Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Decreto 426 de 2026 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
07/10/2026
Fecha de Entrada en Vigencia:
07/10/2026
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 426 DE 2026

 

(Octubre 07)

 

Por medio del cual se otorga un permiso remunerado por la semana de receso escolar a la Secretaria

Distrital de Movilidad y se efectúa un encargo

 

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

 

En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el Decreto Ley No. 1421 de 1993, el Decreto No. 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto No. 648 de 2017 y,

 

CONSIDERANDO QUE:

 

De conformidad con el artículo 38 del Decreto Ley No. 1421 de 1993, se atribuye al Alcalde Mayor de Bogotá, dirigir la acción administrativa y asegurar el cumplimiento de las funciones, la prestación de los servicios y la construcción de las obras a cargo del Distrito.

 

Por otro lado, el artículo 24 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 1º de la Ley 1960 de 2019, dispone que los empleos de libre nombramiento y remoción en vacancia temporal o definitiva podrán ser provistos a través del encargo de empleados de carrera o de libre nombramiento y remoción, que cumplan los requisitos y el perfil para su desempeño.


Por su parte, el artículo 2.2.5.5.17 del Decreto 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto No. 648 de 2017, establece que el empleado puede solicitar por escrito permiso remunerado hasta por tres (3) días hábiles cuando medie justa causa. Adicionalmente, dispone que corresponde al nominador o a su delegado la facultad de autorizar o negar los permisos.

 

Ahora bien, a través de la Circular Interna No. 28 del 4 de febrero de 2026, la Secretaría Distrital de Movilidad, estableció como medida para el bienestar y calidad de vida de sus servidores(as) públicos(as), una estrategia de compensación de tiempo, en aras de que puedan acceder al beneficio de unos días de descanso por la semana de receso escolar, en concordancia con lo definido por el Gobierno Nacional mediante el Decreto No. 1373 de 2007. Para la vigencia 2026, la semana de receso escolar es la comprendida entre el día cinco (05) y el nueve (09) de octubre de 2026.

 

Para acceder a este beneficio, la circular citada contempla que los(as) servidores(as) públicos(as) de la Secretaría Distrital de Movilidad deben: i) tener hijos menores de 25 años y/o en condición de discapacidad y ii) deberán compensar el equivalente a dos (02) días, para un total de 17 horas hábiles, en jornadas adicionales al horario regular de trabajo.

 

Por lo anterior, mediante oficio radicado con No. 1-2026-40720 del 14 de septiembre de 2026, la servidora pública MARÍA FERNANDA ORTIZ CARRASCAL, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.065.591.156, Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09 de la Secretaría Distrital de Movilidad solicitó acogerse al beneficio de descanso por la semana de receso escolar por los días 8 y 9 de octubre de 2026, solicitando además realizar el respectivo encargo.

 

Asimismo, la Directora de Talento Humano de la Secretaria Distrital de Movilidad, María Teresa Rodríguez Leal, certificó que la servidora pública MARÍA FERNANDA ORTIZ CARRASCAL cumplió con la compensación prevista en la Circular Interna No. 28 del 4 de febrero de 2026 para acceder al beneficio de descanso de la semana de receso escolar.

 

Por lo anterior, se hace necesario efectuar el encargo de las funciones del empleo de Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09 de la Secretaría Distrital de Movilidad, para garantizar la continua prestación de los servicios que esa entidad tiene a su cargo.

 

En consecuencia, la Directora de Talento Humano de la Secretaria Distrital de Movilidad, certificó que la servidora pública CANDELARIA GONZÁLEZ, identificada con la cédula de ciudadanía No. 1.018.424.283, Subsecretario de Despacho, Código 045, Grado 08 de la Subsecretaría de Política de Movilidad de la misma entidad, cumple con los requisitos para ejercer en encargo las funciones del empleo Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09 de la Secretaría Distrital de Movilidad.

 

En mérito de lo expuesto,

 

DECRETA:

 

Artículo 1°. Permiso remunerado. Otorgar permiso remunerado por la semana de receso escolar por los días 8 y 9 de octubre de 2026, a la servidora pública MARÍA FERNANDA ORTIZ CARRASCAL, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.065.591.156, Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09 de la Secretaría Distrital de Movilidad, de conformidad con lo expuesto en la parte considerativa del presente acto administrativo.

 

Artículo 2º. Encargo. Encargar del 8 al 9 de octubre de 2026, a la servidora pública CANDELARIA GONZÁLEZ, identificada con la cédula de ciudadanía No. 1.018.424.283, Subsecretario de Despacho, Código 045, Grado 08 de la Subsecretaría de Política de Movilidad de la Secretaría Distrital de Movilidad, de las funciones del empleo Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09 de la misma Secretaria.

 

Artículo 3°. Comunicaciones. Comunicar a las servidoras públicas MARÍA FERNANDA ORTİZ CARRASCAL y CANDELARIA GONZÁLEZ, a la Secretaria Distrital de Movilidad, al Despacho del Secretario Jurídico Distrital y a la Dirección de Talento Humano de la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., el contenido del presente Decreto, lo que se realizará a través de la Subdirección de Gestión Documental de esta última Secretaría.

 

Parágrafo. Para los efectos del presente artículo y con el fin de facilitar las comunicaciones a cargo de la Subdirección de Gestión Documental de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., a continuación, se relacionan los correos electrónicos de las servidoras públicas de que trata el presente acto administrativo.

 

No.

Nombres y Apellidos

Correos Electrónicos

1

MARÍA FERNANDA ORTIZ CARRASCAL

mfortiz@movilidadbogota.gov.co

2

CANDELARIA GONZÁLEZ

cangonzalez@movilidadbogota.gov.co

 

Artículo 4º. Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

 

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 07 días del mes de octubre del año 2026.

 

CARLOS FERNANDO GALÁN PACHÓN

 

Alcalde Mayor

 

NOTA: Ver norma original en Anexos.