| Cargando el Contenido del Documento | |
| Por favor espere... |
|
DECRETO 406 DE 2026
(Septiembre 25)
Por medio del cual se concede una comisión de servicios al exterior del país y se efectúa un encargo
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el Decreto Ley No. 1421 de 1993, el Decreto No. 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto No. 648 de 2017 y.
CONSIDERANDO QUE:
En virtud de lo dispuesto por el artículo 38 del Decreto Ley No. 1421 de 1993, entre las atribuciones del Alcalde Mayor de Bogotá, se encuentra la de dirigir la acción administrativa y asegurar el cumplimiento de las funciones y la prestación de los servicios.
Adicionalmente, el artículo 24 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 1º de la Ley 1960 de 2019, establece que los cargos de libre nombramiento y remoción que se encuentren en vacancia temporal o definitiva podrán ser provistos mediante encargo de empleados de carrera o de libre nombramiento y remoción, que cumplan los requisitos y el perfil para su desempeño.
A su vez, el artículo 2.2.5.5.25 del Decreto No. 1083 de 2015 modificado y adicionado por el Decreto No. 648 de 2017, establece que se podrán conceder comisiones de servicio al interior o al exterior del país con el propósito de ejercer las funciones propias del empleo en un lugar diferente al de la sede del cargo, cumplir misiones especiales conferidas por los superiores, asistir a reuniones, conferencias o seminarios, realizar visitas de observación que interesen a la administración y que se relacionen con el ramo en que presta sus servicios el empleado.
Al respecto, el jefe de Oficina de Naciones Unidas para el Desarrollo Sostenible (UNOSD), Chun Kyoo PARK, extendió invitación a la servidora pública ÚRSULA ABLANQUE MEJIA, identificada con cédula de ciudadanía No. 52.416.443, Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09 de la Secretaría Distrital de Planeación para participar en el "Foro Internacional de Alcaldes 2026", que se llevará a cabo del 29 de septiembre al 1 de octubre de 2026, en la ciudad de Quito, República del Ecuador.
En consecuencia, mediante oficios radicados con Nos. 1-2026-41102 y 1-2026-42007 del 15 y 21 de septiembre de 2026, respectivamente, la Secretaria Distrital de Planeación, solicitó se le conceda comisión de servicios al exterior del país, a la servidora pública ÚRSULA ABLANQUE MEJÍA, del 28 de septiembre al 1 de octubre de 2026, para que participe en el mencionado encuentro.
Es importante mencionar que este Foro reunirá a alcaldes y representantes de gobiernos nacionales centrados en la localización de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), asi como a lideres de gobiernos locales, asociaciones de gobiernos locales, organizaciones de la sociedad civil y otras partes interesadas. Los participantes presentarán casos exitosos de soluciones locales que están acelerando el progreso en las seis transiciones transformadoras de los ODS. De igual manera, el Foro servirá como una oportunidad estratégica para que los gobiernos locales, regionales y nacionales exploren formas de impulsar la implementación de los resultados del Pacto para el Futuro, adoptado en la Cumbre del Futuro, de la Cuarta Conferencia Internacional sobre la Financiación para el Desarrollo de 2025 y del Acuerdo de Paris, acelerando así la implementación de la Agenda 2030 y sus Objetivos de Desarrollo Sostenible.
Igualmente, la asistencia de la Secretaria se considera procedente, por tratarse de asuntos que interesan a la Entidad y que de acuerdo con la Resolución No. 1902 de 2022, por medio de la cual se adopta el Manual Especifico de Funciones y Competencia Laborales de la Secretaría Distrital de Planeación, guarda relación con las funciones de: "1. Asesorar al Alcalde(sa) Mayor en la formulación y seguimiento de las políticas, planes y programas relacionados con la planeación del desarrollo económico, social, territorial y ambiental para mejorar el bienestar colectivo y la competitividad de una ciudad región sostenible, cuidadora, incluyente, equitativa y solidaria.", "6. Dirigir el proceso de formulación, seguimiento y evaluación del Plan de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas del Distrito Capital, en sus niveles distrital y local; así como su articulación con los instrumentos de planeación de la ciudad y la Región Metropolitana." y "11. Liderar la articulación interinstitucional relacionada con la formulación y seguimiento de las políticas, planes y programas relacionados con la planeación del desarrollo económico, social, territorial y ambiental.".
En ese sentido, la participación en este evento por parte de la Secretaría Distrital de Planeación constituye una oportunidad estratégica para fortalecer las capacidades institucionales de Bogotá en materia de planeación territorial, desarrollo sostenible, gobernanza multinivel y financiación del desarrollo y localización de los Objetivos de Desarrollo Sostenible - ODS.
