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Acuerdo 2 de 2006 Subred Integrada de Servicios de Salud Sur E.S.E. - Hospital El Tunal III Nivel Empresa Social del Estado ESE

Fecha de Expedición:
17/03/2006
Fecha de Entrada en Vigencia:
17/03/2006
Medio de Publicación:
N.P.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

LA JUNTA DIRECTIVA DE XXXXXXX, o

ACUERDO 002 DE 2006

(Marzo 17)

"Por el cual se ajusta la planta de personal del Hospital el Tunal III Nivel Empresa Social del Estado, a lo dispuesto en el Decreto ley 785 de 2005"

LA JUNTA DIRECTIVA DEL HOSPITAL EL TUNAL III NIVEL EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO

En uso de sus facultades legales y estatutarias, numeral 6 del articulo 12 del acuerdo 17 de 1997 y articulo 15 Literal "f" de los Estatutos del Hospital El Tunal y en especial las conferidas por el Decreto Ley 785 de 2005, y

CONSIDERANDO

Que de conformidad con el artículo 125 de la Constitución Política, los empleos en los órganos y entidades del Estado son por regla general de carrera.

Que la Ley 909 de 2004, que regula el empleo público, la carrera administrativa y la gerencia pública es aplicable a los empleados que prestan sus servicios en las entidades Distritales.

Que los Artículos 21, 27 y 29 del Decreto Ley 785 del 17 de marzo de 2005, disponen que las plantas de personal de las entidades se deberán ajustar al sistema de nomenclatura y clasificación de empleos por niveles de que trata el citado Decreto, dentro del año siguiente a la vigencia del mismo.

Que en concepto que emitiera el Director de Desarrollo Organizacional en conjunto con la Jefe de la Oficina Asesora Jurídica del Departamento Administrativo de la Función Pública al Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital se determina que el término señalado en el Decreto Ley 785 de 2005 debe ser cumplido por las entidades estatales.

Que dicho ajuste implica la supresión de algunos empleos y crearlos en niveles ocupacionales diferentes, sin que en estricto sentido se trate de cargos nuevos.

Que el Decreto Ley 785 de 2005 en su artículo 3º señaló los niveles jerárquicos de los empleos de las entidades territoriales, sin mencionar los niveles ejecutivo, administrativo, auxiliar y operativo.

Que entre los cargos en los que es preciso modificar su nomenclatura se encuentran cargos de carrera administrativa definidos como tales en la Ley 909 de 2004.

Que desde este punto de vista el ajuste en la nomenclatura de los cargos no significa supresión ni creación de cargos nuevos en las entidades estatales de conformidad con la Ley 909 de 2004.

Que el inciso cuarto del Parágrafo del artículo 38 de la Ley 996 de 2005, sobre garantías electorales, dispone que la nómina del respectivo ente territorial o entidad no se podrá modificar dentro de los cuatro (4) meses anteriores a las elecciones a cargos de elección popular, salvo que se trate de provisión de cargos por faltas definitivas, con ocasión de muerte o renuncia irrevocable del cargo correspondiente debidamente aceptada, y en los casos de aplicación de las normas de carrera administrativa.

Que la Corte Constitucional, mediante Sentencia C-1153 de 2005, precisó el alcance de la disposición anterior, a la modificación de la Planta de Personal, es decir, que con esta restricción no se podrá modificar la planta de cargos, durante la vigencia de la mencionada ley de garantías.

Que no obstante la excepción consagrada en el artículo 38 de la Ley 996 de 2005, para la modificación de las plantas de personal en aplicación de las normas de carrera, el Departamento Administrativo de la Función Pública en el concepto mencionado anteriormente señala que en vigencia de la mencionada Ley "no es viable crear empleos en las entidades de la Rama Ejecutiva del nivel nacional y territorial."

