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Resolución 444 de 2006 Departamento Administrativo de Bienestar Social

Fecha de Expedición:
04/05/2006
Fecha de Entrada en Vigencia:
08/05/2006
Medio de Publicación:
Registro Distrital 3534 de mayo 08 de 2006
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 0444 DE 2006

(Mayo 4)

Mediante la cual se efectúa una delegación.

LA DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE BIENESTAR SOCIAL DEL DISTRITO CAPITAL

En uso de las facultades legales, en especial las conferidas el artículo 9 de la ley 489 de 1998 , y

CONSIDERANDO

Que el DABS desarrolla la planeación, diseño, ejecución, supervisión, control, evaluación y sistematización de las estrategias, programas, proyectos y servicios que se prestan directamente o a través de convenios o contratos con organizaciones públicas o privadas a personas en situación de vulnerabilidad, para promover, prevenir o restituir los derechos vulnerados a esta población, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Distrital 334 de 2003.

Que en virtud de lo anterior, el DABS ejecuta el proyecto 7310 ¿ "Atención a personas en situación de prostitución", que desarrolla, entre otras, la modalidad de capacitación, a través de la cual las personas vinculadas al proyecto reciben formación sobre Derechos Humanos, Desarrollo Personal y Educación en Salud, con una intensidad horaria de 24 horas, para lo cual se les expide un certificado de asistencia, en desarrollo de los artículos 47 y 51 del Acuerdo No. 079 de 2003.

Que de conformidad con el artículo segundo del Decreto 334 de 2003, numeral 1, literal b, corresponde a la Directora del DABS dirigir la ejecución de las políticas de Bienestar Social y de los planes, programas y proyectos a cargo del DABS.

Que con el fin de facilitar la expedición de estas certificaciones dentro del proyecto, se hace necesario delegar en la Gerenta de Atención a la Población Adulta y Vejez, cargo de nivel directivo, la facultad para firmar las certificaciones expedidas dentro de los procesos de formación del proyecto 7310, en las respectivas localidades, según lo expuesto en el segundo considerando.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO.- Delegar en la Gerenta de Atención a Población Adulta y Vejez, la facultad para firmar a nombre del Departamento Administrativo de Bienestar Social, los certificados de asistencia emitidos en desarrollo de los artículos 47 y 51 del Acuerdo No. 079 de 2003, dentro del proyecto 7310 - "Atención a personas en situación de prostitución".

Parágrafo 1: La Directora del Departamento puede, en cualquier tiempo, revisar los actos expedidos por el delegatario y reasumir la competencia delegada.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Copia del presente acto deberá remitirse a las siguientes dependencias: Subdirección de Políticas Poblacionales, Subdirección de Planeación, Subdirección Administrativa y Financiera, Gerencia de Atención a la Población Adulta y Vejez, Gerencias COL, Oficina de Asuntos Disciplinarios, Oficina de Control Interno, Oficina Asesora Jurídica.

(SIC) ARTÍCULO CUARTO.- Este Acto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., a los 4 días de mayo de dos mil seis (2006).

CONSUELO CORREDOR MARTÍNEZ

NOTA: Publicada en el Registro Distrital 3534 de mayo 08 de 2006.