.

 

Al respecto, mediante Decreto Distrital No. 202 de 2025, se concedió a partir del 19 de mayo de 2025, el disfrute de quince (15) días hábiles de vacaciones, a la servidora pública VANESSA ALEXANDRA VELASCO BERNAL, identificada con la cédula de ciudadanía No. 52.331.161, Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la Secretaria Distrital del Hábitat, correspondientes al periodo laborado comprendido entre el 1º de enero de 2024 al 31 de diciembre de 2024.

 

No obstante, mediante Decretos Distritales Nos. 215 de 2025, 107 y 276 de 2026, se interrumpió el disfrute de las vacaciones concedidas a la servidora pública VANESSA ALEXANDRA VELASCO BERNAL, correspondientes al periodo laborado comprendido entre el 1º de enero de 2024 al 31 de diciembre de 2024, quedándole pendiente por disfrutar cuatro (4) días hábiles de vacaciones.

 

Posteriormente, mediante oficio radicado con el No. 1-2026-38467 del 3 de septiembre de 2026, la Directora Administrativa de la Secretaría Distrital del Hábitat, Marcela del Pilar Medina Sánchez, solicitó la reanudación de los cuatro (4) días hábiles de vacaciones pendientes de la servidora pública VANESSA ALEXANDRA VELASCO BERNAL, a partir del 10 de septiembre de 2026, así como efectuar el respectivo encargo de las funciones del empleo de Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la Secretaria Distrital del Hábitat.

 

Teniendo en cuenta lo anterior, se hace necesario reanudar el disfrute de los cuatro (4) días hábiles de vacaciones pendientes de la servidora pública VANESSA ALEXANDRA VELASCO BERNAL y efectuar el respectivo encargo de las funciones del empleo de Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la Secretaría Distrital del Hábitat, con el fin de garantizar la continuidad en la prestación del servicio a cargo de esta Secretaría,

 

Finalmente, la Directora Administrativa de la Secretaria Distrital del Hábitat, Marcela del Pilar Medina Sánchez, certificó que el servidor público REDY ADOLFO LÓPEZ LÓPEZ, identificado con la cédula de ciudadanía No. 79.628.796, Subsecretario de Despacho, Código 045, Grado 08 de la Subsecretaría de Planeación y Políticas de la misma entidad, cumple con los requisitos para ejercer en encargo las funciones del empleo Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la Secretaria Distrital del Hábitat.

 

En mérito de lo expuesto,

 

DECRETA:

 

Artículo 1º. Reanudación de vacaciones. Reanudar a partir del 10 de septiembre de 2026, el disfrute de los cuatro (4) días hábiles pendientes de vacaciones, a la servidora pública VANESSA ALEXANDRA VELASCO BERNAL, identificada con la cédula de ciudadanía No. 52.331.161, Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09 de la Secretaría Distrital del Hábitat, correspondientes al período laborado comprendido entre el 1º de enero de 2024 y el 31 de diciembre de 2024.

 

Artículo 2º. Encargo. Encargar a partir del 10 de septiembre de 2026, al servidor público REDY ADOLFO LÓPEZ LÓPEZ, identificado con la cédula de ciudadanía No. 79.628.796, Subsecretario de Despacho, Código 045, Grado 08 de la Subsecretaría de Planeación y Políticas de la Secretaria Distrital del Hábitat, de las funciones del empleo Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09 de la misma entidad y hasta por el término que duren las vacaciones de la titular del empleo.

 

Artículo 3º. Comunicaciones. Comunicar a los servidores públicos VANESSA ALEXANDRA VELASCO BERNAL y REDY ADOLFO LÓPEZ LÓPEZ, a la Secretaria Distrital del Hábitat, al Despacho de la Secretaría Juridica Distrital y a la Dirección de Talento Humano de la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá. D.C., el contenido del presente Decreto, a través de la Subdirección de Gestión Documental de esta última Secretaria,

 

Parágrafo. Para los efectos del presente artículo y con el fin de facilitar las comunicaciones a cargo de la Subdirección de Gestión Documental de la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., a continuación, se relacionan los correos electrónicos de los servidores públicos de que trata el presente acto administrativo.

 

No.

Nombres y Apellidos

Correos electrónicos

1

VANESSA ALEXANDRA VELASCO BERNAL

vanessa.velasco@habitatbogota.gov.co

2

REDY ADOLFO LÓPEZ LÓPEZ

redy.lopez@habitatbogota.gov.co

 

Artículo 4º. Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

 

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 09 días del mes de septiembre del año 2026.

 

CARLOS FERNANDO GALÁN PACHÓN

 

Alcalde Mayor

 

NOTA: Ver norma original en Anexos.