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ACUERDO 009 DE 2005 (Septiembre 15) Por el cual se ajusta parcialmente la planta de personal del HOSPITAL DE USME NIVEL I E.S.E., a la nomenclatura y clasificación de empleos, establecida en el Decreto Ley 785 de 2005 LA JUNTA DIRECTIVA DEL HOSPITAL USME NIVEL I ESE, En uso de las facultades legales y estatutarias conferidas por el numeral 8 del Artículo 12 del Acuerdo 17 de 1997, el literal H del Artículo 15 del acuerdo 03 de 1998 (Estatutos del Hospital de Usme) y en especial las conferidas por la Ley 909 de 2004 y el Decreto Ley 785 de 2005, y CONSIDERANDO Que mediante Acuerdo 001 de 2002 de Junta Directiva, se estableció la Planta de Personal del Hospital USME I NIVEL E.S.E. Que la Ley 909 de 2005, que regula el empleo público, la carrera administrativa y la gerencia pública es aplicable a los empleados que prestan sus servicios en las Entidades Distritales. Que el Artículo 27 del Decreto 785 de 2005 del 17 de marzo, dispone que: "Con sujeción a la nomenclatura y a la clasificación de empleos por niveles, a las funciones, competencias y requisitos generales de que trata el presente Decreto, las autoridades territoriales competentes procederán a adecuar la Planta de Personal..." Que el Decreto 785 de 2005 del 17 de marzo, Artículo 21, Parágrafo 2, determina que la equivalencia en la nomenclatura en ningún caso podrá conllevar incrementos salariales. Que para poder cumplir con lo establecido es necesario ajustar la planta de personal del Hospital USME I NIVEL E.S.E. Que mediante oficio número 3913 de fecha 13 de septiembre de 2005, el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital expidió el Concepto Técnico favorable requerido para el ajuste de la Planta de Empleos del Hospital USME Nivel I Empresa Social del Estado. En mérito de lo expuesto, ACUERDA: ARTÍCULO PRIMERO. Ajustar parcialmente la planta de personal del Hospital de USME Empresa Social del Estado., a la nueva nomenclatura y clasificación de empleos, así:
ARTÍCULO SEGUNDO°. Establecer la planta global de empleos públicos del Hospital USME I NIVEL E.S.E., así:PLANTA GLOBAL
PARÁGRAFO PRIMERO: Los empleados que al momento del ajuste se encuentren prestando sus servicios en el Hospital USME I NIVEL E.S.E., deberán ser incorporados a los cargos de la planta del personal sin que se les exijan requisitos a los ya acreditados y sólo requerirán de la firma del acta correspondiente, conforme lo establece el artículo 30 del Decreto 785 de 2005.ARTÍCULO TERCERO. Los servidores públicos a los que se les incorpore por medio del acta respectiva, según la ley 909 de 2004 y el decreto 785 de 2005 sobre carrera administrativa, se entenderá como una aceptación a la situación que se presenta como provisionalidad frente al proceso y que por ningún motivo se entenderá como una posesión del cargo que está desempeñando. ARTÍCULO CUARTO. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias. Dado en Bogotá, D.C., a los 15 días de septiembre de 2005. COMUNÍQUESE Y CÚMPLESE JUAN CARLOS PEÑA MEDINA Presidente JUNTA DIRECTIVA HOSPITAL DE USME I NIVEL E.S.E.
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