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Acuerdo 11 de 2005 Subred Integrada de Servicios de Salud Sur E.S.E. - Hospital Tunjuelito II Nivel Empresa Social del Estado ESE

Fecha de Expedición:
15/09/2005
Fecha de Entrada en Vigencia:
15/09/2005
Medio de Publicación:
N.P.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 011 DEL 2005

(Septiembre 15)

Por la cual se ajusta parcialmente los diferentes empleos de la Planta Global de personal del HOSPITAL TUNJELITO II NIVEL, a la nomenclatura clasificación código y denominaciones establecidas en el Decreto Ley 785 de 2005

LA JUNTA DIRECTIVA DEL HOSPITAL TUNJUELITO II NIVEL, EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO

En ejercicio de las facultades legales y en especial las estatutarias establecidas por el Artículo Décimo Quinto - Literal F del acuerdo 01 de 2000 y ,

CONSIDERANDO

Que la Ley 909 de 2005, que regula el empleo público, la carrera administrativa y al Gerencia Pública es aplicable a los empleados que prestan sus servicios en las entidades Distritales.

Que el Decreto Ley 785 del 17 de marzo de 2005, Artículo 21, Parágrafo 2, determina que la equivalencia en la nomenclatura en ningún caso podrá conllevar incrementos salariales.

Que el decreto 2539 del 22 de julio de 2005, artículo 10, señala que los Manuales Específicos de Funciones y Requisitos de los empleos que se van convocar a concurso, se ajustarán con fundamento en los criterios aquí establecidos, a más tardar el 15 de septiembre de 2005.

Que para poder cumplir con lo establecido es necesario ajustar la planta de empleados a los niveles Directivos, Asesor, Profesional, Técnico y Asistencial.

Que mediante acuerdo No. 004 de 4 de Octubre de 2000 se adecuó la planta de personal del Hospital de Tunjuelito II Nivel Empresa Social del Estado.

En mérito de lo expuesto,

Ver la Resolución 120 de 2007, Ver el Acuerdo 6 de 2007

ACUERDA:

ARTÍCULO 1°. Ajustar los cargos pertenecientes a la planta global del Hospital Tunjuelito II Nivel, Empresa Social del Estado, fijado por el acuerdo No. 004 de 4 de Octubre de 2000, así:

PLANTA ACTUAL

PLANTA AJUSTADA

Número de empleos

Denominación del empleo

 

 

Denominación del empleo

Código

Grado

Asignación básica

Ado.4/2000

 

Código

Grado

Asignación básica

 

Decreto 785 2005

Salarial

 

DESPACHO DEL GERENTE

DESPACHO DEL GERENTE

1

Gerente ESE

085

02

3,324,612

Gerente ESE

085

02

3,324,612

1

Asesor

102

01

2,402,663

Asesor

102

01

2,402,663

1

Asesor

102

01

2,402,663

Asesor

102

01

2,402,663

 

 

 

 

 

Asesor

102

01

2,402,663

 

 

 

 

 

Profesional Especializado

222

01

1,402,607

 

 

 

 

 

Profesional Especializado

222

02

1,596,150

1

Secretario Ejecutivo

525

19

1,100,987

Secretario Ejecutivo

440

19

1,100,987

2

Secretario

540

10,

761,655

Secretario

440

10

761,655

 

 

540

,16

920,247

Secretario

440

16

920,247

1

Conductor

620

09

761,268

Conductor

480

09

761,268

NIVEL DIRECTIVO

NIVEL DIRECTIVO

1

Subgerente

090

05

2,676,846

Subgerente

090

05

2,676,846

1

Subgerente

090

05

2.676,846

Subgerente

090

05

2,676,846

 

 

 

 

 

Jefe de Oficina

006

04

2,418,653

2

Jefe de Oficina

115

04

2,418,653

Cambia a nivel Directivo

 

 

 

1

Asesor

105

01

2,402,663

Traslada a despacho del Gerente

 

 

 

NIVEL EJECUTIVO

NIVEL PROFESIONAL

2

Director Centro de Salud

257

03

2,137,209

Profesional Especializado Área Salud

242

06

2,098,183

NIVEL PROFESIONAL

NIVEL PROFESIONAL

1

Profesional Especializado

335

05

1,929,661

Profesional Especializado Área Salud

242

05

1,929,661

1

Profesional Especializado

335

05

1,929,661

Profesional Especializado

222

05

1,929,661

2

Profesional Especializado

335

01

1,406,607

Cambio de Jefe inmediato

 

 

 

 

Profesional Especializado

335

02

1,596,150

Cambio de Jefe inmediato

 

 

 

3

Profesional Universitario

340

08

1,370,366

Profesional Universitario

219

08

1,370,366

1

Profesional Universitario

340

12

1,547,031

Profesional Universitario

219

12

1,547,031

3

Profesional Universitario

340

10

1,480,147

Profesional Universitario

219

10

1,480,147

1

Profesional Universitario

340

13

1,601,283

Profesional Universitario

219

13

1,601,283

4

Médico Especialista

301

09

2,902,605

Médico Especialista

213

09

2,902,605

1

Médico Especialista

301

02

1,596,150

Médico Especialista

213

02

1,596,150

8

Médico General

310

26

2,437,251

Médico General

211

26

2,347,251

16

Médico General

310

08

1,370,366

Médico General

211

08

1,370,366

11

Médicos S.S.O.

