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Decreto 442 de 2026 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
16/10/2026
Fecha de Entrada en Vigencia:
16/10/2026
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 442 DE 2026

 

(Octubre 16)

 

Por medio del cual se confiere una comisión de servicios al exterior del país a la Secretaria Distrital de la Mujer

 

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

 

En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el Decreto Ley No. 1421 de 1993, el Decreto No. 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto No. 648 de 2017 y,

 

CONSIDERANDO QUE:

 

De conformidad con el artículo 38 del Decreto Ley No. 1421 de 1993, se atribuye al Alcalde Mayor de Bogotá, dirigir la acción administrativa y asegurar el cumplimiento de las funciones, la prestación de los servicios y la construcción de las obras a cargo del Distrito.

 

A su vez, el artículo 2.2.5.5.25 del Decreto No. 1083 de 2015 modificado y adicionado por el Decreto No. 648 de 2017, establece que se podrán conferir comisiones de servicio al interior o al exterior del país con el propósito de ejercer las funciones propias del empleo en un lugar diferente al de la sede del cargo, cumplir misiones especiales conferidas por los superiores, asistir a reuniones, conferencias o seminarios, realizar visitas de observación que interesen a la administración y que se relacionen con el ramo en que presta sus servicios el empleado.

 

Adicionalmente, el artículo 24 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 1° de la Ley 1960 de 2019, establece que los cargos de libre nombramiento y remoción que se encuentren en vacancia temporal o definitiva podrán ser provistos mediante encargo de empleados de carrera o de libre nombramiento y remoción, que cumplan los requisitos y el perfil para su desempeño.

 

Ahora bien, el Director de la Fundación para la Internacionalización de las Administraciones Públicas FIAP, Ramiro extendió invitación a la servidora pública LAURA MARCELA TAMI LEAL, identificada con la cédula de ciudadanía No. 53.907.347, Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09 de la Secretaría Distrital de la Mujer, para que asista y participe en el Seminario Internacional "Financiación y territorialización de los sistemas de cuidado en Iberoamérica", el cual se llevará a cabo el día 22 de octubre de 2026, asimismo, la invitación contempla su participación en el "Primer Laboratorio Políticas Locales de Ciudades" que se llevará a cabo los días 21 y 23 de octubre de 2026, eventos que se llevarán a cabo en la ciudad de Barcelona, Reino de España.

 

Por lo anterior, mediante oficio radicado con No. 1-2026-43406 del 29 de septiembre de 2026, la Secretaría Distrital de la Mujer, solicitó se le confiera comisión de servicios al exterior del país, a la servidora pública LAURA MARCELA TAMI LEAL, a partir de las 3:35 p.m. del 19 de octubre hasta las 5:45 p.m. del 24 de octubre de 2026, para que asista y participe en el mencionado Seminario y Laboratorio e igualmente solicitó se efectúe el respectivo encargo.

 

El Seminario Internacional "Financiación y territorialización de los sistemas de cuidados en Iberoamérica", constituye un espacio de diálogo e intercambio de experiencias de alto nivel técnico y político, desarrollado en el marco del Programa Regional de la Unión Europea Sociedades Inclusivas en América Latina y el Caribe y como parte de las actividades preparatorias de la XXX Cumbre Iberoamericana. Su propósito es promover la reflexión y el intercambio de conocimientos sobre los desafíos y oportunidades para el fortalecimiento de los sistemas integrales de cuidados en la región, mediante el análisis de estrategias de financiación sostenible, inversión, gobernanza, corresponsabilidad y articulación territorial. Asimismo, busca contribuir al cumplimiento de los compromisos internacionales en materia de cuidados y al fortalecimiento de políticas públicas que promuevan la igualdad de género, la cohesión social y la garantía de derechos.

 

Por su parte, el Primer Laboratorio de Políticas Locales de Cuidados, constituye un espacio internacional de trabajo colaborativo y construcción conjunta de conocimientos, convocado por la Fundación para la Internacionalización de las Administraciones Públicas - FIAP y la Diputación de Barcelona, con el apoyo de la Alianza Global por los Cuidados. Su objetivo es aprovechar las experiencias prácticas de autoridades locales y territoriales, organizaciones de la sociedad civil, organismos internacionales y actores especializados, para identificar decisiones, desafíos y aprendizajes relacionados con el diseño, implementación y fortalecimiento de políticas locales de cuidados feministas e inclusivas. Durante las jornadas se desarrollarán ejercicios participativos orientados a definir principios comunes, analizar experiencias territoriales, identificar dilemas de gestión y construir rutas de decisión adaptables a diferentes contextos. Como resultado, se espera elaborar una primera versión de una herramienta metodológica denominada Playbook, que reúna orientaciones y herramientas prácticas para apoyar a los gobiernos locales en la formulación y consolidación de sus políticas de cuidados, la cual será posteriormente revisada y ajustada en un proceso de trabajo que continuará en Montevideo.

