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Acuerdo 008 de 2026 Empresa Metro de Bogotá S.A. - Junta Directiva

Fecha de Expedición:
16/09/2026
Fecha de Entrada en Vigencia:
16/09/2026
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 8680 Octubre 14 de 2026
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 008 DE 2026

 

(Septiembre 16)

 

Por medio del cual se emite aprobación previa para la asunción de compromisos con cargo a las vigencias futuras excepcionales para la vigencia 2027 a 2037 de la EMPRESA METRO DE BOGOTÁ, para amparar la contratación de la Interventoría de la Línea 2 del Metro de Bogotá - L2MB.

 

LA JUNTA DIRECTIVA DE LA EMPRESA METRO DE BOGOTA S.A.

 

En ejercicio de sus facultades legales y estatutarias y en el artículo 44º de los Estatutos Sociales de la EMB, y los requisitos establecidos en la Resolución SDH No 191 del 22 de septiembre 2017 Capítulo 6 del Módulo 4 del Manual Operativo Presupuestal del Distrito Capital y la Circular CONFIS No. 007 de 2024,

 

CONSIDERANDO

 

Que, el artículo 88 de la Ley 489 de 1998 señala que la dirección y administración de las empresas industriales y comerciales del Estado estará a cargo de una Junta Directiva y de un Gerente o presidente.

 

Que, el literal f) del numeral 6.2 del Capítulo 6 del Módulo 4 del Manual Operativo Presupuestal del Distrito Capital - Empresas Industriales y Comerciales del Distrito - EICD, adoptado mediante la Resolución No SDH No 191 del 22 de septiembre de 2017 de la Secretaría Distrital de Hacienda, determinó, entre otros requisitos para solicitar vigencias futuras, adjuntar el "Acuerdo por medio del cual se dé aprobación previa por parte de la Junta o Consejo Directivo."

 

Que, el literal f) de la sección III de la Circular CONFIS 07 del 2024, establece, entre otros requisitos para solicitar las vigencias futuras (…) "Acuerdo o autorización previa de la Junta Directiva o Consejo Directivo para los casos de Empresas Industriales y Comerciales del Distrito, Empresas Sociales del Estado y Establecimientos Públicos."

 

Que, el artículo 244. Procesos Contractuales en curso del Decreto 645 de 2025 establece (…) "Cuando el proceso contractual en curso esté soportado por una autorización de vigencias futuras por parte del CONFIS Distrital se podrá continuar con dicho soporte, sin que sea necesario reiniciar el proceso de selección. En el caso que los cupos anuales de las vigencias futuras autorizadas requieran reprogramación, se deberá solicitar una nueva autorización ante el CONFIS Distrital, la cual si es procedente deberá otorgarse de manera previa a la adjudicación del contrato, sin que sea necesario reiniciar el proceso de selección"

 

Que mediante Acta No. 10 del 14 de junio de 2022 el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal CONFIS Distrital, otorgó el aval fiscal del Convenio de Cofinanciación total para el Proyecto de la Línea 2 del Metro de Bogotá (L2MB), en el cual se definieron las fuentes con las que el Distrito realizará sus aportes. Entre dichas fuentes se encuentran los recursos de crédito autorizados mediante el Acuerdo 840 de 2022 y la gestión de activos y recursos distritales, por un valor total de $10.479.798 millones de pesos de 2021, monto que corresponde al aporte total del Distrito al Convenio de Cofinanciación. Dicho aval fiscal cubre la totalidad de las inversiones y costos que demanda el proyecto, incluyendo el Contrato de Concesión, el Contrato de Interventoría y el Contrato de PMO, y fue otorgado en consistencia con el Marco Fiscal de Mediano Plazo, preservando así las condiciones de sostenibilidad fiscal bajo las cuales fue estructurado y aprobado el proyecto.

 

Que el 29 de julio del 2022, se emitió declaración de importancia estratégica del proyecto de inversión, diseño, construcción y puesta en operación de la Línea 2 del Metro de Bogotá, incluidas sus obras complementarias, a través del CONPES 4104 de 2022.

 

Que, en la sesión No 129 del dieciséis (16) de septiembre de 2026, los miembros presentes de la Junta Directiva de la Empresa Metro de Bogotá S.A. emitieron la aprobación previa para la asunción de compromisos con cargo a vigencias futuras excepcionales del 2027 al 2037 por valor de QUINIENTOS SESENTA Y DOS MIL QUINIENTOS CUARENTA Y SEIS MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA MIL SEISCIENTOS NOVENTA PESOS CONSTANTES DE 2026 ($562.546.690.690) pesos constantes de diciembre de 2026, para amparar la contratación de la Interventoría de la L2MB.

 

Que, la fuente de financiación para atender la asunción de compromisos con cargo a vigencias futuras excepcionales del proyecto Línea 2 del Metro de Bogotá - L2MB son los aportes del Convenio de Cofinanciación e ingresos de recursos de crédito de la Entidad.

 

Que, los aportes para la cofinanciación del proyecto son los aportes del Distrito y la Nación destinados a cubrir los costos del proyecto y equivalen a TREINTA Y CUATRO BILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y DOS MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y DOS MIL SEISCIENTOS SESENTA ($34.932.659.932.660) PESOS CONSTANTES DE 2021.

 

Que, en virtud de la aprobación previa emitida por la Junta Directiva de la Empresa Metro de Bogotá, se enviarán los documentos para que el CONFIS Distrital emita su aprobación.

 

En mérito de lo expuesto,

 

ACUERDA

 

Artículo 1º. Emitir aprobación previa para la asunción de compromisos con cargo a vigencias futuras excepcionales por valor de QUINIENTOS SESENTA Y DOS MIL QUINIENTOS CUARENTA Y SEIS MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA MIL SEISCIENTOS NOVENTA PESOS CONSTANTES DE 2026 ($562.546.690.690), para amparar la contratación de la Interventoría de la Línea 2 del Metro de Bogotá - L2MB.

 

 

Artículo 2º. Las presentes vigencias futuras para la EMB, expresadas en pesos constantes de 2026, se utilizarán para cubrir las obligaciones derivadas del contrato de Interventoría de la Línea 2 del Metro de Bogotá - L2MB.

 

Artículo 3º. Vigencia: El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición.

 

PUBLIQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en la ciudad de Bogotá D.C., a los 16 días del mes de septiembre del año 2026.

 

MARIA FERNANDA ORTIZ CARRASCAL

 

Presidente

 

CLAUDIA MARCELA GALVIS RUSSI

 

Secretaria Junta Directiva

 

Nota: Ver norma original en los Anexos.