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Resolución 142 de 2006 Departamento Administrativo de la Función Pública - Dafp

Fecha de Expedición:
08/03/2006
Fecha de Entrada en Vigencia:
14/06/2006
Medio de Publicación:
Diario Oficial 46299 de junio 14 de 2006
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCION 142 DE 2006

(marzo 8)

por la cual se adopta el Manual de Implementación del Modelo Estándar de Control Interno MECI 1000:2005 en el Estado Colombiano.

EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA,

en uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por el artículo 3° del Decreto 1599 de 2005, y

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con el numeral 12 del artículo 2° del Decreto 188 de 2004, al Departamento Administrativo de la Función Pública, le corresponde "fijar las políticas generales en materia de Control Interno";

Que el Decreto 1599 del 20 de mayo de 2005, "por el cual se adopta el Modelo Estándar de Control Interno para el Estado Colombiano, MECI 1000:2005", en su artículo establece que el Departamento Administrativo de la Función Pública, administrará y distribuirá para todas las entidades del Estado, los instrumentos necesarios para el diseño, desarrollo e implementación de cada uno de los elementos, componentes y subsistemas del Modelo Estándar de Control Interno;

Que se hace necesario que las entidades del Estado Colombiano cuenten con instrumentos técnicos para diseñar, desarrollar e implementar cada uno de los elementos, componentes y subsistemas del Modelo Estándar de Control Interno MECI 1000:2005,

RESUELVE:

Artículo 1°. Adoptar el Manual de Implementación del Modelo Estándar de Control Interno, MECI 1000:2005. El cual hace parte integrante de la presente resolución y tiene como propósito orientar a las entidades en la implementación y desarrollo de cada uno de los subsistemas, componentes y elementos que conforman el Modelo Estándar de Control Interno.

Artículo 2°. El manual que se adopta a través de la presente resolución, se aplica en todas las entidades relacionadas en el artículo 5° de la Ley 87 de 1993.

Artículo 3°. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 8 de marzo de 2006.

Fernando Grillo Rubiano.

(C.F.)

NOTA: Publicada en el Diario Oficial 46299 de junio 14 de 2006.