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RESOLUCIÓN 172 DE 2026
(Septiembre 14)
Por la cual se hace un traslado en el Presupuesto de Gastos e Inversiones de la Veeduría Distrital para la vigencia fiscal 2026
LA VEEDORA DISTRITAL
En ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 109 del Decreto Distrital 645 de 2025 y
CONSIDERANDO
Que el Artículo 109 del Decreto Distrital 645 de 2025 "Por medio del cual se expide el Decreto Único del Sector Hacienda", señala que: "Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del alcalde o alcaldesa local. (...)".
Que el parágrafo único del citado artículo exceptúa del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en gastos de funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen factores constitutivos de salario; contribuciones inherentes a la nómina; remuneraciones no constitutivas de factor salarial siempre que correspondan al mismo tipo de vinculación, honorarios, activos fijos, materiales y suministros, adquisición de servicios, FONPET, obligaciones por pagar (adquisición de bienes, adquisición de servicios y otros gastos generales).
Que mediante la Resolución No. 191 del 22 de septiembre de 2017, la Secretaría Distrital de Hacienda adoptó y consolidó el Manual de Programación, Ejecución y Cierre Presupuestal del Distrito Capital, el cual en su numeral 3.2.1.4.2 define los traslados presupuestales internos como "(...) operaciones simultáneas que se realizan entre los gastos de funcionamiento, servicio de la deuda y gastos de Inversión, sin que los agregados presupuestales se modifiquen, consisten en reducir un rubro presupuestal (contracrédito) que tiene saldo libre de afectación presupuestal para adicionar otro rubro (crédito)".
Que mediante el Decreto Distrital 675 del 30 de diciembre de 2025 se liquidó el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026, contemplando lo propio para la Veeduría Distrital.
Que el Artículo 31 del citado decreto, respecto de las modificaciones al interior del presupuesto de gastos de funcionamiento para la vigencia 2026, establece que: "(...) las modificaciones en el presupuesto de Gastos de Funcionamiento y del servicio de la deuda por traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen los gastos de personal, adquisición de bienes y servicios, transferencias corrientes, disminución de pasivos y gastos por tributos, tasas, contribuciones, multas, sanciones e intereses de mora, capital, intereses y comisiones de la deuda interna o externa, se harán mediante resolución expedida por el representante legal de la entidad respectiva o por Decreto del (de la) Alcalde (sa) Local, previo cumplimiento de los requisitos establecidos por la Secretaría Distrital de Hacienda-Dirección Distrital de Presupuesto para tal fin."
Que el Proceso de Administración del Talento Humano, evidencia la necesidad de cubrir costos de desplazamiento y viáticos de los servidores públicos de la Veeduría Distrital, que en desarrollo de sus funciones deban trasladarse a otras ciudades y que con ocasión de ello requieran cubrir el pago de tiquetes de viaje terrestre y/o aéreo, así como los gastos de alojamiento, alimentación y manutención, por tal razón se solicita contar con recursos presupuestales por valor de TREINTA Y CINCO MILLONES DE PESOS M/CTE ($35.000.000), distribuidos así: QUINCE MILLONES DE PESOS M/CTE ($15.000.000) con destino al rubro "02120202010 Viáticos de los funcionarios en comisión, UN MILLÓN DE PESOS M/CTE ($1.000.000) con destino al rubro "021202020060464220 Servicios de transporte terrestre de pasajeros, diferente del transporte local y turístico de pasajeros" y DIECINUEVE MILLONES DE PESOS M/CTE ($19.000.000) con destino al rubro "021202020060464241 Servicios de transporte aéreo de pasajeros, excepto los servicios de aerotaxi".
Que es necesario aclarar que el último rubro presupuestal cuenta con apropiación presupuestal, éste no se encuentra disponible, como quiera que ha sido afectado por la acción de control parcial de apropiaciones del presupuesto anual de gastos e inversiones de Bogotá Distrito Capital para la vigencia fiscal 2026, contemplado en la Circular Externa No. SDH-000003 del 4 de junio de 2026, emitida por la Secretaría Distrital de Hacienda, lo cual tiene como consecuencia que dicho rubro presente una limitación en el sistema de información presupuestal y que los recursos actuales se encuentren bloqueados.
Que una vez revisada la ejecución presupuestal y las necesidades referidas, para realizar el contracrédito se verifica la existencia de recursos disponibles, sin que afecte la operatividad de la Entidad en el rubro presupuestal de "021202020080484290 Otros servicios de telecomunicaciones vía Internet".
Que de otra parte el precitado proceso, después de realizar una proyección de los gastos de personal para el cierre de la presente vigencia y verificar los saldos de los rubros presupuestales a la fecha, determinó que algunos presentan déficit. Lo anterior, ocasionado por el alto número de personal vinculado y desvinculado de la planta de empleos de la Entidad, como resultado de los movimientos generados a partir de los nombramientos efectuados con ocasión de las listas de elegibles de la Convocatoria Distrito Capital 6. Por ello, se requieren recursos por valor de NOVENTA Y DOS MILLONES OCHOCIENTOS MIL PESOS M/CTE ($92.800.000), con destino a los siguientes rubros presupuestales:
Que una vez revisada la ejecución presupuestal y las necesidades referidas, para realizar el contracrédito se verifica la existencia de recursos disponibles, sin que afecte el pago de obligaciones laborales de la Entidad en el rubro presupuestal de "0211010100101 Sueldo básico".
Que en mérito de lo anteriormente expuesto.
RESUELVE
ARTÍCULO 1. Traslado. Efectúese el siguiente traslado en el Presupuesto de Gastos e Inversiones de la Veeduría Distrital para la vigencia fiscal 2026, por la suma CIENTO VEINTISIETE MILLONES OCHOCIENTOS MIL PESOS M/CTE ($127.800.000), del presupuesto de funcionamiento de la Entidad, en los siguientes créditos y contracréditos:
ARTÍCULO 2. Registro. Incorpórense los movimientos presupuestales de este traslado en el sistema de información presupuestal de la Secretaría Distrital de Hacienda.
ARTÍCULO 3. Vigencia. Esta resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá D.C., a los 14 días del mes de septiembre del año 2026.
ADRIANA HERRERA BELTRÁN
Veedora Distrital
NOTA: Ver norma original en Anexos
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