 

Adicionalmente, la servidora pública LAURA MARCELA TAMI LEAL, participará como ponente en la Mesa 3 denominada "Políticas de cuidados desde lo local: gobernanza, corresponsabilidad y servicios", con la intervención "Manzanas del Cuidado: Desarrollo de infraestructuras comunitarias de cuidado", en la cual compartirá la experiencia de Bogotá en el diseño e implementación del Sistema Distrital de Cuidado, particularmente a través de las Manzanas del Cuidado, como estrategia de territorialización de servicios orientados a reconocer, redistribuir y reducir el trabajo de cuidado no remunerado, que recae principalmente sobre las mujeres. Su participación resulta pertinente en atención a las competencias de la Secretaria Distrital de la Mujer en la formulación, implementación y fortalecimiento de políticas públicas para la igualdad de género y la garantía de los derechos de las mujeres, así como por la oportunidad de visibilizar internacionalmente los avances de Bogotá en materia de cuidados, intercambiar experiencias sobre gobernanza, financiación y sostenibilidad de estos sistemas e identificar buenas prácticas y mecanismos de cooperación que contribuyan al fortalecimiento y consolidación del Sistema Distrital de Cuidado.

 

Así mismo, la asistencia y participación de la servidora pública LAURA MARCELA TAMI LEAL se considera procedente, por tratarse de asuntos que interesan a la entidad y que de acuerdo con la Resolución No. 0096 del 31 de marzo de 2025 "Por la cual se modifica el Manual Especifico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos de la Secretaria Distrital de la Mujer, contenido en la Resolución No. 0096 del 4 de marzo de 2019 y se dictan otras disposiciones", guarda relación con el propósito del empleo Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09 de la Secretaría Distrital de la Mujer: "Dirigir y controlar las funciones de la Secretaria Distrital de la Mujer a partir de las etapas de diseño, formulación, implementación, seguimiento y evaluación de políticas públicas, programas, acciones y estrategias en materia de derechos de las mujeres y otros instrumentos de planeación, a través de la coordinación intra e intersectorial, territorial y poblacional con el fin de promover la materialización real y efectiva, el reconocimiento, la garantía, protección y restitución de los derechos de las mujeres, junto con el fomento de capacidades y oportunidades en el Distrito Capital" igualmente con las siguientes funciones del cargo Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09; "3. Asesorar al Alcalde o Alcaldesa Mayor en la adopción de políticas, planes, programas y proyectos en materia de garantía, restitución y protección de los derechos de las mujeres en el Distrito Capital"; "4. Asesorar a los sectores de la Administración Distrital en la incorporación del enfoque de derechos, garantías e igualdad de oportunidades para las mujeres, enfoque diferencial y de género, en las políticas, planes. programas y proyectos respectivos" y "9. Dirigir la implementación de la política de Mujeres y Equidad de Género en el Distrito Capital, incorporando el enfoque diferencial, de derechos y de género".

 

Con el propósito de facilitar la participación de la servidora pública LAURA MARCELA TAMI LEAL, en los mencionados eventos, la Fundación para la Internacionalización de las Administraciones Públicas FIAP, cubrirá los gastos de tiquetes aéreos, alojamientos, alimentación y traslados internos, es decir, todos los gastos necesarios para el cumplimiento de la comisión.

 

Para tal fin, el Ministerio del Interior, a través de Resolución No. 1722 del 16 de octubre de 2026, autorizó a la servidora pública LAURA MARCELA TAMI LEAL, para aceptar los referidos gastos.

 

En este sentido, mediante correo electrónico del 7 de octubre de 2026, la Oficina Consejería Distrital de Relaciones Internacionales de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., previa valoración técnica de pertinencia estratégica recomendó la participación de la Secretaria Distrital de la Mujer en la presente comisión de servicios al exterior del país.