Que de conformidad con lo anterior, los efectos particulares de la creación y supresión de cargos que se realicen en el presente Decreto dentro de la adecuación del sistema de nomenclatura administrativa para los cargos que cambian de nivel, se condicionará a los términos del artículo 38 de la Ley 996 de 2005, es decir que dichos efectos se producirán luego de la elección presidencial 2006.

Que la Planta de Personal del Hospital el Tunal III Nivel Empresa Social del Estado, se encuentra establecida mediante Acuerdo 005 del 04 de Febrero de 1999, de conformidad con la nomenclatura y clasificación del empleo dispuesta en el Decreto 1569 de 1998.

Que para efecto del ajuste de nomenclatura ordenado por el Decreto Ley 785 de 2005, el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital emitió Concepto Técnico favorable, mediante comunicación Nº 0812 del 16 de marzo de 2006.

Que para el mismo fin, mediante oficio de 16 de marzo de 2006, el Departamento Financiero del Hospital El Tunal III Nivel Empresa Social Del Estado, expidió la Viabilidad Presupuestal con la cual se ampara el ajuste de la planta de personal.

En mérito de lo expuesto,

ACUERDA

ARTÍCULO 1º Suprímase de la planta de personal del Hospital El Tunal III Nivel Empresa Social del Estado, los siguientes cargos:

No.

DENOMINACION DEL CARGO

CODIGO

GRADO

NIVEL ASESOR

2

JEFE OFICINA ASESORA

115

4

ADMINISTRATIVO

NIVEL EJECUTIVO

3

JEFE DE DEPARTAMENTO

280

4

3

JEFE DE GRUPO

223

1

ASISTENCIAL

NIVEL EJECUTIVO

5

JEFE DE DEPARTAMENTO

280

4

13

TOTAL CARGOS A SUPRIMIR

ARTÍCULO 2°. Créanse en la planta de personal del Hospital El Tunal III Nivel Empresa Social del Estado, los siguientes cargos:"

No.

DENOMINACION DEL CARGO

CODIGO

GRADO

NIVEL DIRECTIVO

2

JEFE OFICINA

006

4

ADMINISTRATIVO

NIVEL PROFESIONAL

3

PROFESIONAL ESPECIALIZADO

222

8

3

PROFESIONAL ESPECIALIZADO

222

1

ASISTENCIAL

NIVEL PROFESIONAL

5

PROFESIONAL ESPECIALIZADO AREA SALUD

242

8

13

TOTAL CARGOS A CREAR

ARTÍCULO 3. Los efectos particulares que generen la supresión y creación de los cargos a que se refieren los artículos anteriores se producirán a partir del día siguiente a la elección presidencial de 2006, de conformidad con los artículos 127 y 190 de la Constitución Política.

ARTÍCULO 4°. Ajustar la Planta de Personal del Hospital El Tunal III Nivel Empresa Social del Estado a la nueva Nomenclatura y Clasificación de empleos, así:

