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Resolución 1962 de 2006 Ministerio de Educación Nacional

Fecha de Expedición:
09/05/2006
Fecha de Entrada en Vigencia:
17/05/2006
Medio de Publicación:
Diario Oficial 46271 de mayo 17 de 2006
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCION NUMERO 1962 DE 2006

RESOLUCION 1962 DE 2006

(mayo 9)

por la cual se definen las características específicas de calidad para la oferta y desarrollo de los programas académicos del nivel de formación profesional en Deporte o en Recreación.

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN NACIONAL,

en ejercicio de sus facultades legales y en especial las establecidas en los artículos 1° y 52 del Decreto 2566 del 10 de septiembre de 2003,

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto 2566 del 10 de septiembre de 2003 el Gobierno Nacional reglamentó las condiciones mínimas de calidad y demás requisitos para la oferta y desarrollo de programas académicos de educación superior;

Que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 1° y 52 del mencionado Decreto, le corresponde al Ministerio de Educación Nacional, fijar las características específicas de calidad para cada programa con el apoyo de las instituciones de educación superior, las asociaciones de facultades o profesionales o de pares académicos;

Que en el diseño y elaboración de las características específicas de calidad de los programas de Deporte o Recreación, se contó con la participación activa de la comunidad académica.

RESUELVE:

Artículo 1°. Denominación académica del programa. La denominación académica debe ser claramente diferenciable como programa de pregrado en el nivel de formación profesional. La institución de educación superior otorgará el título correspondiente sin particularizar el campo de desempeño profesional.

Artículo 2°. Aspectos curriculares. La formación profesional en Deporte o en Recreación debe ser coherente con la fundamentación teórica, epistemológica y metodológica del programa académico ofrecido.

Las siguientes son las competencias, las áreas de formación y los componentes fundamentales en la formación del profesional en deporte o en recreación:

1. Competencias. Los programas académicos de formación profesional en Deporte o en Recreación propenderá por la formación del estudiante para:

1.1. Identificar, abordar problemas y plantear soluciones a situaciones profesionales pertinentes.

1.2. Interactuar en contextos que favorezcan el desarrollo de un pensamiento crítico, abierto y reflexivo.

1.3. Trabajar en equipos interdisciplinarios para avanzar en la conceptualización y solución de problemas.

1.4. Analizar las implicaciones éticas, sociales, políticas y económicas de su disciplina o profesión y asumirla con responsabilidad, integridad y autonomía.

1.5. Crear y aplicar metodologías específicas de trabajo, orientadas a la producción y desarrollo del conocimiento en el ámbito de la profesión.

1.6. Utilizar de manera adecuada las estrategias comunicativas directas y mediatizadas en lengua materna, y en un segundo idioma para realizar tareas que puedan demandar la adquisición, apropiación y adaptación de información y tecnologías actualizadas.

1.7. Desarrollar habilidades requeridas para la intervención social y la gestión cultural.

2. Areas de formación

El programa comprenderá los núcleos y dominios fundamentales del conocimiento en las áreas disciplinarias y profesional, necesarias para la formación en Deporte o en Recreación.

2.1. Formación Básica. Incluye los siguientes componentes:

2.1.1. Fundamentación filosófica y conceptual orientado a formar al profesional pedagogo del deporte y la recreación a partir de las diferentes disciplinas y enfoques pertinentes.

2.1.2 Fundamentación en humanidades y ciencias sociales que comprende conocimientos y prácticas que conduzcan a la formación integral de los profesionales del deporte o la recreación.

2.1.3 Desarrollo comunicativo en su lengua materna y en un segundo idioma, orientado a la formación de capacidades de expresión verbal, no verbal y manifestaciones corporales necesarias para el profesional y su interacción en las diferentes prácticas.

2.1.4. Manejo de las tecnologías de la información y la comunicación, orientado a respaldar los procesos de administración, planeación y evaluación del deporte o la recreación.

2.1.5. Ciencias necesarias para planeación, desarrollo, seguimiento y evaluación del deporte o la recreación.

2 1.6. Cultura investigativa para la comprensión y aporte a la solución de problemas en los campos del deporte o la recreación.

2.2. Formación Profesional: Incluye conocimientos y prácticas en los siguientes núcleos y componentes:

2 .2.1. Ciencias Biológicas que comprende conocimientos en anatomía, funcional, fisiología deportiva, bioquímica deportiva, medicina deportiva, psicología deportiva y demás necesarias para el profesional en deporte o en recreación en su interacción con las diferentes prácticas que requiere.

2.2.2. Administración, dirección y gestión del deporte o la recreación que comprende los procesos de planeación, ejecución, seguimiento, aseguramiento y evaluación.

2.2.3. Enfasis del deporte o la recreación en uno de sus diferentes ámbitos, niveles o disciplinas.

2.2.4. Ciencias pedagógicas, orientado al desarrollo de competencias para la enseñanza y el aprendizaje del deporte o la recreación, incluyendo teoría y metodología del deporte o la recreación como disciplinas pedagógicas en los diferentes ámbitos y niveles.

* Ambitos del Deporte: Deporte para todos, deporte en establecimientos educativos y deporte de altos logros.

* Ambitos de la Recreación: turística, ambiental, comunitaria, cultural, artística, deportiva, laboral, pedagógica y terapéutica.

2.2.5. Complementario o flexible que permita obtener opciones de diversificación profesional y satisfacer las necesidades particulares de los estudiantes y de la demanda del entorno social.

Parágrafo. La institución de educación superior organizará dentro de su currículo estas áreas y sus componentes, así como otras que considere pertinentes, en correspondencia con su misión y proyecto educativo institucional.

Artículo 3°. Medios educativos. Además de los medios educativos señalados en el Decreto 2566 del 10 de septiembre de 2003, los programas del deporte o la recreación también deberán contar con laboratorios de apoyo a las actividades académicas e investigativas, talleres y, en general, espacios de trabajo adecuadamente equipados y actualizados para satisfacer las necesidades del programa.

Artículo 4°. Programas actualmente registrados. Los programas del deporte o la recreación actualmente registrados en el Sistema Nacional de Información de la Educación Superior -SNIES-, que no tengan registro calificado, tendrán un plazo de un (1) año, contado a partir de la publicación de la presente resolución, para solicitarlo.

Parágrafo. Las instituciones de educación superior, que cuenten con programas académicos de deporte o en recreación registrados antes de la vigencia de la presente resolución, podrán continuar otorgando el título o los títulos para el que estén debidamente autorizadas. Otorgado el registro calificado, este reemplazará al existente sin perjuicio de que las cohortes iniciadas bajo la vigencia del registro anterior en programas del deporte o la recreación con diferente denominación puedan terminar con dicho registro sus estudios y obtengan el título correspondiente.

Artículo 5°. Vigencia. Esta resolución rige a partir de su publicación y deroga todas las normas que le sean contrarias.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 9 de mayo de 2006.

La Ministra de Educación Nacional,

Cecilia María Vélez White.

(C.F.)

NOTA: Publicada en el Diario Oficial 46271 de mayo 17 de 2006.