 

Así las cosas y con el propósito de garantizar la participación de la servidora pública LAURA MARCELA TAMI LEAL en el Seminario Internacional "Financiación y territorialización de los sistemas de cuidado en Iberoamérica" y en el Primer Laboratorio Políticas Locales de Ciudades, es necesario conferir comisión de servicios al exterior del país a partir de las 3:35 p.m. del 19 de octubre hasta las 5:45 p.m. del 24 de octubre de 2026, en los términos dispuestos en las normas legales vigentes y por razones de itinerario de vuelos.

 

De tal forma, durante el término de la comisión, la comisionada tendrá derecho a percibir su remuneración, de conformidad con el artículo 2.2.5.5.27 del Decreto No. 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto No. 648 de 2017.

 

Por otro lado, se hace necesario efectuar el encargo se hace necesario efectuar el encargo de las funciones del empleo Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09 de la Secretaría Distrital de la Mujer, con el fin de garantizar la continuidad de la prestación de los servicios que esa entidad tiene a su cargo.

 

En consecuencia, la Directora de Talento Humano de la Secretaría Distrital de la Mujer, Laura Catalina Ávila Cruz, certifico que la servidora pública JULIANA MARTÍNEZ LONDOÑO, identificada con cédula de ciudadanía No. 43.985.773, Subsecretario de Despacho, Código 045, Grado 08, de la Subsecretaría del Cuidado y Políticas de Igualdad de la misma entidad, cumple con los requisitos para ejercer en encargo las funciones del empleo Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la Secretaria Distrital de la Mujer.

 

En mérito de lo expuesto,

 

DECRETA:

 

Artículo 1º. Comisión de servicios al exterior del país. Conferir comisión de servicios al exterior del país, a partir de las 3:35 p.m. del 19 de octubre hasta las 5:45 p.m. del 24 de octubre de 2026, a la servidora pública LAURA MARCELA TAMI LEAL, identificada con cédula de ciudadanía No. 53.907.347, Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09 de la Secretaría Distrital de la Mujer, para asistir y participar en el "Primer Laboratorio de Políticas Locales de Cuidados", los días 21 y 23 de octubre de 2026, y en el Seminario Internacional "Financiación y territorialización de los sistemas de cuidados en Iberoamérica" el 22 de octubre de 2026, en la ciudad de Barcelona, Reino de España.

 

Parágrafo 1º. Durante el término de la comisión, la servidora pública LAURA MARCELA TAMI LEAL, tendrá derecho a recibir su remuneración de conformidad con el artículo 2.2.5.5.27 del Decreto No. 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto No. 648 de 2017.

 

Parágrafo 2º. Dentro de los tres (3) días siguientes a la terminación de la comisión, la comisionada deberá presentar ante este Despacho, con copia a la Dirección de Talento Humano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., informe ejecutivo sobre las actividades desplegadas en desarrollo de esta, de conformidad con lo señalado en el artículo 2.2.5.5.29 del Decreto No. 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto No. 648 de 2017.

 

Artículo 2º. Encargo. Encargar, a partir de las 3:35 p.m. del 19 de octubre hasta las 5:45 p.m. del 24 de octubre de 2026, a la servidora pública JULIANA MARTÍNEZ LONDOÑO, identificada con cédula de ciudadanía No. 43.985.773, Subsecretario de Despacho, Código 045, Grado 08 de la Subsecretaría del Cuidado y Políticas de Igualdad de la Secretaria Distrital de la Mujer, de las funciones del empleo Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09 de la misma Secretaría.

 

Artículo 3º. Comunicaciones. Comunicar a las servidoras públicas LAURA MARCELA TAMI LEAL y JULIANA MARTÍNEZ LONDOÑO, a la Secretaria Distrital de la Mujer, al Despacho del Secretario Jurídico Distrital y a la Dirección de Talento Humano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., el contenido del presente Decreto, a través de la Subdirección de Gestión Documental de esta última Secretaría.

 

Parágrafo. Para los efectos del presente artículo y con el fin de facilitar las comunicaciones a cargo de la Subdirección de Gestión Documental de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., a continuación, se relacionan los correos electrónicos de las servidoras públicas de que trata el presente acto administrativo.

 

No.

Nombres y Apellidos

Correos Electrónicos

1

LAURA MARCELA TAMI LEAL

Itami@sdmujer.gov.co

2

JULIANA MARTÍNEZ LONDOÑO

jumartinezl@sdmujer.gov.co

 

Artículo 4º. Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

 

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 16 días del mes de octubre del año 2026.

 

CARLOS FERNANDO GALÁN PACHÓN

 

Alcalde Mayor

 

NOTA: Ver norma original en Anexos.