SITUACION ANTERIOR

SITUACION NUEVA

DENOMINACIÓN DEL EMPLEO

CÓDIGO

GRADO

DENOMINACIÓN DEL EMPLEO

CÓDIGO

GRADO

NIVEL DIRECTIVO

GERENTE

085

2

GERENTE ESE

085

2

JEFE DE OFICINA ASESORA

115

4

JEFE OFICINA

006

4

SUBGERENTE CIENTIFICO Y ADMINISTRATIVO

090

5

SUBGERENTE

090

5

NIVEL ASESOR

JEFE DE OFICINA ASESORA

115

4

JEFE OFICINA ASESORA

115

4

NIVEL PROFESIONAL

JEFE DE DEPARTAMENTO

280

4

PROFESIONAL ESPECIALIZADO AREA SALUD

242

8

JEFE DE DEPARTAMENTO

280

4

PROFESIONAL ESPECIALIZADO

222

8

JEFE DE GRUPO

223

1

PROFESIONAL ESPECIALIZADO

222

1

MEDICO GENERAL

310

26

MEDICO GENERAL

211

26

ODONTÓLOGO

325

25

ODONTÓLOGO

214

25

ENFERMERO

365

19

ENFERMERO

243

19

PROFESIONAL UNIVERSITARIO

340

18

PROFESIONAL UNIVERSITARIO

219

18

BACTERIÓLOGO

352

14

PROFESIONAL UNIVERSITARIO AREA SALUD

237

14

TERAPISTA

341

12

PROFESIONAL UNIVERSITARIO AREA SALUD

237

12

NUTRICIONISTA DIETISTA

358

12

PROFESIONAL UNIVERSITARIO AREA SALUD

237

12

TRABAJADOR SOCIAL

343

12

PROFESIONAL UNIVERSITARIO

219

12

PROFESIONAL UNIVERSITARIO

340

10

PROFESIONAL UNIVERSITARIO

219

10

MEDICO ESPECIALISTA

301

9

MEDICO ESPECIALISTA

213

9

ODONTÓLOGO

325

8

ODONTÓLOGO

214

8

PROFESIONAL UNIVERSITARIO AREA SALUD

337

8

PROFESIONAL UNIVERSITARIO AREA SALUD

237

8

MEDICO ESPECIALISTA

301

2

MEDICO ESPECIALISTA

213

2

NIVEL TECNICO

ALMACENISTA AUXILIAR

403

3

TECNICO ADMINISTRATIVO

367

3

TÉCNICO

401

15

TECNICO OPERATIVO

314

15

TÉCNICO

401

12

TECNICO OPERATIVO

314

12

SITUACION ANTERIOR

SITUACION NUEVA

DENOMINACIÓN DEL EMPLEO

CÓDIGO

GRADO

DENOMINACIÓN DEL EMPLEO

CÓDIGO

GRADO

TÉCNICO

401

9

TECNICO OPERATIVO

314

9

TECNICO

401

4

TECNICO OPERATIVO

314

4

TÉCNICO EN LABORATORIO CLINICO

438

3

TECNICO AREA SALUD

323

3

TÉCNICO

401

2

TÉCNICO OPERATIVO

314

2

TÉCNICO EN IMAGENES DIAGNOSTICAS

412

2

TÉCNICO AREA SALUD

323

2

NIVEL ASISTENCIAL

SUPERVISOR

545

21

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

407

21

SECRETARIO EJECUTIVO

525

19

SECRETARIO EJECUTIVO

425

19

AUXILIAR DE INFORMACIÓN EN SALUD

509

18

AUXILIAR AREA SALUD

412

18

AUXILIAR DE ENFERMERIA

555

17

AUXILIAR AREA SALUD

412

17

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

550

16

AUXILIAR ADMINSTRATIVO

407

16

AUXILIAR DE SERVICIOS GENERALES

605

16

AUXILIAR DE SERVICIOS GENERALES

470

16

SECRETARIO

540

16

SECRETARIO

440

16

 AUXILIAR DE HIGIENE ORAL

523

15

AUXILIAR AREA SALUD

412

15

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

550

14

AUXILIAR ADMINSTRATIVO

407

14

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

550

13

AUXILIAR ADMINSTRATIVO

407

13

SECRETARIO

540

13

SECRETARIO

440

13

AUXILIAR DE CONSULTORIO ODONTOLÓGICO

518

12

AUXILIAR AREA SALUD

412

12

AUXILIAR

565

11

AUXILIAR ADMINSTRATIVO

407

11

AUXILIAR DE LABORATORIO CLINICO

527

11

AUXILIAR AREA SALUD

412

11

SECRETARIO

540

10

SECRETARIO

440

10

AUXILIAR

565

9

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

407

9

AUXILIAR DE DROGUERIA

516

6

AUXILIAR AREA SALUD

412

6

AUXILIAR DE INFORMACIÓN EN SALUD

509

5

AUXILIAR AREA SALUD

412

5

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

550

4

AUXILIAR ADMINSTRATIVO

407

4

AUXILIAR

565

2

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

407

2

ARTÍCULO 5º. Las funciones propias del Hospital El Tunal III Nivel Empresa Social del Estado, serán cumplidas por la Planta Global de Personal que a continuación se fija:

