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Decreto 429 de 2026 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
07/10/2026
Fecha de Entrada en Vigencia:
07/10/2026
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 429 DE 2026

 

(Octubre 07)

 

Por medio del cual se concede un permiso remunerado y se efectúa un encargo

 

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

 

En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el Decreto Ley No. 1421 de 1993, el Decreto No. 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto No. 648 de 2017 y,

 

CONSIDERANDO QUE:

 

En virtud de lo dispuesto por el artículo 38 del Decreto Ley No. 1421 de 1993, entre las atribuciones del Alcalde Mayor de Bogotá, se encuentra la de dirigir la acción administrativa y asegurar el cumplimiento de las funciones y la prestación de los servicios.

 

Por otro lado, el artículo 24 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 1º de la Ley 1960 de 2019, dispone que los empleos de libre nombramiento y remoción en vacancia temporal o definitiva podrán ser provistos a través del encargo de empleados de carrera o de libre nombramiento y remoción, que cumplan los requisitos y el perfil para su desempeño.

 

Por su parte, el artículo 2.2.5.5.17 del Decreto 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto No. 648 de 2017, establece que el empleado puede solicitar por escrito permiso remunerado hasta por tres (3) días hábiles cuando medie justa causa. Adicionalmente, dispone que corresponde al nominador o a su delegado la facultad de autorizar o negar los permisos.

 

Asimismo, es necesario hacer referencia al Concepto No. 88801 de 2019 del Departamento Administrativo de la Función Pública (DAFP), el cual concluye que los cargos que pertenecen a la alta dirección territorial, como es el caso de los directores de departamentos administrativos, no están sujetos a una jornada de trabajo, por lo tanto, debe entenderse su actividad como permanente, debido la naturaleza de las funciones de estos empleos.

 

Al respecto, a través de oficio radicado con el No. 1-2026-41714 del 18 de septiembre de 2026, la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, solicitó, se le conceda a la servidora pública MARÍA DEL PILAR LÓPEZ URIBE, identificada con cédula de ciudadanía No. 53.006.440, Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09 de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, permiso remunerado por los días 11 y 12 de octubre de 2026.

 

De acuerdo con lo expuesto, se hace necesario efectuar el encargo de las funciones del empleo Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09 de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, para garantizar la continua prestación de los servicios que esa entidad tiene a su cargo.

 

Por consiguiente, la Subdirectora Administrativa de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, Jessica Paola Julio Serrano, certificó que el servidor público JOSÉ ORLANDO FUENTES ORTEGA, identificado con la cédula de ciudadanía No. 1.032.383.750, quien desempeña el empleo de Subsecretario de Despacho Código 045, Grado 08 de la Subsecretaria de Desarrollo Económico de la misma Entidad, cumple con los requisitos para ejercer en encargo las funciones del empleo de Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09 de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico.

 

En mérito de lo expuesto,

 

DECRETA:

 

Artículo 1º. Permiso remunerado. Conceder permiso remunerado por los días 11 y 12 de octubre de 2026, a la servidora pública MARÍA DEL PILAR LÓPEZ URIBE, identificada con cédula de ciudadanía No. 53.006.440, Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09 de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico.

 

Artículo 2°. Encargo. Encargar por los días 11 y 12 de octubre de 2026, al servidor público JOSÉ ORLANDO FUENTES ORTEGA, identificado con la cédula de ciudadanía No. 1.032.383.750, quien desempeña el empleo de Subsecretario de Despacho Código 045, Grado 08 de la Subsecretaria de Desarrollo Económico de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, de las funciones del empleo de Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09 de la misma Entidad.

 

Artículo 3º. Comunicaciones. Comunicar el contenido del presente Decreto a los servidores públicos MARÍA DEL PILAR LÓPEZ URIBE y JOSÉ ORLANDO FUENTES ORTEGA, a la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, al Despacho del Secretario Jurídico Distrital y a la Dirección de Talento Humano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., lo que se realizará a través de la Subdirección de Gestión Documental de esta última Secretaría.

 

Parágrafo. Para los efectos del presente artículo y con el fin de facilitar las comunicaciones a cargo de la Subdirección de Gestión Documental de la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., a continuación, se relacionan los correos electrónicos de los servidores públicos de que trata el presente acto administrativo.

 

No.

Nombres y Apellidos

Correos Electrónicos

1

MARÍA DEL PILAR LÓPEZ URIBE

mplopez@desarrolloeconomico.gov.co

2

JOSÉ ORLANDO FUENTES ORTEGA

jfuentes@desarrolloeconomico.gov.co

 

Artículo 4º. Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

 

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 07 días del mes de octubre del año 2026.

 

CARLOS FERNANDO GALÁN PACHÓN

 

Alcalde Mayor

 

NOTA: Ver norma original en Anexos.