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Acuerdo 006 de 2026 Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología - ATENEA

Fecha de Expedición:
17/09/2026
Fecha de Entrada en Vigencia:
21/09/2026
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 8665 del 21 de septiembre de 2026.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 006 DE 2026

 

(Septiembre 17)

 

Por el cual se autoriza a la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología - Atenea, a solicitar vigencias futuras ordinarias con declaratoria de importancia estratégica ante el CONFIS Distrital, para el periodo 2027-2033, con el fin de garantizar los recursos de matrícula de los beneficiarios de la sexta convocatoria del programa Jóvenes a la E

 

EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA AGENCIA DISTRITAL PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR, LA CIENCIA Y LA TECNOLOGÍA "ATENEA"

 

En ejercicio de las facultades legales que confiere la Ley 819 de 2003 y el artículo 118 del Decreto Único Sectorial 645 de 2025, el artículo 55 del Decreto Distrital 650 de 2025 y

 

CONSIDERANDO

 

Que el artículo 14 de la Ley 2116 de 2021, adicionó el artículo 143 A al Decreto Ley 1421 de 1993, el cual determina:

 

"Artículo 143A. Vigencias futuras ordinarias. El Confis Distrital podrá autorizar la asunción de obligaciones que afecten presupuestos de vigencias futuras de funcionamiento o inversión cuando su ejecución se inicie con el presupuesto de la vigencia en curso y el objeto del compromiso se lleve a cabo en cada una de ellas siempre y cuando se cumpla que:

 

a. El monto máximo de vigencias futuras, el plazo y las condiciones de las mismas consulte las metas plurianuales del Marco Fiscal de Mediano Plazo de que trata esta ley.

 

b. Como mínimo, de las vigencias futuras que se soliciten se deberá contar con apropiación del quince por ciento (15%) en la vigencia fiscal en la que estas sean autorizadas.

 

c. Se disponga del concepto favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda y de la Secretaría Distrital de Planeación, cuando se trate de proyectos de inversión.

 

d. Cuando se trate de proyectos de inversión con cofinanciación de la nación, deberá obtenerse el concepto previo y favorable del Departamento Nacional de Planeación.

 

La autorización por parte del Confis para comprometer presupuesto con cargo a vigencias futuras no podrá superar el respectivo periodo de gobierno. Se exceptúan los proyectos de gastos de inversión en aquellos casos en que el Consejo de Gobierno previamente los declare de importancia estratégica.

 

El Gobierno Distrital reglamentará la materia.

 

La Secretaría Distrital de Hacienda Dirección Distrital de Presupuesto incluirá en los proyectos de presupuesto, las asignaciones necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en este artículo".

 

Que el Decreto Distrital 714 de 1996, en su artículo 10 literal j) señala como una de las funciones del CONFIS la de "Autorizar de conformidad con el Artículo 12 del presente Acuerdo, la asunción de obligaciones con cargo a vigencias futuras, siempre que estas estén consignadas en el Plan de Desarrollo respectivo".

 

Que el Decreto Único Sectorial 645 de 2025, en el artículo 119 indica que cuando se requiera solicitar la declaratoria de importancia estratégica ante el Consejo de Gobierno Distrital para el trámite de vigencias futuras ordinarias que exceden el periodo de mandato, la respectiva Secretaría de Despacho, cabeza del sector, en coordinación con la entidad que ejecutará las vigencias futuras, deberá presentar la solicitud al Consejo de Gobierno, presentar el proyecto y contar con el aval fiscal por parte del CONFIS Distrital.

 

Que la Circular 007 de 2024 del Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal CONFIS, actualizó la guía básica sobre vigencias futuras y procedimiento para su solicitud ante el CONFIS Distrital.

 

Que la Resolución 191 de 2017, modificada parcialmente por la Resolución SDH-037 de 2019 de la Secretaría Distrital de Hacienda, adoptó el Manual Operativo Presupuestal del Distrito Capital, el cual, en su numeral 2.8. define las vigencias futuras como:

 

"(...) una herramienta presupuestal para asumir compromisos con cargo a presupuestos de vigencias fiscales posteriores, con el objetivo de ejecutar gastos de funcionamiento y/o de inversión con un horizonte mayor a un año, las cuales se clasifican en Ordinarias y Excepcionales".