DENOMINACIÓN DEL EMPLEO

CÓDIGO

GRADO

N° CARGOS

NIVEL DIRECTIVO

GERENTE ESE

085

2

1

JEFE OFICINA

006

4

2

SUBGERENTE

090

5

2

NIVEL ASESOR

JEFE OFICINA ASESORA

115

4

2

NIVEL PROFESIONAL

PROFESIONAL ESPECIALIZADO AREA SALUD

242

8

5

PROFESIONAL ESPECIALIZADO

222

8

3

PROFESIONAL ESPECIALIZADO

222

1

3

MEDICO GENERAL

211

26

10

ODONTÓLOGO

214

25

2

ENFERMERO

243

19

17

PROFESIONAL UNIVERSITARIO

219

18

3

PROFESIONAL UNIVERSITARIO AREA SALUD

237

14

11

PROFESIONAL UNIVERSITARIO AREA SALUD

237

12

6

PROFESIONAL UNIVERSITARIO

219

12

3

PROFESIONAL UNIVERSITARIO

219

10

1

MEDICO ESPECIALISTA

213

9

36

ODONTÓLOGO

214

8

2

PROFESIONAL UNIVERSITARIO AREA SALUD

237

8

6

MEDICO ESPECIALISTA

213

2

9

NIVEL TÉCNICO

TECNICO ADMINISTRATIVO

367

3

1

TECNICO OPERATIVO

314

15

1

TECNICO OPERATIVO

314

12

2

TECNICO OPERATIVO

314

9

4

TECNICO OPERATIVO

314

4

1

TECNICO AREA SALUD

323

3

1

TÉCNICO OPERATIVO

314

2

1

TÉCNICO AREA SALUD

323

2

4

NIVEL ASISTENCIAL

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

407

21

3

SECRETARIO EJECUTIVO

425

19

6

AUXILIAR AREA SALUD

412

18

1

AUXILIAR AREA SALUD

412

17

48

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

407

16

2

AUXILIAR DE SERVICIOS GENERALES

470

16

1

SECRETARIO

440

16

1

AUXILIAR AREA SALUD

412

15

1

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

407

14

6

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

407

13

1

SECRETARIO

440

13

9

AUXILIAR AREA SALUD

412

12

3

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

407

11

2

AUXILIAR AREA SALUD

412

11

6

SECRETARIO

440

10

2

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

407

9

4

AUXILIAR AREA SALUD

412

6

4

AUXILIAR AREA SALUD

412

5

4

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

407

4

7

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

407

2

2

TOTAL DE EMPLEOS

252 

PARÁGRAFO. Los cargos creados en el artículo segundo, harán parte de la planta de personal aquí fijada de conformidad con las condiciones establecidas en el artículo 3° del presente Acuerdo.

ARTICULO 6°. Los empleados públicos que se encuentren desempeñando empleos a los cuales se les haya modificado el nivel jerárquico en virtud de lo dispuesto por el Decreto ley 785 de 2005, continuarán percibiendo la misma asignación básica, porcentaje de gastos de representación y prima técnica asignados con anterioridad mientras permanezcan en los empleos equivalentes de conformidad con lo dispuesto en el parágrafo 2° del citado decreto.

ARTÍCULO 7°. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá D.C., a los 17 días del mes de Marzo de 2006

MARTHA HERNÁNDEZ ARANA

ALDEMAR BAUTISTA OTERO

Presidente

Secretario Ejecutivo

Junta Directiva Hospital El Tunal E.S.E.

Hospital El Tunal Empresa Social del Estado