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DECRETO 118 DE 1996 (Febrero 22) Derogado Tácitamente por el Decreto Distrital 154 de 2001, únicamente en lo referente a las Empresas de Servicios Públicos Por el cual se aclara el decreto 091 del 13 de febrero de 1996 EL ALCALDE MAYOR DE SANTA FE DE BOGOTA, DISTRITO CAPITAL En uso de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las que le confieren el Decreto-Ley 1421 de 1993. Ver el Decreto Distrital 350 de 1995DECRETA. ARTICULO 1. La parte enunciativa del decreto 091 del 13 de febrero de 1996, quedará así: Por el cual se modifica parcialmente el decreto 350 del 29 de junio de 1995. ARTICULO 2. El artículo primero del decreto 091 del 13 de febrero de 1996, quedará así: ARTICULO 1. El numeral segundo del artículo segundo del decreto 350 del 29 de junio de 1995, quedará así: ARTICULO 2. El Fondo de Pensiones Públicas de Santa Fe de Bogotá, tendrá las siguientes funciones: 2. Sustituir en el pago de las pensiones legales o convencionales y de las sustituciones pensionales que se causen a las entidades distritales del sector central de la administración, a los establecimientos públicos y a las empresa industriales o comerciales y de servicios públicos. ARTICULO 3. Este decreto rige a partir de su expedición. Dado en Santa Fe de Bogotá, D.C. a los 22 de Febrero 1996 PUBLÍQUESE Y CUMPLASE ANTANAS MOCKUS SIVICKAS Alcalde Mayor NOTA: Publicado en el Registro Distrital 1115 de febrero 22 de 1996 |