 

Que el Manual Operativo Presupuestal del Distrito Capital en el numeral 2.8.2 literal f) establece que para solicitar concepto favorable de vigencias futuras ante el CONFIS Distrital, se debe contar con "F. Autorización previa de la Junta o Consejo Directivo en los casos que aplique".

 

Que de conformidad con lo previsto en el artículo 53 del Decreto Distrital 650 de 2025, la Dirección de la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología está a cargo del Consejo Directivo y del Director General.

 

Que igualmente, el citado Decreto Distrital, establece en el artículo 51 numeral 1 como función de la Agencia la de: "Liderar, acompañar y dar soporte técnico en la formulación y ejecución de los planes, programas y proyectos distritales de acceso, permanencia y pertinencia de la educación posmedia".

 

Que, en el marco del Plan Distrital de Desarrollo "Bogotá Camina Segura", el Distrito definió como una de sus apuestas estratégicas la ampliación del acceso y la permanencia en la educación posmedia, reconociendo este nivel educativo como un determinante clave para la movilidad social, la reducción de brechas socioeconómicas y el fortalecimiento del desarrollo productivo de la ciudad. En desarrollo de este propósito, se estableció la meta de "Ofrecer 32.000 cupos en las estrategias de acceso y permanencia en la educación superior y posmedia; de los cuales 22.000 cupos serán para educación superior y 10.000 cupos para educación para el trabajo y el desarrollo humano".

 

Que la Agencia Atenea, bajo la Gerencia de Educación Posmedia formuló el proyecto de inversión 8122 "Fortalecimiento e implementación de estrategias de acceso y permanencia en programas de educación posmedia pertinentes y acordes con las demandas sociales y productivas de Bogotá D.C.", con identificación en el Sistema Financiero Bogdata 0230117220220240205, cuyo objetivo es aumentar los niveles de acceso y permanencia en programas de educación posmedia pertinentes y acordes con las demandas sociales y productivas de la ciudad de Bogotá.

 

Que la Agencia Atenea, en el marco del proyecto de inversión 8122, asumió a partir del año 2024 la implementación del programa "Jóvenes a la E", el cual busca fomentar el acceso y la permanencia en la educación posmedia mediante la consolidación de un modelo flexible, pertinente e inclusivo. En este sentido, los recursos requeridos para su financiación, asociados a la solicitud de vigencias futuras, corresponden al presupuesto del mencionado proyecto.

 

Que con el objeto de sumar al cumplimiento de la meta del Plan Distrital de Desarrollo: "Ofrecer 32.000 cupos en las estrategias de acceso y permanencia en la educación superior y posmedia; de los cuales 22.000 cupos serán para educación superior y 10.000 cupos para educación para el trabajo y el desarrollo humano", la Agencia Atenea tramitará la correspondiente solicitud de vigencias futuras para implementar la sexta convocatoria del programa Jóvenes a la E, en articulación con instituciones de educación superior públicas y privadas, estimando un total de 4.505 cupos para el acceso a la educación posmedia, para beneficiarios que iniciarían su formación académica en el periodo 2027-1.

 

Que los cupos y recursos proyectados implican un proceso formativo de entre cuatro y doce semestres, dependiendo del nivel de formación (técnico profesional, tecnólogo, profesional universitario) y del programa en el que se matriculen los beneficiarios, por lo que resulta necesario garantizar los recursos requeridos para cubrir la cohorte completa.

 

Que el objeto de las vigencias futuras es garantizar la cobertura completa del proceso de formación de los jóvenes que ingresarán a la educación superior a través del programa "Jóvenes a la E" en su sexta convocatoria, por tanto, se requiere la aprobación del cupo de vigencias futuras ordinarias y la declaratoria de importancia estratégica.

 

Que el CONFIS Distrital en Sesión No. 18 del 11 de septiembre de 2026, de conformidad con lo establecido en el artículo 119 del Decreto 645 de 2025, y con el fin de solicitar posteriormente la Declaratoria de Importancia Estratégica respectiva, otorgó aval fiscal a las vigencias futuras ordinarias 2027-2033 para inversión, por valor de NOVENTA Y UN MIL NOVENTA Y CINCO MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS NOVENTA Y NUEVE MCTE ($91.095.377.799) a precios constantes del 2026, NOVENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y DOS MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y UN MIL SEISCIENTOS SETENTA Y NUEVE MCTE ($99.982.551.679) en precios corrientes, lo cual fue notificado a la SED como cabeza de sector mediante el radicado 2-2026-53410.

