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RESOLUCIÓN 115 DE 2025
(Abril 04)
Por la cual se adopta en el sistema de gestión de la entidad la actualización del procedimiento «Atención y Solicitud de Videos del SITP V.3-P-SJ-008».
LA JEFE DE LA OFICINA ASESORA DE PLANEACIÓN DE LA EMPRESA DE TRANSPORTE DEL TERCER MILENIO - “TRANSMILENIO S. A.”
En uso de sus facultades conferidas en el numeral 2º del artículo 7º de la Resolución 342 de 2020 y en el artículo 10º del Acuerdo 004 de 2023 de la Junta Directiva de TRANSMILENIO S. A.; y,
CONSIDERANDO
Que la Constitución Política en su artículo 209, establece: «…La Administración Pública, en todos sus órdenes, tendrá un Control Interno que se ejercerá en los términos que señale la Ley…»
Que el artículo 269 de la Constitución Política establece la obligatoriedad por parte de la autoridad correspondiente, en cada entidad pública, de diseñar y aplicar, según la naturaleza de sus funciones, métodos y procedimientos de control interno, de conformidad con lo que disponga la Ley.
Que, de conformidad con lo señalado en el artículo 2º del Acuerdo Distrital 004 de 1999 modificado por el artículo 135 del Acuerdo 927 de 2024: «corresponde a TRANSMILENIO S. A. la gestión, organización y planeación del Servicio de Transporte Público Masivo Urbano de pasajeros en el Distrito Capital y su área de influencia, bajo la multimodalidad de transporte, en las condiciones que señalen las normas vigentes, las autoridades competentes y sus propios estatutos…»
Que de acuerdo con el artículo 8° del Decreto Distrital 831 de 1999, TRANSMILENIO S. A. cuenta con la facultad para fijar las condiciones técnicas y operativas para el funcionamiento del Sistema y ejercer el control de la operación a través de los instructivos y reglamentos de carácter general que expida, tal como lo prevé el artículo 9° ibidem.
Que el artículo 2.2.22.1.1 del Decreto 1499 de 2017 estableció: … “El Sistema de Gestión, creado en el artículo 133 de la Ley 1753 de 2015, que integra los Sistemas de Desarrollo Administrativo y de Gestión de la Calidad, es el conjunto de entidades y organismos del Estado, políticas, normas, recursos e información, cuyo objeto es dirigir la gestión pública al mejor desempeño institucional y a la consecución de resultados para la satisfacción de las necesidades y el goce efectivo de los derechos de los ciudadanos, en el marco de la legalidad y la integridad.” y, en virtud de ello, se adoptó la versión actualizada del Modelo Integrado de Planeación y Gestión – MIPG con el fin de lograr el funcionamiento del Sistema de Gestión y su articulación con el Sistema de Control Interno, siendo el marco de referencia para dirigir, planear, ejecutar, hacer seguimiento, evaluar y controlar la gestión de las entidades y de los organismos públicos.
Que, cumpliendo con lo ordenado en el parágrafo único del artículo 1º de la Ley 87 de 1993, se adoptó el Manual de Procedimientos de TRANSMILENIO S.A., el cual permite contar con una herramienta útil y adecuada como mecanismo de desarrollo organizacional, para servir de guía a quienes lo consulten y a la vez facilitar la difusión y aplicación de procesos estandarizados al interior de toda la entidad en todas sus áreas.
Que de conformidad con el artículo décimo del Acuerdo No. 004 de 2023 de la Junta Directiva de TRANSMILENIO S. A., corresponde a la Oficina Asesora de Planeación asesorar a la Alta Gerencia, a la Gerencia de Integración y a la Dirección y Control de la Operación, en la planeación estratégica, táctica y operativa; orientar la aplicación de herramientas para la gestión, evaluación y control organizacional y realizar seguimiento a los resultados de los procesos de la Empresa.
Que de conformidad con el numeral 2 del artículo 7º de la Resolución 342 de 2020 corresponde al Jefe de la Oficina Asesora de Planeación adoptar las actualizaciones necesarias al Manual de Procedimientos de la entidad.
Que a través de la herramienta utilizada para tal fin en TRANSMILENIO S.A. se gestionan, se oficializan y se publican los documentos que forman parte del sistema de gestión de la entidad.
Que, de acuerdo con la solicitud presentada el día 10 de marzo de 2025, por parte de la Subgerencia Jurídica, se requiere realizar la actualización del Procedimiento Atención y Solicitud de Videos del SITP V.3 (P-SJ-008), debido a la necesidad de realizar ajustes de manera integral al procedimiento, en el cual se eliminan las tablas de cámaras y se cambia el marcado de los videos, se atiende y ajusta lo relacionado con los traslados de conformidad con lo indicado por parte de la Dirección Técnica de Seguridad.
Que el Procedimiento Atención y Solicitud de Videos del SITP V.3 (P-SJ-008), cuenta con las siguientes versiones:
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE
ARTÍCULO 1°. ADOPCIÓN: Adoptar la actualización de la versión 3 del Procedimiento Atención y Solicitud de Videos del SITP V.3 (P-SJ-008) asociado al proceso de Gestión Jurídica a cargo de la Subgerencia Jurídica, documento que fue aprobado por parte del Directivo y el responsable del tema a través de la herramienta dispuesta por la Entidad.
ARTÍCULO 2. OBJETO DEL DOCUMENTO: Definir en el marco de la Ley de Habeas Data las actividades para la recepción, atención, control y trámite de las solicitudes de imágenes y videos de las cámaras ubicadas dentro del Sistema Integrado de Transporte Público, realizadas por terceros a TRANSMILENIO S.A., y las que de oficio realice la Entidad inherentes al control de la operación y seguridad en el Sistema (manual de operaciones y demás documentos de carácter operativo y seguridad), de tal manera que se garantice una atención integral a cada una de las peticiones realizadas en este sentido.
ARTÍCULO 3. La presente Resolución deberá ser publicada en la imprenta distrital y rige a partir de la fecha de su publicación y deroga la Resolución 1030 de 2019.
Dada en la ciudad de Bogotá, D.C., a los 04 días del mes de abril del año 2025.
FÍRMESE Y CÚMPLASE.
CAROLINA RESTREPO PALACIO
Jefe Oficina Asesora de Planeación
Nota: Ver norma original y anexo en Anexos. |