305

08

1,370,366

Profesional S.S.O.

217

08

1,370,366

7

Odontólogos

325

08

1,370,366

Odontólogos

214

08

1,370,366

3

Odontólogos

325

25

2,093,073

Odontólogos

214

25

2,093,073

1

Odontólogos S.S.O.

320

08

1,370,366

Profesional S.S.O.

217

08

1,370,366

10

Enfermero

365

19

1,775,000

Enfermero

243

19

1,775,000

6

Enfermero S.S.O.

360

02

1.134,043

Profesional S.S.O.

217

02

1,134,043

2

Bacteriólogo

352

05

1,169,861

Profesional Universitario Área Salud

237

05

1,169,861

2

Bacteriólogo

352

14

1,618,502

Profesional Universitario Área Salud

237

14

1,618,502

1

Bacteriólogo S.S.O.

354

02

1,134,043

Profesional S.S.O.

217

02

1,134,043

1

Terapista

341

12

1,547,031

Profesional Universitario Área Salud

237

12

1,547,031

1

Nutricionista Dietista

358

12

1,547,031

Profesional Universitario Área Salud

237

12

1,547,031

1

Psicólogo

357

17

1,707,014

Profesional Universitario

219

17

1,707,014

NIVEL TÉCNICO

TÉCNICO

1

Técnico en imágenes diagnósticas

412

02

978,004

Técnico Área Salud

323

02

978,004

11

Técnico en Saneamiento

448

05

1,092,293

Técnico Área Salud

323

05

1,092,293

1

Técnico

401

12

1,158,974

Técnico operativo

314

12

1,158,974

1

Almacenista Auxiliar

403

03

1,016,510

Técnico Administrativo

367

03

1,016,510

NIVEL AUXILIAR

ASISTENCIAL

2

Auxiliar Higiene Oral

523

15

897,831

Auxiliar Área Salud

412

15

897,831

46

Auxiliar de Enfermería

555

17

937,730

Auxiliar Área Salud

412

17

937,730

6

Auxiliar Consultorio Odontológico

518

12

804,772

Auxiliar Área Salud

412

12

804,772

1

Auxiliar de Droguería

516

16

920,247

Auxiliar Área Salud

412

16

920,247

1

Auxiliar de Droguería

516

06

718,191

Auxiliar Área Salud

412

06

718,191

3

Auxiliar Laboratorio Clínico

527

11

773,097

Auxiliar Área Salud

412

11

773,097

2

Auxiliar Información en Salud

509

05

716,809

Auxiliar Área Salud

412

05

716,809

3

Secretario

540

16

920,247

secretario

440

16

920,247

2

Secretario

540

10

716,655

Secretario

440

10

761,655,

1

Supervisor

545

21

1,132,894

Auxiliar Administrativo

407

21

1,132,894

2

Auxiliar Administrativo

550

16

920,247

Auxiliar Administrativo

407

16

920,247

3

Auxiliar Administrativo

550

14

858,640

Auxiliar Administrativo

407

14

858,640

1

Auxiliar Administrativo

550

13

831,688

Auxiliar Administrativo

407

13

831,688

2

Auxiliar Administrativo

550

08

737,266

Auxiliar Administrativo

407

08

737,266

8

Auxiliar

565

09

761,268

Auxiliar Administrativo

407

09

761,268

1

Auxiliar

565

02

614,932

Auxiliar Administrativo

407

02

614,932

199

TOTAL CARGOS DE PLANTA

 

 

 

 

 

 

 

ARTÍCULO 2°. Facultar al Gerente del HOSPITAL TUNJEULITO II NIVEL, Empresa Social del Estado, para incorporar a los funcionarios, a los empleados de planta global que se establece mediante el presente acuerdo.

PARÁGRAFO 1: Los empleados que al momento del ajuste se encuentren prestando sus servicios en el HOSPITAL TUNJUELITO II NIVEL, Empresa Social del Estado, deberán ser incorporados a los cargos de la planta del personal sin que se les exijan requisitos a los ya acreditados y sólo requerirán de firma del acta correspondiente, conforme lo establece el artículo 30 del Decreto 785 de 2005.

PARÁGRAGO 2: Los funcionarios que actualmente ocupan el cargo de Director de Centro y son homologados a Profesional Especializado Área Salud, código 242 grado 06 continuarán devengando su sueldo y demás factores salariales que venían percibiendo hasta el retiro del titular o cuando se definida la situación jurídica del caso en comento, mediante el concepto de la autoridad competente.

ARTÍCULO 3°. Delégase en el Gerente del Hospital Tunjuelito II nivel Empresa Social del Estado, para que mediante Resoluciones adopte las modificaciones ajustes o adiciones necesarias para mantener actualizado el manual específico de funciones y de competencias laborales y establecer las equivalencias entre estudios y experiencia, en los casos en que se considere necesario, conforme lo establece el articulo 25 del Decreto 785 de 2005.

ARTÍCULO 4°. El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición y modifica en lo pertinente al acuerdo No. 004 del 4 de Octubre de 2000 y las demás disposiciones que le sean contrarias.

Dado en Bogotá, D.C., a los 15 días de septiembre de 2005.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLESE

Dr. WILLIAM ALBERTO ROBLES FONNEGRA

Presidente de la Junta Directiva.