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Circular 030 de 2026 Secretaría Jurídica Distrital - Dirección de Gestión Corporativa

Fecha de Expedición:
02/09/2026
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

CIRCULAR 030 DE 2026

 

(02 de Septiembre)

 

Para: SERVIDORES Y SERVIDORAS PÚBLICAS DE LA SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL. 

 

De: SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL / DIRECCIÓN DE GESTIÓN CORPORATIVA. 

 

Asunto: EXÁMENES MÉDICOS OCUPACIONALES PERIÓDICOS Y SUSPENSIÓN TEMPORAL DE TELETRABAJO. 

 

Cordial saludo. 

 

En atención a lo dispuesto en el artículo 2.2.4.6.10. del Decreto 1072 de 2015¹ y la Resolución 1843 de 2025² expedida por el Ministerio del Trabajo, la práctica de evaluaciones médicas ocupacionales periódicas constituye una obligación legal indispensable para monitorear la exposición a factores de riesgo e identificar alteraciones en la salud del personal. 

 

Por lo anterior, la Dirección de Gestión Corporativa informa la obligatoriedad de la asistencia a las jornadas de exámenes médicos ocupacionales periódicos del año en curso, bajo los siguientes lineamientos: 

 

ALCANCE

 

Servidores y servidoras de carrera administrativa, provisionalidad, libre nombramiento y remoción con un año o más de servicio continuo o discontinuo en la entidad. 

 

CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES 

 

ACTIVIDAD

FECHAS

HORA

LUGAR

Toma de laboratorios

3 y 4 de septiembre de 2026

7:00 a.m. a 9:30 a.m.

Sede Secretaría Jurídica Distrital. Salas de la DGC, Edificio Bicentenario II. Piso 3.

Jornada de exámenes médicos periódicos, audiometría y optometría

7, 8 y 9 de septiembre de 2026

7:00 a.m. a 4:00 p.m.

Sede Secretaría Jurídica Distrital. Salas de la DGC, Edificio Bicentenario II, Piso 3.

 

Lineamientos y Obligatoriedad 

 

- Responsabilidad individual: En concordancia a lo dispuesto en el Artículo 2.2.4.6.10. del Decreto 1072 de 2015, es deber fundamental de cada servidor(a) procurar el cuidado integral de su salud y asistir de manera obligatoria a las jornadas programadas dentro del marco del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST). 

 

"Responsabilidades de los trabajadores. Los trabajadores, de conformidad con la normatividad vigente tendrán entre otras, las siguientes responsabilidades: 

 

1. Procurar el cuidado integral de su salud; 

 

2. Suministrar información clara, veraz y completa sobre su estado de salud; 

 

3. Cumplir las normas, reglamentos e instrucciones del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo de la empresa; 

 

4. Informar oportunamente al empleador o contratante acerca de los peligros y riesgos latentes en su sitio de trabajo;

 

5. Participar en las actividades de capacitación en seguridad y salud en el trabajo definido en el plan de capacitación del SG-SST; y 

 

6. Participar y contribuir al cumplimiento de los objetivos del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST." 

 

A su vez, el Capítulo II de la Resolución 1843 de 2025, determina:

 

 "Evaluaciones médicas ocupacionales: Las evaluaciones médicas ocupacionales que debe realizar el empleador público y privado o contratante en forma obligatoria son como mínimo, las siguientes: 

 

(...) 

 

b) Evaluaciones médicas periódicas (programadas o por cambios de ocupación)." 

 

- Suspensión temporal del teletrabajo: Durante los días correspondientes al agendamiento individual de las pruebas, la modalidad de teletrabajo quedará suspendida temporalmente. Esta medida se adopta de conformidad con el numeral 7 del artículo 17 de la Resolución 117 de 2026³ de la Secretaría Jurídica Distrital, los preceptos fijados en la Política Interna de Teletrabajo y los acuerdos de voluntariedad suscritos entre las partes. 

 

- Inasistencias y reagendamiento: La inasistencia injustificada generará el cobro del valor de los exámenes programados. Únicamente se admitirá el reagendamiento por circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito debidamente soportadas y justificadas. 

 

La asignación detallada de turnos y horarios específicos por dependencia se notificará oportunamente mediante memorando electrónico. Se solicita a los directivos de área coordinar las cargas laborales para no agendar actividades institucionales que interfieran con la asistencia a las jornadas. 

 

Cordialmente, 

 

MARÍA FERNANDA QUIJANO VÁSQUEZ

 

Directora de Gestión Corporativa

 

Proyectó: Stefany Benitez, Contratista, Dirección de Gestión Corporativa

Revisó: Laura Valentina Gómez Gutiérrez, Contratista, Dirección de Gestión Corporativa

Aprobó: Karina Suarez Salcedo- Contratista- Dirección de Gestión Corporativa 

   María Fernanda Quijano Vásquez- Directora de Gestión Corporativa 

 

³ "Por la cual se adopta la Política Interna de Teletrabajo en la Secretaría Jurídica Distrital y se dictan otras disposiciones"

 

Nota. Ver norma original en Anexos.