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Circular Externa 2026151000000009-5 de 2026 Superintendencia Nacional de Salud

Fecha de Expedición:
27/08/2026
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

CIRCULAR EXTERNA 2026151000000009-5 DE 2026

 

(Agosto 27)

 

PARA: ENTIDADES TERRITORIALES DEPARTAMENTALES, DISTRITALES Y MUNICIPALES Y ENTIDADES PROMOTORAS DE SALUD DE LOS REGIMENES SUBSIDIADO Y CONTRIBUTIVO.

 

DE: SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD

 

ASUNTO: POR LA CUAL SE MODIFICA TRANSITORIAMENTE EL NUMERAL 1 ACÁPITE "VI PLAZOS Y PERIODOS DE AUDITORÍA" DE LA CIRCULAR EXTERNA 001 DE 2020, MODIFICADA POR LA CIRCULAR EXTERNA 2025151000000005-5 DE 2025.

 

I. ANTECEDENTES

 

Que de acuerdo con la información oficial publicada por el Servicio Geológico Colombiano (SGC), el 10 de agosto de 2026, a las 7:34:29 a. m. hora local, se registró un evento sísmico de magnitud 7,4 con una profundidad de 96 kilómetros, localizado en el municipio San José del Palmar, departamento del Chocó, que fue sentido ampliamente en el centro y occidente del territorio nacional y produjo afectaciones en distintos municipios del territorio nacional.

 

Que la magnitud del evento sísmico y las afectaciones producidas en los municipios ubicados en las zonas de mayor impacto han generado dificultades extraordinarias para la prestación y ejecución de las acciones en salud a cargo de las entidades territoriales, así como interrupciones y restricciones en materia de movilidad, comunicaciones, acceso a servicios esenciales, disponibilidad de infraestructura y funcionamiento de las instituciones del sector, disponibilidad de recursos humanos y tecnológicos, y la capacidad de respuesta institucional para el cumplimiento oportuno de las actividades y acciones asignadas a las entidades territoriales en materia de salud.

 

Que el Gobierno nacional mediante Decreto 1171 de 2026 declaró situación de desastre nacional para los departamentos de Antioquia, Caldas, Cauca, Chocó, Quindío, Cundinamarca, Risaralda, Huila, Valle del Cauca, Tolima, Putumayo, Norte de Santander y demás afectados por el término de doce (12) meses.

 

Que la Superintendencia Nacional de Salud, mediante la Circular Externa 2025151000000005-5 de 2025, modificó la Circular Externa 001 de 2020 e impartió instrucciones a las entidades territoriales y entidades promotoras de salud de los regímenes contributivo y subsidiado, sobre el ejercicio de las funciones de inspección, vigilancia y control a nivel territorial, haciendo obligatoria la adopción e implementación de la Guía de auditoría, el informe de auditoría, responsables, plazos y planes de mejoramiento.

 

Que el acápite "VI. PLAZOS Y PERIODOS DE AUDITORIA", de la Circular antes mencionada establece los periodos objeto de auditoría y los plazos para el cargue de la información a través del Aplicativo GAUDI, por parte de las entidades territoriales a la Superintendencia Nacional de Salud.

 

Que las entidades territoriales a través del aplicativo GAUDI y los diferentes canales de comunicación dispuestos por esta Superintendencia han realizado la solicitud de ampliación del plazo para la ejecución de los procesos de auditoría correspondientes al primer semestre de 2026.

 

Que en consecuencia se hace imperativo establecer transitoriamente plazos especiales para el primer semestre de 2026 en desarrollo de la Guía de Auditoría Institucional Gaudí.

 

En mérito de lo expuesto,

 

II. MODIFICACIÓN TRANSITORIA

 

PRIMERA: Modifíquense transitoriamente los plazos de ejecución de auditorías establecidos en el numeral 1 del acápite "VI. PLAZOS Y PERIODO DE AUDITORIA" de la Circular Externa 001 de 2020, modificado por la Circular Externa 2025500030000003-5 de 2025 y Circular Externa 2025151000000005-5 de 2025, para la vigencia 2026 así:

 

VI. PLAZOS Y PERIODOS DE AUDITORÍA

 

Los periodos objeto de auditoría y los plazos para el cargue de la información a través del Aplicativo GAUDI para la vigencia 2026, por parte de las Entidades Territoriales a la Superintendencia Nacional de Salud, serán los siguientes:

 

Tabla No. 1. Términos y plazos de ejecución de auditorías

 

Periodo objeto de auditoria

Fecha de inicio de auditorías y apertura del Aplicativo GAUDI

Fecha máxima de creación y ejecución de las auditorías

Fecha máxima para revisión y ajustes de las auditorías - Cierre de la plataforma

Responsables

NA

El Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina y entidades territoriales distritales y municipales y EPS (RC-RS)

Entidades territoriales departamentales, municipales y Superintendencia Nacional de Salud.

Del 1 de enero al 30 de junio de 2026

1 de agosto de 2026

Hasta el 30 de noviembre de 2026

Hasta 15 de febrero de 2027

Del 1 de julio al 31 de diciembre

1 de marzo

Hasta 30 de abril

Hasta 30 de junio

 

 

SEGUNDA: Las demás disposiciones contenidas en la Circular Externa 001 de 2020 modificada por la Circular Externa 2025151000000005-5 de 2025 no se verán modificadas.

 

III. VIGENCIA

 

La presente Circular rige a partir de su publicación y promulgación en el Diario Oficial y será aplicable únicamente para la ejecución de auditorías, revisión, ajustes y cargue de información correspondientes al primer semestre de la vigencia 2026 en el Aplicativo GAUDI. Para los periodos posteriores, continuarán aplicándose los términos y plazos previstos en la Circular Externa 001 de 2020 y sus modificaciones vigentes con anterioridad a la expedición de la presente Circular, así como aquellos que se establezcan mediante modificaciones posteriores de carácter permanente.

 

Dada en Bogotá D.C., a los 27 días del mes de agosto del año de 2026.

 

MARÍA ANDREA GODOY CASADIEGO

 

Superintendente Nacional de Salud

 

NOTA: Ver norma original en Anexos.