Ahora bien, la Oficina de Naciones Unidas para el Desarrollo Sostenible (UNOSD) cubrirá los gastos relacionados a tiquetes aéreos en la ruta Bogotá Quito Bogotá, traslados internos, alojamiento y alimentación durante el desarrollo del evento a la servidora pública URSULA ABLANQUE MEJÍA.
Sobre este particular, el Ministerio del Interior autorizó a la servidora pública ÚRSULA ABLANQUE MEJÍA, para aceptar los referidos gastos.
Asi mismo, mediante correo electrónico del 24 de septiembre de 2026, la Oficina Consejería Distrital de Relaciones Internacionales de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., previa valoración técnica de pertinencia estratégica recomendó la participación de la Secretaria Distrital de Planeación, en la presente comisión de servicios al exterior del país.
En ese sentido, con el propósito de que la servidora pública ÚRSULA ABLANQUE MEJIA participe en el "Foro Internacional de Alcaldes 2026", se hace necesario conferir comisión de servicios al exterior del país del 28 de septiembre al 1 de octubre de 2026, en los términos dispuestos en las normas legales vigentes y por razones de itinerario de vuelos.
Así, durante el término de la comisión, la comisionada tendrá derecho a percibir su remuneración, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2.5.5.27 del Decreto No. 1083 de 2015 modificado y adicionado por el Decreto No. 648 de 2017.
De acuerdo con lo anterior, se hace necesario efectuar el encargo de las funciones del empleo de Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09 de la Secretaria Distrital de Planeación, para garantizar la continua prestación de los servicios que esa entidad tiene a su cargo.
Por consiguiente, el servidor público Gustavo Mauricio Martínez Perdomo, Director de Talento Humano de la Secretaría Distrital de Planeación, certificó que el servidor público JULIO ALEJANDRO ABRIL TABARES, identificado con la cédula de ciudadanía No. 79.979.936, Subsecretario de Despacho, Código 045, Grado 08 de la Subsecretaría de Planeación de la Inversión de la misma entidad, cumple con los requisitos para ejercer en encargo las funciones del empleo de Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09 de la Secretaria Distrital de Planeación. En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1º. Comisión de servicios al exterior del país. Conceder comisión de servicios al exterior del país, del 28 de septiembre al 1 de octubre de 2026, a la servidora pública ÚRSULA ABLANQUE MEJÍA, identificada con cédula de ciudadanía No. 52.416.443, Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09 de la Secretaria Distrital de Planeación, para participar en el "Foro Internacional de Alcaldes 2026", que se llevará a cabo del 29 de septiembre al 1 de octubre de 2026, en la ciudad de Quito, República del Ecuador.
Parágrafo 1º. Durante el término de la comisión, la servidora pública ÚRSULA ABLANQUE MEJÍA, tendrá derecho a recibir la remuneración de conformidad con el artículo 2.2.5.5.27 del Decreto No. 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto No. 648 de 2017.
Parágrafo 2°. Dentro de los tres (3) días siguientes a la terminación de la comisión, la comisionada, deberá presentar ante este Despacho con copia a la Dirección de Talento Humano de la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., informe ejecutivo sobre las actividades desplegadas en desarrollo de la misma, de conformidad con lo señalado en el artículo 2.2.5.5.29 del Decreto No. 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto No. 648 de 2017.
Artículo 2º. Encargo. Encargar a partir del 28 de septiembre al 1 de octubre de 2026, al servidor público JULIO ALEJANDRO ABRIL TABARES, identificado con la cédula de ciudadanía No. 79.979.936, Subsecretario de Despacho, Código 045, Grado 08 de la Subsecretaria de Planeación de la Inversión de la Secretaría Distrital de Planeación, de las funciones del empleo Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09 de la misma entidad.
Artículo 3º. Comunicaciones. Comunicar a los servidores públicos ÚRSULA ABLANQUE MEJÍA y JULIO ALEJANDRO ABRIL TABARES, a la Secretaria Distrital de Planeación, al Despacho del Secretario Jurídico Distrital y a la Dirección de Talento Humano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., el contenido del presente Decreto, lo que se realizará a través de la Subdirección de Gestión Documental de esta última Secretaría.
Parágrafo: Para los efectos del presente artículo y con el fin de facilitar las comunicaciones a cargo de la Subdirección de Gestión Documental de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., a continuación, se relacionan los correos electrónicos de los servidores públicos de que trata el presente acto administrativo.
Artículo 4º. Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 25 días del mes de septiembre 2026.
CARLOS FERNANDO GALAN PACHÓN
Alcalde Mayor
NOTA: Ver norma original en Anexos.
|