 

Que conforme a la certificación expedida por la Subgerencia Financiera de Atenea, de fecha 20 de agosto del año en curso, se indica que para la vigencia del 2026 se cuenta con una apropiación presupuestal disponible de $73.662.687.777 en el proyecto de inversión 023011722022024020501063 "Fortalecimiento e implementación de estrategias de acceso y permanencia en programas de educación posmedia pertinentes y acordes con las demandas sociales y productivas de Bogotá D.C.", posición presupuestal 0232020200992512 "Servicios de educación superior nivel pregrado universitaria", de los cuales $70.363.761.977 corresponden a la fuente 3-100-1017 VA-CONVENIOS y $3.298.925.800 a la fuente 1-100-F039 VA-CRÉDITO, contando con el saldo de apropiación disponible suficiente para apalancar el 15% de la solicitud de vigencias futuras ordinarias.

 

Que, en sesión del 17 de septiembre de 2026, el Consejo Directivo, autorizó a la Agencia Atenea, para efectuar los trámites pertinentes para solicitar las vigencias futuras ordinarias y la declaratoria de importancia estratégica en el presupuesto de inversión del proyecto 8122 "Fortalecimiento e implementación de estrategias de acceso y permanencia en programas de educación posmedia pertinentes y acordes con las demandas sociales y productivas de Bogotá D.C." para los años comprendidos entre el 2027 y 2033, con el fin de garantizar los recursos de los beneficiarios del programa "Jóvenes a la E" en su sexta convocatoria con instituciones públicas y privadas.

 

Que, en mérito de lo expuesto,

 

ACUERDAN:

 

ARTÍCULO PRIMERO: autorizar a la Agencia Atenea para adelantar el trámite de solicitud de vigencias futuras ordinarias y las gestiones necesarias para obtener la declaratoria de importancia estratégica ante la instancia competente, en gastos de inversión del proyecto 8122 "Fortalecimiento e implementación de estrategias de acceso y permanencia en programas de educación posmedia pertinentes y acordes con las demandas sociales y productivas de Bogotá D.C.", para los años comprendidos entre el 2027 y 2033, con el fin de garantizar los recursos de las matrículas de la sexta convocatoria del programa "Jóvenes a la E" que se desarrollará en colaboración con instituciones públicas y privadas por un valor total de NOVENTA Y UN MIL NOVENTA Y CINCO MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS NOVENTA Y NUEVE MCTE ($91.095.377.799) a precios constantes del 2026, NOVENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y DOS MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y UN MIL SEISCIENTOS SETENTA Y NUEVE MCTE ($99.982.551.679) en precios corrientes, los cuáles serán ejecutados en el periodo 2027 a 2033 conforme al detalle de la siguiente Tabla:

 

Tabla 1. Valor de las vigencias futuras a solicitar por año

 

Año

Constantes

Corrientes

2027

$17.744.742.328

$18.498.893.877

2028

$24.127.598.541

$25.907.612.123

2029

$23.850.493.984

$26.378.366.103

2030

$17.380.241.548

$19.799.013.222

2031

$7.404.039.565

$8.687.477.510

2032

$581.394.274

$702.640.110

2033

$6.867.559

$8.548.734

Total

$91.095.377.799

$99.982.551.679

Fuente: Justificación técnica, económica y financiera de solicitud de vigencias futuras, Atenea, 2026.

 

ARTÍCULO SEGUNDO: autorizar al Director General de la Agencia Atenea para que tramite la solicitud del cupo de vigencias futuras ordinarias con declaratoria de importancia estratégica ante el CONFIS Distrital, de acuerdo con el aval fiscal previamente otorgado por esta instancia en la sesión No. 18 del 11 de septiembre de 2026.

 

ARTÍCULO TERCERO: El presente Acuerdo rige a partir de su publicación.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá D.C., a los 17 días del mes de septiembre del año 2026.

 

MATIZ SALAZAR ABEL REINERIO

 

ABEL MATIZ SALAZAR

 

Presidente Consejo Directivo

 

SAAVEDRA MERCADO VICTOR JAVIER

 

VÍCTOR JAVIER SAAVEDRA MERCADO

 

Secretario Técnico Consejo Directivo

 

Nota: Ver norma original en Anexos.