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RESOLUCIÓN 067 DE 2004 (Julio 14) "Por la cual se actualiza el Manual de Procedimientos de la Secretaría General de Canal Capital Ltda., en lo referente al Régimen de Contratación de Derecho Público y Privado" EL GERENTE GENERAL DE CANAL CAPITAL LTDA., En ejercicio de sus atribuciones legales y estatutarias, y en especial las contenidas en los Acuerdos Nos. 002 y 005 del 7 de diciembre de 2.001, expedidos por la Junta Administradora Regional y demás disposiciones complementarias y, CONSIDERANDO: Que mediante Resolución No. 066 del 26 de junio de 2.001 se compilaron, ajustaron y adoptaron los procesos y procedimientos de CANAL CAPITAL LTDA. Que los procesos genéricos adoptados fueron: Administrativo y Financiero, de Operación y Prestación de Servicio de Televisión y de Ventas y Mercadeo. Que mediante Acuerdo No. 02 del 7 de diciembre de 2.001 la Junta Administradora Regional modificó la estructura organizacional de CANAL CAPITAL LTDA. Que en virtud de lo anterior, se torna necesario actualizar los procedimientos existentes a la nueva estructura organizacional. Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE: PRIMERO. ADOPTAR el Manual de Procedimientos de la Secretaría General de CANAL CAPITAL LTDA. En lo referente al Régimen de Contratación de Derecho Público y Privado, el cual se anexa y forma parte del presente acto administrativo y contiene los siguientes subprocesos: 1. Contratación de Derecho Privado -. Selección Directa (Cuantía hasta 250 SMLMV). -. Ofertas por Invitación (Cuantía desde 250 SMLMV hasta 700 SMLMV). -. Concurso Público (Cuando no sea procedente iniciar procesos contractuales por los Sistemas de Ofertas por Invitación y Selección Directa - Cuantía superior a 700 SMLMV). 2. Contratación de Derecho Público -. Contratación Directa cuyo valor sea igualo inferior al 10% de la menor cuantía (Menor Cuantía: 250 SMLMV). -. Contratación Directa cuyo valor sea superior al 10% de la menor cuantía y hasta su tope (Menor Cuantía: 250 SMLMV). -. Contratación por Licitación Pública o Concurso de Méritos (Cuando supera el tope de la menor cuantía: 250 SMLMV). SEGUNDO. Los procedimientos adoptados por esta Resolución y que hacen parte integral de la misma, son de obligatoria aplicación. Por consiguiente, la Oficina Asesora de Control Interno de CANAL CAPITAL LTDA., velará por su debida y oportuna implementación y ejecución. TERCERO. El presente acto administrativo rige a partir de la fecha de su expedición. Dada en Bogotá D.C., a los 14 días de Julio de 2004 PUBLÍQUESE y CÚMPLASE HÉCTOR JAIME PINILLA ORTIZ Gerente General NOTA: El manual puede ser consultado en las dependencias de la entidad que expide el presente acto. |