Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Decreto 113 de 2026 Nivel Nacional

Fecha de Expedición:
30/01/2026
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 113 DE 2026

 

(Enero 30)

 

Por el cual se designa en interinidad a una Notaria en la Notaría Sesenta y Nueve (69) del Círculo Notarial de Bogotá D.C.

 

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA

 

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el artículo 5 del Decreto Ley 2163 de 1970, en concordancia con las disposiciones del artículo 2 de la Ley 588 de 2000 y los artículos 2.2.6.1.5.3.6 y 2.2.6.1.5.3.9 del Decreto 1069 de 2015, у

 

CONSIDERANDO:

 

Que la señora María Inés Pantoja Ponce, identificada con la cédula de ciudadanía No. 31.243.000, fue nombrada en propiedad como Notaria Sesenta y Nueve (69) del Círculo Notarial de Bogotá D.C., mediante Decreto 3679 del 22 de septiembre de 2008 expedido por el Gobierno Nacional.

 

Que de conformidad con lo previsto en el artículo 2.2.6.1.5.3.9 del Decreto 1069 de 2015, se produce falta absoluta del notario por. "4. Retiro forzoso (...)".

 

Que en cumplimiento de las disposiciones del numeral 8 del artículo 13 del Decreto 2723 de 2014, el Superintendente de Notariado y Registro, el 13 de diciembre de 2022, certificó la vacancia de la Notaria Sesenta y Nueve (69) del Circulo Notarial de Bogotá D.C., por generarse la falta absoluta de la Notaria, bajo la causal arriba señalada.

 

Que la Notaría Sesenta y Nueve (69) del Circulo Notarial de Bogotá D.C., quedó vacante por el retiro forzoso de su titular, la señora María Inés Pantoja Ponce, efectuado por el Gobierno Nacional mediante Decreto 2333 del 28 de noviembre de 2022.

 

Que mediante el Decreto 412 del 3 de abril de 2025 se designó en encargo a la señora Sandra Milena Ramírez Barreto, identificada con la cédula de ciudadanía 52.697.396 de Bogotá, en la Notaría Sesenta y Nueve (69) del Circulo Notarial de Bogotá D.C.

 

Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley 588 de 2000, en caso de vacancia, si no hay lista de elegibles vigente, el nominador podrá designar notarios en interinidad, mientras el organismo competente realiza el respectivo concurso.

 

Que la lista definitiva de elegibles aprobada mediante Acuerdo 026 de 2016 en el marco del concurso de méritos público y abierto para el ingreso a la carrera notarial convocado con el Acuerdo 001 de 2015, ambos expedidos por el Consejo Superior de la Carrera Notarial, estuvo vigente hasta el 3 de julio de 2018.

 

Que el artículo 2.2.6.2.1. del Decreto 1069 de 2015 señala que, para el nombramiento de notarios en interinidad, el nominador deberá contar con el concepto previo de la Superintendencia de Notariado y Registro sobre las notarías respecto de las cuales es viable efectuar designaciones con ese carácter.

 

Que, conforme a las certificaciones emitidas por la Superintendencia de Notariado y Registro, es procedente designar un notario en interinidad en la Notaria Sesenta y Nueve (69) del Circulo Notarial de Bogotá D.C., que cumpla los requisitos legales establecidos en los artículos 132 y 153 del Decreto Ley 960 de 1970.

 

Que en cumplimiento de lo señalado en el numeral 3 del artículo 25 del Decreto 2723 de 2014, el Director de Administración Notarial de la Superintendencia de Notariado y Registro, mediante documento de fecha 17 de diciembre de 2025 certificó que: "una vez revisada la documentación aportada por la señora SANDRA MILENA RAMIREZ BARRETO identificada con la cédula de ciudadanía 52.697.396 de Bogotá, se estableció que la citada profesional cumple con las calidades exigidas por la ley para el ejercicio de la función notarial, en Notarias de Primera Categoría".

 

Que en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2.2.6.2.1 del Decreto 1069 de 2015, el Superintendente de Notariado y Registro, el 17 de diciembre de 2025, emitió concepto favorable sobre la viabilidad de designar a la señora "SANDRA MILENA RAMIREZ BARRETO identificada con la cédula de ciudadanía 52.697.396 de Bogotá, como Notaría (sic) Sesenta y Nueve (69) del Círculo Notarial de Bogotá D.C, en calidad de Interinidad; quien cumple con las calidades exigidas por la ley para el ejercicio de la función notarial."

 

Que, en este orden, se procede a designaren interinidad a la señora SANDRA MILENA RAMIREZ BARRETO identificada con la cédula de ciudadanía 52.697.396 de Bogotá, en el cargo de Notaria Sesenta y Nueve (69) del Círculo Notarial de Bogotá D.C.

 

En mérito de lo expuesto,

 

DECRETA

 

Artículo 1°. Designación en interinidad: Desígnese en interinidad a la señora Sandra Milena Ramírez Barreto identificada con la cédula de ciudadanía 52.697.396 de Bogotá D.C., en el cargo de Notaria Sesenta y Nueve (69) del Circulo Notarial de Bogotá D.C.

Artículo 2°. Acreditación de documentos para tomar posesión del cargo. Para posesionarse en el cargo, la designada debe aportar y acreditar, ante el Ministerio de Justicia y del Derecho[1], la documentación de Ley.

 

Artículo 3º. Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

 

PUBLIQUESE, COMUNIQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en la ciudad de Bogotá, D.C., a los 30 días del mes de enero del año 2026.

 

EL SECRETARIO DE TRANSPARENCIA DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA ENCARGADO DEL EMPLEO DE MINISTRO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO,

 

ANDRES IDARRAGA FRANCO

 

Nota: Ver norma original en los anexos.


[1] Artículo 2 del Decreto 2817 de 1974 "Los Notarios Públicos y el Registrador de Instrumentos Públicos del Circulo de Bogotá tomarán posesión de sus cargos ante el Ministro de Justicia."