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RESOLUCIÓN 417 DE 2026
(Octubre 01)
Por la cual se adopta en el sistema de gestión de la entidad el documento <<Manual de SARLAFT (M-GG-001)»
LA JEFE DE LA OFICINA ASESORA DE PLANEACIÓN DE LA EMPRESA DE TRANSPORTE DEL TERCER MILENIO - "TRANSMILENIO S. A."
En uso de sus facultades conferidas en el 5º de la Resolución 342 de 2025 y en el artículo 8º del Acuerdo 05 de 2025 de la Junta Directiva de TRANSMILENIO S. A. y
CONSIDERANDO
Que la Constitución Política en su artículo 209, establece: «...La Administración Pública, en todos sus órdenes, tendrá un Control Interno que se ejercerá en los términos que señale la Ley...»
Que el artículo 269 de la Constitución Política establece la obligatoriedad por parte de la autoridad correspondiente, en cada entidad pública, de diseñar y aplicar, según la naturaleza de sus funciones, métodos y procedimientos de control interno, de conformidad con lo que disponga la Ley.
Que, de conformidad con lo señalado en el artículo 2º del Acuerdo Distrital 004 de 1999 modificado por el artículo 135 del Acuerdo 927 de 2024: «corresponde a TRANSMILENIO S. A. la gestión, organización y planeación del Servicio de Transporte Público Masivo Urbano de pasajeros en el Distrito Capital y su área de influencia, bajo la multimodalidad de transporte, en las condiciones que señalen las normas vigentes, las autoridades competentes y sus propios estatutos...)
Que de acuerdo con el artículo 350 del Decreto 652 de 2025, TRANSMILENIO S. A. cuenta con la facultad para fijar las condiciones técnicas y operativas para el funcionamiento del Sistema y ejerce el control de la operación a través de los instructivos y reglamentos de carácter general que expida, tal como lo prevé el artículo 351 ibidem.
Que el artículo 2.2.22.1.1 del Decreto 1499 de 2017 estableció: ... "El Sistema de Gestión, creado en el artículo 133 de la Ley 1753 de 2015, que integra los Sistemas de Desarrollo Administrativo y de Gestión de la Calidad, es el conjunto de entidades y organismos del Estado, políticas, normas, recursos e información, cuyo objeto es dirigir la gestión pública al mejor desempeño institucional y a la consecución de resultados para la satisfacción de las necesidades y el goce efectivo de los derechos de los ciudadanos, en el marco de la legalidad y la integridad" y en virtud de ello, se adoptó la versión actualizada del Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG con el fin de lograr el funcionamiento del Sistema de Gestión y su articulación con el Sistema de Control Interno, siendo el marco de referencia para dirigir, planear, ejecutar, hacer seguimiento, evaluar y controlar la gestión de las entidades y de los organismos públicos.
Que, cumpliendo con lo ordenado en el parágrafo único del artículo 1º de la Ley 87 de 1993, se adoptó el Manual de Procedimientos de TRANSMILENIO S.A., el cual permite contar con una herramienta útil y adecuada como mecanismo de desarrollo organizacional, para servir de guía a quienes lo consulten y a la vez facilitar la difusión y aplicación de procesos estandarizados al interior de toda la entidad en todas sus áreas.
Que, de conformidad con sus atribuciones legales y estatutarias, y acorde con la autonomía propia de las entidades descentralizadas, la Junta Directiva de TRANSMILENIO S.A., de manera unánime, aprobó mediante el Acuerdo 05 de 2025, la reformulación de la estructura organizacional de la Empresa, con fundamento en los conceptos técnicos favorables de la Secretaría General, del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital y de la Secretaría de Hacienda Distrital.
Que de conformidad con el artículo octavo del Acuerdo No. 05 de 2025 de la Junta Directiva de TRANSMILENIO S. A., corresponde a la Oficina Asesora de Planeación liderar la formulación y seguimiento de planes estratégicos de la Empresa, buscando que los proyectos de inversión estén alineados con las políticas institucionales, el Plan Distrital de Desarrollo, los Planes Interinstitucionales y demás instrumentos de planeación; liderar el seguimiento a objetivos y resultados empresariales, así como la formulación de riesgos y la implementación de los sistemas de gestión y desempeño, promoviendo la innovación y uso efectivo del conocimiento en la organización.
Que de conformidad con el artículo 5º de la Resolución 342 de 2025 corresponde a la Jefe de la Oficina Asesora de Planeación adoptar las actualizaciones necesarias del Manual de Procedimientos de la entidad.
Que a través de la herramienta utilizada para tal fin en TRANSMILENIO S.A. se gestionan, se oficializan y se publican los documentos que forman parte del sistema de gestión de la entidad.
Que se requiere adoptar el documento «Manual de SARLAFT (M-GG-001)», con el fin de armonizar su contenido con las disposiciones vigentes expedidas por la Superintendencia de Transporte, en especial las contenidas en la Resolución 2328 de 2025 y sus modificatorias, e incorporar en dicho documento los lineamientos de debida diligencia previamente contenidos en el <<Protocolo de Debida Diligencia (T-OP-003)», fortaleciendo la gestión integral del SARLAFT en la entidad, así como consolidar en un único instrumento los lineamientos y procedimientos aplicables para la administración del Sistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activos y de la Financiación del Terrorismo (SARLAFT) en TRANSMILENIO S. A.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE
ARTÍCULO 1°. APROBACIÓN: El documento «Manual de SARLAFT (M-GG-001)» fue elaborado por la dependencia encargada, con la participación y acompañamiento de la profesional asignada al tema de la Oficina Asesora de Planeación, y aprobada en el marco de la sesión de la Junta Directiva de TRANSMILENIO S. A. del 25 de septiembre de 2026.
ARTÍCULO 2° ADOPCIÓN: Adoptar la versión O del documento «Manual de SARLAFT (M-GG-001)>> a cargo de la Gerencia General.
PARÁGRAFO 1°. El documento denominado «Manual de SARLAFT (M-GG-001)» incorpora, desarrolla e integra los lineamientos contenidos en el «Protocolo de Debida Diligencia (T-OP-003)», dentro de un marco más amplio para la gestión integral del SARLAFT. En consecuencia, a partir de la entrada en vigor de la versión O del referido Manual, el «Protocolo de Debida Diligencia (T-OP-003)» queda incorporado en este y, por tanto, pierde vigencia y se deja sin efectos como documento independiente.
ARTÍCULO 3°. OBJETO DEL DOCUMENTO: Establecer los lineamientos metodológicos para la gestión del Sistema de Administración de Riesgos de Lavado de Activos, Financiación del Terrorismo y Financiamiento de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva (SARLAFT) de TRANSMILENIO S. A., con el fin de dar cumplimiento al marco normativo fijado por la Superintendencia de Transporte a través de la Resolución 2328 de 2025, Resolución 16615 de 2025 y Resolución 4607 de 2026, así como de las demás disposiciones legales, reglamentarias externas e internas aplicables.
ARTÍCULO 4°. La presente Resolución deberá ser publicada en la imprenta distrital y rige a partir de la fecha de su publicación.
Dada en Bogotá, D.C. a los 01 días del mes de octubre del año 2026.
FÍRMESE Y CÚMPLASE.
CAROLINA RESTREPO PALACIO
Jefe Oficina Asesora de Planeación
NOTA: Ver norma original y anexos en Anexos. |