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RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA 017 DE 2026
(Octubre 13)
Por la cual se adopta la nueva versión del procedimiento para adelantar auditoría de cumplimiento del Proceso de Vigilancia y Control a la Gestión Fiscal de la Contraloría de Bogotá D.C.
EL CONTRALOR DE BOGOTÁ, D.C.
En ejercicio de las atribuciones constitucionales, legales y reglamentarias, en especial las que le confieren los artículos 267, 268 y 272 de la Constitución Política de Colombia, el Decreto Ley 403 de 2020[1] y el Acuerdo Distrital 658 de 2016[2], y
CONSIDERANDO
Que los artículos 267, 268 y 272 de la Constitución Política de Colombia establecen que la vigilancia y el control fiscal constituyen una función pública que consiste en la vigilancia de la gestión fiscal de la administración y de los particulares o entidades que manejan fondos o bienes públicos.
Que, por su parte, el artículo 272 de la norma superior, en sus incisos 1 y 6, dispone que la vigilancia de la gestión fiscal de los departamentos, distritos y municipios donde existan contralorías, corresponde a estas, de manera concurrente con la Contraloría General de la República, y que los contralores departamentales, distritales y municipales ejercerán, en el ámbito de su jurisdicción, las funciones atribuidas al Contralor General de la República en el artículo 268, en lo que resulte pertinente, según los principios de coordinación, concurrencia, y subsidiariedad.
Que el artículo 105 del Decreto Ley 1421 de 1993[3] establece que la vigilancia de la gestión fiscal del Distrito Capital y de los particulares que manejen fondos o bienes de este corresponde a la Contraloría Distrital de Bogotá D.C., e incluye el ejercicio de un control financiero, de gestión y de resultados, fundado en la eficiencia, la economía, la equidad y la valoración de los costos ambientales.
Que el artículo 109 del citado Decreto, en armonía con el artículo 268 de la Constitución Política, asigna al Contralor de Bogotá D.C. la función de prescribir los métodos y la forma de rendir cuentas por parte de los responsables del manejo de fondos o bienes del Distrito, e indicar los criterios de evaluación financiera y de resultados que deberán seguirse. Que, mediante Resolución Reglamentaria No. 033 del 29 de noviembre de 2024, se adoptaron nuevas versiones de documentos y procedimientos del Proceso de Vigilancia y Control a la Gestión Fiscal, entre otros el procedimiento para adelantar Auditoria de Cumplimiento, código PVCGF-16, versión 4.0.
Que, con fundamento en mesas de trabajo desarrolladas con delegados de las organizaciones sindicales y otras mejoras determinadas por la Dirección dé Hábitat y Ambiente en relación con la vigilancia y control específico para las curadurías urbanas; sé hace necesario adoptar la nueva versión del mencionado procedimiento del Procesó de Vigilancia y Control a la Gestión Fiscal.
Que, en mérito de lo expuesto,
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO: Adoptar la nueva versión del siguiente procedimiento del Procesó de Vigilancia y Control a la Gestión Fiscal:
ARTÍCULO SEGUNDO. El Despacho del Contralor Auxiliar, la Dirección de Planeación, las Direcciones y Subdirecciones Sectoriales de Fiscalización y la Dirección de Reacción Inmediata deberán velar por la divulgación, actualización, mejoramiento y cumplimiento del procedimiento adoptado mediante la presente resolución.
ARTÍCULO TERCERO. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga el numeral 5 del artículo 4 de la Resolución Reglamentaria No. 033 del 29 de noviembre de 2024 y demás disposiciones que le sean contrarias.
PUBLIQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en la ciudad de Bogotá D.C., a los 13 días del mes de octubre del año 2026.
JUAN CAMILO ZULUAGA MORILLO
Contralor de Bogotá D.C.
Nota: Ver norma original en los Anexos.
NOTAS AL PIÉ DE PÁGINA [1] "Por el cual se dictan normas para la correcta implementación del Acto Legislativo 04 de 2019 y el fortalecimiento del control fiscal. " [2] Modificado parcialmente por los Acuerdos Distritales 664 de 2017, 881, 886 Y 904 de 2023. [3] Modificado por el artículo 164 del Decreto Legislativo 403 de 2020. |